Articulo 1 Administración electrónica, simplificación de procedimientos y racionalización organizativa
Artículo 1. Objeto y finalidad.
1. Este decreto tiene por objeto establecer los principios generales y adoptar medidas de simplificación administrativa y racionalización organizativa, así como el uso de los medios electrónicos por la Administración de la Junta de Andalucía y por las entidades citadas en el artículo 2.
2. Las finalidades de este decreto son:
a) Mejorar la eficacia y la eficiencia en la actuación administrativa.
b) Garantizar los derechos de la ciudadanía en sus relaciones con la Administración de la Junta de Andalucía, entidades instrumentales y consorcios en los términos del artículo 2.
c) Preservar la seguridad jurídica determinando las condiciones de validez y eficacia en el uso de los medios electrónicos en las relaciones jurídico-administrativas.
3. A los efectos de este decreto se entiende por ciudadanía todos aquellos a quienes se reconozca capacidad de obrar conforme al artículo 3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- Texto Original. Publicado el 31-12-2019 en vigor desde 01-04-2020