Articulo 1 Condiciones de... Ganaderas

Articulo 1 Condiciones de bienestar animal, sanitarias y de movimiento de los équidos y de las explotaciones equinas, y su inscripción en el Registro de Explotaciones Ganaderas

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Artículo 1. Objeto y ámbito aplicación.

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1. La presente Orden tiene por objeto establecer las normas básicas de la ordenación zootécnica y las condiciones de bienestar animal, sanitarias y de movimiento de los équidos y de las explotaciones equinas, así como la inscripción de este tipo de explotaciones en el Registro de Explotaciones Ganaderas de Andalucía.

2. Esta Orden será de aplicación a todas las explotaciones ganaderas equinas de Andalucía.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 08-05-2015 en vigor desde 09-05-2015