Anexo único Facilitación de la actividad económica
ANEXO. Actividades económicas desarrolladas en un establecimiento sometidas al régimen de intervención establecido en el artículo 32
Observaciones generales
1. Las actividades del presente anexo se han clasificado de acuerdo con lo establecido en el Decreto 137/2008, de 8 de julio, por el que se aprueba la Clasificación catalana de actividades económicas 2009 (CNAE-2009). Las notas explicativas y las actividades que contiene cada uno de los epígrafes pueden consultarse en dicho decreto.
2. La clasificación que contiene el presente anexo es de aplicación en defecto de normativa sectorial que regule la competencia municipal sobre la apertura del establecimiento. Quedan exentas de dicha regulación las actividades a que se refiere la disposición adicional decimoquinta. Respecto a la regulación sectorial, debe consultarse la herramienta de búsqueda guiada o la correspondiente normativa sectorial.
3. Las actividades con parámetros comprendidos en las dos primeras columnas no requieren un informe de compatibilidad urbanística. Tampoco requieren permiso de vertido previo, siempre que estén conectadas al sistema público de saneamiento.
Certificado técnico | Proyecto técnico + certificado técnico | |||||
División | Grupo | Clase | Descripción | Parámetros | Parámetros | Requiere informe previo de incendios |
A | Agricultura, ganadería, silvicultura y pesca Observación: queda excluido el autoconsumo. | |||||
01 | Agricultura, ganadería, caza y actividades de los servicios relacionados | |||||
0130 | Viveros y cultivos de plantas ornamentales Observación: quedan excluidas las empresas que se dedican a la producción, la protección y el tratamiento de material vegetal y las empresas que se dedican a la limpieza de cereales de fecundación autógama y de leguminosas para la siembra. | Si la superficie construida ≤ 120 m2. | Si la superficie construida > 120 m2. | Si se consideran establecimientos comerciales: establecimientos situados en la parte baja de edificios de cualquier uso con una superficie construida > 750 m2. En otros casos, si la superficie construida > 2.000 m2. Si se consideran establecimientos industriales, a los que es aplicable el RSCIEI, y se hallan incluidos en el anexo 2 de la Ley 3/2010, de 18 de febrero. | ||
0141 | Explotación de ganado bovino para la producción de leche | Si las reses son ≤ 5 unidades. | ||||
0142 | Explotación de ganado bovino (excepto para la producción de leche) y búfalos | Si las reses son ≤ 5 unidades. | ||||
0143 | Explotación de caballos y otros equinos | Si las reses son ≤ 5 unidades. | ||||
0144 | Explotación de camellos y otros camélidos | Si las reses son ≤ 5 unidades. | ||||
0145 | Explotación de ganado ovino y caprino | Si las reses son ≤ 10 unidades. | ||||
0146 | Explotación de ganado porcino | Si las reses son ≤ 10 unidades, y ≤ 5 unidades en caso de cerdas reproductoras. | ||||
0147 | Avicultura | Si las reses son ≤ 30 unidades. | ||||
0149 | Otras explotaciones de ganado | Si las reses son d 5 URP (1 URP = 1 plaza de vacuno de leche). | ||||
02 | Silvicultura y explotación forestal | |||||
0240 | Servicios de apoyo a la silvicultura | Si la superficie construida ≤ 500 m2. | Si la superficie construida > 500 m2. | |||
C | industrias manufactureras | |||||
11 | Fabricación de bebidas | |||||
1107 | Fabricación de bebidas no alcohólicas; producción de aguas minerales y otros tipos de aguas embotelladas | Si la superficie construida ≤ 120 m2. | Si la superficie construida > 120 m2. | Si se consideran establecimientos comerciales: establecimientos situados en la parte baja de edificios de cualquier uso con una superficie construida > 750 m2. En otros casos, si la superficie construida > 2.000 m2. Si se consideran establecimientos industriales, a los que es aplicable el RSCIEI, y se hallan incluidos en el anexo 2 de la Ley 3/2010, de 18 de febrero. | ||
18 | Artes gráficas y soportes grabados | |||||
181 | Artes gráficas y actividades de los servicios relacionados Observación: quedan excluidas las actividades incluidas en la Ley 20/2009, de 4 de diciembre. | Si la superficie construida ≤ 120 m2. | Si la superficie construida > 120 m2. | Si se consideran establecimientos comerciales: establecimientos situados en la parte baja de edificios de cualquier uso con una superficie construida > 750 m2. En otros casos, si la superficie construida > 2.000 m2. Si se consideran establecimientos industriales, a los que es aplicable el RSCIEI, y se hallan incluidos en el anexo 2 de la Ley 3/2010, de 18 de febrero. | ||
182 | Reproducción de soportes grabados Observación: quedan excluidas las actividades incluidas en la Ley 20/2009, de 4 de diciembre. | Si la superficie construida ≤ 120 m2. | Si la superficie construida > 120 m2. | Si se consideran establecimientos comerciales: establecimientos situados en la parte baja de edificios de cualquier uso con una superficie construida > 750 m2. En otros casos, si la superficie construida > 2.000 m2. Si se consideran establecimientos industriales, a los que es aplicable el RSCIEI, y se hallan incluidos en el anexo 2 de la Ley 3/2010, de 18 de febrero. | ||
32 | Industrias manufactureras varias | |||||
322 | Fabricación de instrumentos musicales Observación: quedan excluidas las actividades incluidas en la Ley 20/2009, de 4 de diciembre. | Si la superficie construida ≤ 120 m2. | Si la superficie construida > 120 m2. | Si se consideran establecimientos comerciales: establecimientos situados en la parte baja de edificios de cualquier uso con una superficie construida > 750 m2. En otros casos, si la superficie construida > 2.000 m2. Si se consideran establecimientos industriales, a los que es aplicable el RSCIEI, y se hallan incluidos en el anexo 2 de la Ley 3/2010, de 18 de febrero. | ||
323 | Fabricación de artículos deportivos Observación: quedan excluidas las actividades incluidas en la Ley 20/2009, de 4 de diciembre. | Si la superficie construida ≤ 120 m2. | Si la superficie construida > 120 m2. | Si se consideran establecimientos comerciales: establecimientos situados en la parte baja de edificios de cualquier uso con una superficie construida > 750 m2. En otros casos, si la superficie construida > 2.000 m2. Si se consideran establecimientos industriales, a los que es aplicable el RSCIEI, y se hallan incluidos en el anexo 2 de la Ley 3/2010, de 18 de febrero. | ||
324 | Fabricación de juegos y juguetes Observación: quedan excluidas las actividades incluidas en la Ley 20/2009, de 4 de diciembre. | Si la superficie construida ≤ 120 m2. | Si la superficie construida > 120 m2. | Si se consideran establecimientos comerciales: establecimientos situados en la parte baja de edificios de cualquier uso con una superficie construida > 750 m2. En otros casos, si la superficie construida > 2.000 m2. Si se consideran establecimientos industriales, a los que es aplicable el RSCIEI, y se hallan incluidos en el anexo 2 de la Ley 3/2010, de 18 de febrero. | ||
325 | Fabricación de instrumentos y suministros médicos y odontológicos Observación: quedan excluidas las actividades incluidas en la Ley 20/2009, de 4 de diciembre. | Si la superficie construida ≤ 120 m2. | Si la superficie construida > 120 m2. | Si se consideran establecimientos comerciales: establecimientos situados en la parte baja de edificios de cualquier uso con una superficie construida > 750 m2. En otros casos, si la superficie construida > 2.000 m2. Si se consideran establecimientos industriales, a los que es aplicable el RSCIEI, y se hallan incluidos en el anexo 2 de la Ley 3/2010, de 18 de febrero. | ||
329 | Otras industrias manufactureras varias Observación: quedan excluidas las actividades incluidas en la Ley 20/2009, de 4 de diciembre. | Si la superficie construida ≤ 120 m2. | Si la superficie construida > 120 m2. | Si se consideran establecimientos comerciales: establecimientos situados en la parte baja de edificios de cualquier uso con una superficie construida > 750 m2. En otros casos, si la superficie construida > 2.000 m2. Si se consideran establecimientos industriales, a los que es aplicable el RSCIEI, y se hallan incluidos en el anexo 2 de la Ley 3/2010, de 18 de febrero. | ||
F | Construcción | |||||
41 | Construcción de inmuebles | |||||
411 | Promoción inmobiliaria | Si disponen de oficinas y la superficie construida del local es ≤ 500 m2. | Si disponen de oficinas y la superficie construida > 500 m2. | |||
412 | Construcción de edificios | Si disponen de oficinas y la superficie construida del local es ≤ 500 m2 y no disponen de almacén de materiales. | Si disponen de oficinas de superficie construida > 500 m2 o si disponen de almacén de materiales. Quedan excluidas las actividades que dispongan de almacén industrial sometido a la aplicación del RSCIEI e incluido en el anexo 2 de la Ley 3/2010. | Las actividades que dispongan de almacén industrial sometido a la aplicación del RSCIEI e incluido en el anexo 2 de la Ley 3/2010, de 18 de febrero. | ||
42 | Construcción de obras de ingeniería civil | |||||
421 | Construcción de carreteras, vías férreas, puentes y túneles | Si disponen de oficinas y la superficie construida del local es ≤ 500 m2 y no disponen de almacén de materiales. | Si disponen de oficinas de superficie construida > 500 m2 o si disponen de almacén de materiales. Quedan excluidas las actividades que dispongan de almacén industrial sometido a la aplicación del RSCIEI e incluido en el anexo 2 de la Ley 3/2010. | Las actividades que dispongan de almacén industrial sometido a la aplicación del RSCIEI e incluido en el anexo 2 de la Ley 3/2010, de 18 de febrero. | ||
422 | Construcción de redes | Si disponen de oficinas y la superficie construida del local es ≤ 500 m2 y no disponen de almacén de materiales. | Si disponen de oficinas de superficie construida > 500 m2 o si disponen de almacén de materiales. Quedan excluidas las actividades que dispongan de almacén industrial sometido a la aplicación del RSCIEI e incluido en el anexo 2 de la Ley 3/2010. | Las actividades que dispongan de almacén industrial sometido a la aplicación del RSCIEI e incluido en el anexo 2 de la Ley 3/2010, de 18 de febrero. | ||
429 | Construcción de otras obras de ingeniería civil | Si disponen de oficinas y la superficie construida del local es ≤ 500 m2 y no disponen de almacén de materiales. | Si disponen de oficinas de superficie construida > 500 m2 o si disponen de almacén de materiales. Quedan excluidas las actividades que dispongan de almacén industrial sometido a la aplicación del RSCIEI e incluido en el anexo 2 de la Ley 3/2010. | Las actividades que dispongan de almacén industrial sometido a la aplicación del RSCIEI e incluido en el anexo 2 de la Ley 3/2010, de 18 de febrero. | ||
43 | Actividades especializadas de la construcción | |||||
431 | Preparación de obras | Si disponen de oficinas y la superficie construida del local es ≤ 500 m2 y no disponen de almacén de materiales. | Si disponen de oficinas de superficie construida > 500 m2 o si disponen de almacén de materiales. Quedan excluidas las actividades que dispongan de almacén industrial sometido a la aplicación del RSCIEI e incluido en el anexo 2 de la Ley 3/2010. | Las actividades que dispongan de almacén industrial sometido a la aplicación del RSCIEI e incluido en el anexo 2 de la Ley 3/2010, de 18 de febrero. | ||
432 | Instalación de edificios y obras | Si disponen de oficinas y la superficie construida del local es ≤ 500 m2 y no disponen de almacén de materiales. | Si disponen de oficinas de superficie construida > 500 m2 o si disponen de almacén de materiales. Quedan excluidas las actividades que dispongan de almacén industrial sometido a la aplicación del RSCIEI e incluido en el anexo 2 de la Ley 3/2010. | Las actividades que dispongan de almacén industrial sometido a la aplicación del RSCIEI e incluido en el anexo 2 de la Ley 3/2010, de 18 de febrero. | ||
433 | Acabado de edificios | Si disponen de oficinas y la superficie construida del local es ≤ 500 m2 y no disponen de almacén de materiales. | Si disponen de oficinas de superficie construida > 500 m2 o si disponen de almacén de materiales. Quedan excluidas las actividades que dispongan de almacén industrial sometido a la aplicación del RSCIEI e incluido en el anexo 2 de la Ley 3/2010. | Las actividades que dispongan de almacén industrial sometido a la aplicación del RSCIEI e incluido en el anexo 2 de la Ley 3/2010, de 18 de febrero. | ||
439 | Otras actividades especializadas de la construcción | Si disponen de oficinas y la superficie construida del local es ≤ 500 m2 y no disponen de almacén de materiales. | Si disponen de oficinas de superficie construida > 500 m2 o si disponen de almacén de materiales. Quedan excluidas las actividades que dispongan de almacén industrial sometido a la aplicación del RSCIEI e incluido en el anexo 2 de la Ley 3/2010. | Las actividades que dispongan de almacén industrial sometido a la aplicación del RSCIEI e incluido en el anexo 2 de la Ley 3/2010, de 18 de febrero. | ||
G | Comercio al por mayor y al por menor Observación: los comercios al por mayor que deben considerarse establecimientos industriales son los que superan los 3 millones de MJ de carga de fuego o bien aquellos en donde no es posible el autoabastecimiento personal para superar la altura de almacenamiento que lo posibilita. | |||||
45 | Venta y reparación de vehículos de motor y motocicletas | |||||
451 | Venta de vehículos de motor | Si la superficie construida ≤ 120 m2. | Si la superficie construida > 120 m2. | Si se consideran establecimientos comerciales: establecimientos situados en la parte baja de edificios de cualquier uso con una superficie construida > 750 m2. En otros casos, si la superficie construida > 2.000 m2. Si se consideran establecimientos industriales, a los que es aplicable el RSCIEI, y se hallan incluidos en el anexo 2 de la Ley 3/2010, de 18 de febrero. | ||
453 | Venta de recambios y accesorios de vehículos de motor | Si la superficie construida ≤ 120 m2. | Si la superficie construida > 120 m2. | Si se consideran establecimientos comerciales: establecimientos situados en la parte baja de edificios de cualquier uso con una superficie construida > 750 m2. En otros casos, si la superficie construida > 2.000 m2. Si se consideran establecimientos industriales, a los que es aplicable el RSCIEI, y se hallan incluidos en el anexo 2 de la Ley 3/2010, de 18 de febrero. | ||
454 | Venta, mantenimiento y reparación de motocicletas y de sus repuestos y accesorios Observaciones: se incluye en esta actividad la venta de otros medios de transporte. Quedan excluidos el mantenimiento y la reparación ya regulados por la Ley 20/2009. | Si la superficie construida ≤ 120 m2. | Si la superficie construida > 120 m2. | Si se consideran establecimientos comerciales: establecimientos situados en la parte baja de edificios de cualquier uso con una superficie construida > 750 m2. En otros casos, si la superficie construida > 2.000 m2. Si se consideran establecimientos industriales, a los que es aplicable el RSCIEI, y se hallan incluidos en el anexo 2 de la Ley 3/2010, de 18 de febrero. | ||
46 | Comercio al por mayor e intermediarios, excepto vehículos de motor | |||||
461 | Intermediarios de comercio | Si la superficie construida ≤ 120 m2. | Si la superficie construida > 120 m2. | Si se consideran establecimientos comerciales: establecimientos situados en la parte baja de edificios de cualquier uso con una superficie construida > 750 m2. En otros casos, si la superficie construida > 2.000 m2. Si se consideran establecimientos industriales, a los que es aplicable el RSCIEI, y se hallan incluidos en el anexo 2 de la Ley 3/2010, de 18 de febrero. | ||
463 | Comercio al por mayor de alimentos, bebidas y tabaco Observación: queda excluido el comercio al por mayor de productos de origen animal (CCAE 4632, 4638 y 4639). | Si la superficie construida ≤ 120 m2. | Si la superficie construida > 120 m2. | Si se consideran establecimientos comerciales: establecimientos situados en la parte baja de edificios de cualquier uso con una superficie construida > 750 m2. En otros casos, si la superficie construida > 2.000 m2. Si se consideran establecimientos industriales, a los que es aplicable el RSCIEI, y se hallan incluidos en el anexo 2 de la Ley 3/2010, de 18 de febrero. | ||
464 | Comercio al por mayor de artículos de uso doméstico | Si la superficie construida ≤ 120 m2. | Si la superficie construida > 120 m2. | Si se consideran establecimientos comerciales: establecimientos situados en la parte baja de edificios de cualquier uso con una superficie construida > 750 m2. En otros casos, si la superficie construida > 2.000 m2. Si se consideran establecimientos industriales, a los que es aplicable el RSCIEI, y se hallan incluidos en el anexo 2 de la Ley 3/2010, de 18 de febrero. | ||
465 | Comercio al por mayor de equipos para las tecnologías de la información y la comunicación (TIC) | Si la superficie construida ≤ 120 m2. | Si la superficie construida > 120 m2. | Si se consideran establecimientos comerciales: establecimientos situados en la parte baja de edificios de cualquier uso con una superficie construida > 750 m2. En otros casos, si la superficie construida > 2.000 m2. Si se consideran establecimientos industriales, a los que es aplicable el RSCIEI, y se hallan incluidos en el anexo 2 de la Ley 3/2010, de 18 de febrero. | ||
466 | Comercio al por mayor de otras máquinas y equipos | Si la superficie construida ≤ 120 m2. | Si la superficie construida > 120 m2. | Si se consideran establecimientos comerciales: establecimientos situados en la parte baja de edificios de cualquier uso con una superficie construida > 750 m2. En otros casos, si la superficie construida > 2.000 m2. Si se consideran establecimientos industriales, a los que es aplicable el RSCIEI, y se hallan incluidos en el anexo 2 de la Ley 3/2010, de 18 de febrero. | ||
467 | Otros tipos de comercio al por mayor especializado | Si la superficie construida ≤ 120 m2. | Si la superficie construida > 120 m2. | Si se consideran establecimientos comerciales: establecimientos situados en la parte baja de edificios de cualquier uso con una superficie construida > 750 m2. En otros casos, si la superficie construida > 2.000 m2. Si se consideran establecimientos industriales, a los que es aplicable el RSCIEI, y se hallan incluidos en el anexo 2 de la Ley 3/2010, de 18 de febrero. | ||
469 | Comercio al por mayor no especializado | Si la superficie construida ≤ 120 m2. | Si la superficie construida > 120 m2. | Si se consideran establecimientos comerciales: establecimientos situados en la parte baja de edificios de cualquier uso con una superficie construida > 750 m2. En otros casos, si la superficie construida > 2.000 m2. Si se consideran establecimientos industriales, a los que es aplicable el RSCIEI, y se hallan incluidos en el anexo 2 de la Ley 3/2010, de 18 de febrero. | ||
47 | Comercio al por menor, excepto vehículos de motor y motocicletas | |||||
471 | Comercio al por menor en establecimientos no especializados | Si la superficie construida ≤ 120 m2. | Si la superficie construida > 120 m2. | Establecimientos situados en la parte baja de edificios de cualquier uso con una superficie construida > 750 m2. En otros casos, si la superficie construida > 2.000 m2. | ||
472 | Comercio al por menor de alimentos, bebidas y tabaco Observación: quedan excluidas las carnicerías con obrador y las panaderías con hornos de potencia> 7,5 kW ya reguladas por la Ley 20/2009. | Si la superficie construida ≤ 120 m2. | Si la superficie construida > 120 m2. | Establecimientos situados en la parte baja de edificios de cualquier uso con una superficie construida > 750 m2. En otros casos, si la superficie construida > 2.000 m2. | ||
474 | Comercio al por menor de equipos para las TIC | Si la superficie construida ≤ 120 m2. | Si la superficie construida > 120 m2. | Establecimientos situados en la parte baja de edificios de cualquier uso con una superficie construida > 750 m2. En otros casos, si la superficie construida > 2.000 m2. | ||
475 | Comercio al por mayor de otros artículos de uso doméstico | Si la superficie construida ≤ 120 m2. | Si la superficie construida > 120 m2. | Establecimientos situados en la parte baja de edificios de cualquier uso con una superficie construida > 750 m2. En otros casos, si la superficie construida > 2.000 m2. | ||
476 | Comercio al por menor de artículos culturales y recreativos | Si la superficie construida ≤ 120 m2. | Si la superficie construida > 120 m2. | Establecimientos situados en la parte baja de edificios de cualquier uso con una superficie construida > 750 m2. En otros casos, si la superficie construida > 2.000 m2. | ||
477 | Comercio al por menor de otros artículos en establecimientos | Si la superficie construida ≤ 120 m2. | Si la superficie construida > 120 m2. | Establecimientos situados en la parte baja de edificios de cualquier uso con una superficie construida > 750 m2. En otros casos, si la superficie construida > 2.000 m2. | ||
H | Transporte y almacenamiento | |||||
49 | Transporte terrestre; transporte por tuberías | |||||
494 | Transporte de mercancías por carretera y mudanzas | Si se trata de empresas de transporte o transportistas profesionales con un máximo de 2 vehículos y sin almacén regulador. | En el caso de naves de empresas de camiones o furgonetas de logística, campas de aparcamiento de vehículos, etc. | Siempre que el almacenamiento de vehículos esté clasificado en el anexo 2 de la Ley 3/2010, de 18 de febrero. | ||
52 | Almacenamiento y actividades afines al transporte | |||||
521 | Depósito y almacenamiento Observación: quedan excluidos los almacenes de actividades afectados por alguno de los anexos de la Ley 20/2009, de 4 de diciembre. | Todos. | Las actividades incluidas en el anexo 2 de la Ley 3/2010, de 18 de febrero. | |||
5221 | Actividades afines al transporte terrestre Observación: quedan excluidas las actividades afectadas por alguno de los anexos de la Ley 20/2009, de 4 de diciembre. | Todas. | Las actividades de almacenamiento de vehículos clasificadas en el anexo 2 de la Ley 3/2010: Aparcamiento de vehículos con superficie construida > 2.000 m2, o bien si dispone de dos o más plantas bajo rasante, o bien si se halla situado bajo un edificio y tiene una superficie construida> 750 m2. Almacenamiento (estacionamiento) de vehículos destinados al servicio de transporte de personas o mercancías, si está en el anexo 2 de la Ley 3/2010, de 18 de febrero. Terminal de transporte de personas, si dispone de superficie construida > 500 m2 o presenta un aforo > 500 personas. Estación o intercambiador de transporte terrestre, si está situado en planta bajo rasante o presenta un aforo > 500 personas. | |||
53 | Actividades postales y de correos | |||||
531 | Actividades postales nacionales | Si la superficie construida ≤ 120 m2. | Si la superficie construida > 120 m2. | Establecimientos situados en la parte baja de edificios de cualquier uso con una superficie construida > 750 m2. En otros casos, si la superficie construida > 2.000 m2. | ||
532 | Otras actividades postales y de correos | Si la superficie construida ≤ 120 m2. | Si la superficie construida > 120 m2. | Establecimientos situados en la parte baja de edificios de cualquier uso con una superficie construida > 750 m2. En otros casos, si la superficie construida > 2.000 m2. | ||
I | Hostelería | |||||
55 | Servicios de alojamiento | |||||
551 | Hoteles y alojamientos similares | Todos. | Si el número de plazas disponibles > 20 | |||
552 | Alojamientos turísticos y otros de corta duración | Aplicable a los establecimientos de turismo rural y a las viviendas de uso turístico y, en general, a toda modalidad de alojamiento turístico que pueda llevarse a cabo en edificios o establecimientos con uso característico residencial de vivienda. Observación: La cédula de habitabilidad equivale al certificado técnico justificativo en los términos establecidos en el artículo 32.1. | Todos. Observaciones: quedan excluidas las modalidades de establecimientos de turismo rural, las viviendas de uso turístico y, en general, toda modalidad de alojamiento turístico que pueda llevarse a cabo en edificios o establecimientos con uso característico residencial de vivienda. | Si el número de plazas disponibles > 20. | ||
559 | Otros tipos de alojamiento | Todos. | Si el número de plazas disponibles > 20. | |||
56 | Servicios de comida y bebidas | |||||
561 | Restaurantes y establecimientos de comida | Todos. | Si la superficie construida > 500 m2 o el aforo > 500 personas. | |||
562 | Provisión de comidas preparadas Observaciones: se incluyen las actividades comerciales minoristas, sin consumición en el establecimiento, y aquellas actividades no incluidas en el punto 7.2 de la Ley 20/2009, de 4 de diciembre. | Si la superficie construida ≤ 120 m2. | Si la superficie construida > 120 m2. | Establecimientos situados en la parte baja de edificios de cualquier uso con una superficie construida > 750 m2. En otros casos, si la superficie construida > 2.000 m2. | ||
563 | Establecimientos de bebidas Observaciones: se excluyen las actividades de carácter extraordinario, las de régimen especial y con reservados anexos, todas las actividades recreativas musicales en establecimientos no permanentes desmontables, y las actividades recreativas musicales en establecimientos permanentes no desmontables con una superficie > 500 m2 y un aforo > 500 personas, reguladas por la Ley 11/2009, de 6 de julio. | Todos. | Si la superficie construida > 500 m2 o el aforo > 500 personas. | |||
J | Información y comunicaciones Observación: quedan excluidas las actividades consideradas industriales. | |||||
58 | Edición | |||||
581 | Edición de libros, periódicos y otras actividades de edición Observación: quedan excluidas las imprentas (incluso CCAE 181). | Si la superficie construida ≤ 120 m2. | Si la superficie construida > 120 m2. | |||
582 | Edición de programas informáticos | Si la superficie construida ≤ 500 m2. | Si la superficie construida > 500 m2. | |||
59 | Cine y vídeo; grabación de sonido | |||||
591 | Actividades de cine, vídeo y programas de televisión | Si la superficie construida ≤ 500 m2. Observación: quedan excluidas las actividades de proyección de películas en salas cinematográficas. | Todas las actividades de proyección de películas en salas cinematográficas. Los demás establecimientos si la superficie construida > 500 m2. | Todas las actividades de proyección de películas en salas cinematográficas Los demás establecimientos de actividades recreativas o de pública concurrencia con una superficie > 500 m2 o un aforo de > 500 personas. | ||
592 | Actividades de grabación de sonido y edición musical Observación: si se realizan grabaciones en directo, se incluye en las actividades de espectáculos (CCAE 900). | Si la superficie construida ≤ 500 m2. | Si la superficie construida > 500 m2. | |||
60 | Radio y televisión | |||||
601 | Actividades de radiodifusión | Si la superficie construida ≤ 500 m2. | Si la superficie construida > 500 m2. | |||
602 | Actividades de programación y emisión de televisión | Si la superficie construida ≤ 500 m2. | Si la superficie construida > 500 m2. | Establecimientos de actividades recreativas o de pública concurrencia con una superficie > 500 m2 o un aforo de > 500 personas. | ||
61 | Telecomunicaciones | |||||
619 | Otras actividades de telecomunicaciones | Si la superficie construida ≤ 120 m2. | Si la superficie construida > 120 m2. | Establecimientos situados en la parte baja de edificios de cualquier uso con una superficie construida > 750 m2. En otros casos, si la superficie construida > 2.000 m2. | ||
62 | Servicios de tecnologías de la información | |||||
620 | Servicios de tecnologías de la información | Si la superficie construida ≤ 500 m2. | Si la superficie construida > 500 m2. | |||
63 | Servicios de información | |||||
631 | Procesamiento de datos y alojamiento; portales web | Si la superficie construida ≤ 500 m2. | Si la superficie construida > 500 m2. | |||
639 | Otros servicios de información | Si la superficie construida ≤ 500 m2. | Si la superficie construida > 500 m2. | |||
64 | Mediación financiera, excepto seguros y fondos de pensiones | |||||
6419 | Otros tipos de mediación monetaria | Si la superficie construida ≤ 500 m2. | Si la superficie construida > 500 m2. | |||
642 | Actividades de las sociedades holding | Si la superficie construida ≤ 500 m2. | Si la superficie construida > 500 m2. | |||
643 | Inversión colectiva, fondos y entidades similares | Si la superficie construida ≤ 500 m2. | Si la superficie construida > 500 m2. | |||
649 | Otros tipos de mediación financiera | Si la superficie construida ≤ 500 m2. | Si la superficie construida > 500 m2. | |||
65 | Seguros, reaseguros y fondos de pensiones, excepto la seguridad social obligatoria | |||||
651 | Seguros | Si la superficie construida ≤ 500 m2. | Si la superficie construida > 500 m2. | |||
652 | Reaseguros | Si la superficie construida ≤ 500 m2. | Si la superficie construida > 500 m2. | |||
653 | Fondos de contingencia | Si la superficie construida ≤ 500 m2. | Si la superficie construida > 500 m2. | |||
66 | Actividades auxiliares de la mediación financiera y de seguros | |||||
661 | Actividades auxiliares de la mediación financiera, excepto seguros y fondos de pensiones | Si la superficie construida ≤ 500 m2. | Si la superficie construida > 500 m2. | |||
662 | Actividades auxiliares de seguros y fondos de pensiones | Si la superficie construida ≤ 500 m2. | Si la superficie construida > 500 m2. | |||
663 | Actividades de gestión de fondos | Si la superficie construida ≤ 500 m2. | Si la superficie construida > 500 m2. | |||
L | Actividades inmobiliarias | |||||
68 | Actividades inmobiliarias | |||||
681 | Compraventa de bienes inmobiliarios por cuenta propia | Si la superficie construida ≤ 500 m2. | Si la superficie construida > 500 m2. | |||
682 | Alquiler de bienes inmobiliarios por cuenta propia | Si la superficie construida ≤ 500 m2. | Si la superficie construida > 500 m2. | |||
683 | Actividades inmobiliarias por cuenta ajena | Si la superficie construida ≤ 500 m2. | Si la superficie construida > 500 m2. | |||
M | Actividades profesionales, científicas y técnicas | |||||
69 | Actividades jurídicas y de contabilidad | |||||
691 | Actividades jurídicas | Si la superficie construida ≤ 500 m2. | Si la superficie construida > 500 m2. | |||
692 | Actividades contables, de auditoría y de asesoría fiscal | Si la superficie construida ≤ 500 m2. | Si la superficie construida > 500 m2. | |||
70 | Actividades de sedes centrales y consultoría empresarial | |||||
701 | Actividades de sedes centrales | Si la superficie construida ≤ 500 m2. | Si la superficie construida > 500 m2. | |||
702 | Actividades de consultoría de gestión empresarial | Si la superficie construida ≤ 500 m2. | Si la superficie construida > 500 m2. | |||
71 | Servicios técnicos de arquitectura e ingeniería | |||||
711 | Servicios técnicos de arquitectura e ingeniería | Si la superficie construida ≤ 500 m2. | Si la superficie construida > 500 m2. | |||
712 | Análisis y ensayos técnicos Observación: quedan excluidos los laboratorios de análisis e investigación a que se refiere la Ley 20/2009, de 4 de diciembre (código 12.23 de los anexos II y III). | Si la superficie construida destinada a laboratorios es d 50 m2 (excluyendo despachos, almacenes y otras áreas auxiliares) y siempre que la superficie construida total sea ≤ 500 m2. | Si la superficie construida destinada a laboratorios es > 50 m2 (excluyendo despachos, almacenes y otras áreas auxiliares) o siempre que la superficie construida total sea > 500 m2. | |||
73 | Publicidad y estudios de mercado | |||||
731 | Publicidad | Si la superficie construida ≤ 500 m2. | Si la superficie construida > 500 m2. | |||
732 | Estudios de mercado y encuestas de opinión pública | Si la superficie construida ≤ 500 m2. | Si la superficie construida > 500 m2. | |||
74 | Otras actividades profesionales y técnicas | |||||
741 | Actividades de diseño especializado | Si la superficie construida ≤ 500 m2. | Si la superficie construida > 500 m2. | |||
742 | Actividades de fotografía Observación: quedan excluidos los laboratorios industriales de fotografía a que se refiere la Ley 20/2009 (código 12.24 del anexo II). | Si la superficie construida ≤ 120 m2. | Si la superficie construida > 120 m2. | Establecimientos situados en la parte baja de edificios de cualquier uso con una superficie construida > 750 m2. En otros casos, si la superficie construida > 2.000 m2. | ||
743 | Actividades de traducción e interpretación | Si la superficie construida ≤ 500 m2. | Si la superficie construida > 500 m2. | |||
749 | Otras actividades profesionales y técnicas no clasificadas en otros apartados | Si la superficie construida ≤ 500 m2. | Si la superficie construida > 500 m2. | |||
N | Actividades administrativas y servicios auxiliares | |||||
77 | Actividades de alquiler | |||||
771 | Alquiler de vehículos a motor | Si sólo se dispone de zonas de uso administrativo, cuando la superficie construida ≤ 500 m2. Sin zona de aparcamiento de vehículos. | Si las zonas de uso administrativo presentan una superficie construida > 500 m2. O si dispone de aparcamiento de vehículos. | Si dispone de aparcamiento de vehículos, siempre que esté situado en una segunda o más plantas bajo rasante, o bien si se encuentra situado bajo un edificio y tiene una superficie construida> 750 m2, o bien, en cualquier otro caso, cuando tenga una superficie construida> 2.000 m2. | ||
772 | Alquiler de efectos personales y enseres domésticos | Si la superficie construida ≤ 500 m2. | Si la superficie construida > 500 m2. | |||
773 | Alquiler de maquinaria, equipos y bienes tangibles | Si la superficie construida ≤ 500 m2. | Si la superficie construida > 500 m2. | |||
774 | Arrendamiento de propiedad intelectual, salvo derechos de autor | Si la superficie construida ≤ 500 m2. | Si la superficie construida > 500 m2. | |||
78 | Actividades relacionadas con el empleo | |||||
781 | Actividades de las agencias de colocación | Si la superficie construida ≤ 500 m2. | Si la superficie construida > 500 m2. | |||
782 | Actividades de las empresas de trabajo temporal | Si la superficie construida ≤ 500 m2. | Si la superficie construida > 500 m2. | |||
783 | Otros tipos de provisión de recursos humanos | Si la superficie construida ≤ 500 m2. | Si la superficie construida > 500 m2. | |||
79 | Actividades de las agencias de viajes, operadores turísticos, servicios de reservas y actividades relacionadas | |||||
791 | Actividades de las agencias de viajes y operadores turísticos | Si la superficie construida ≤ 500 m2. | Si la superficie construida > 500 m2. | |||
799 | Otros servicios de reservas y actividades relacionadas | Si la superficie construida ≤ 500 m2. | Si la superficie construida > 500 m2. | |||
80 | Control de seguridad e investigación | |||||
801 | Actividades de seguridad privada | Si la superficie construida ≤ 500 m2. | Si la superficie construida > 500 m2. | |||
802 | Servicios de sistemas de seguridad | Si la superficie construida ≤ 500 m2. | Si la superficie construida > 500 m2. | |||
803 | Actividades de investigación | Si la superficie construida ≤ 500 m2. | Si la superficie construida > 500 m2. | |||
81 | Servicios en edificios y actividades de jardinería | |||||
811 | Servicios integrales en edificios e instalaciones | Si la superficie construida ≤ 500 m2. | Si la superficie construida > 500 m2. | |||
812 | Actividades de limpieza | Si la superficie construida ≤ 500 m2. | Si la superficie construida > 500 m2. | |||
813 | Actividades de jardinería | Si la superficie construida ≤ 500 m2. | Si la superficie construida > 500 m2. | |||
82 | Actividades administrativas de oficina y auxiliares | |||||
821 | Actividades administrativas y auxiliares de oficina | Si la superficie construida ≤ 500 m2. | Si la superficie construida > 500 m2. | |||
822 | Actividades de centros de atención telefónica | Si la superficie construida ≤ 500 m2. | Si la superficie construida > 500 m2. | |||
823 | Organización de convenciones y firas de muestras | Si la superficie construida ≤ 500 m2. | Si la superficie construida > 500 m2. | |||
829 | Otras actividades de apoyo a las empresas | Si la superficie construida ≤ 500 m2. | Si la superficie construida > 500 m2. | |||
O | Administración pública, defensa y seguridad social obligatoria | |||||
84 | Administración pública, defensa y seguridad social obligatoria | |||||
841 | Administración pública y de la política económica y social | Si la superficie construida ≤ 500 m2. | Si la superficie construida > 500 m2. | |||
842 | Prestación de servicios a la comunidad en general | Si la superficie construida ≤ 500 m2. | Si la superficie construida > 500 m2. | |||
843 | Seguridad social obligatoria | Si la superficie construida ≤ 500 m2. | Si la superficie construida > 500 m2. | |||
P | Educación | |||||
85 | Educación | |||||
851 | Educación preprimaria | Todas. | Si tienen una altura de evacuación de más de 15 m o una superficie > 300 m² construidos. | |||
852 | Educación primaria | Todas. | Si tienen una altura de evacuación de más de 15 m o una superficie > 2.000 m² construidos. | |||
853 | Educación secundaria | Todas. | Si tienen una altura de evacuación de más de 15 m o una superficie > 2.000 m² construidos. | |||
854 | Educación postsecundaria | Todas. | Si tienen una altura de evacuación de más de 15 m o una superficie > 2.000 m² construidos. | |||
855 | Otras actividades de educación | Si la superficie construida ≤ 120 m2. | Si la superficie construida > 120 m2. | Si tienen una altura de evacuación de más de 15 m o una superficie > 2.000 m² construidos. | ||
856 | Actividades auxiliares de educación | Si la superficie construida ≤ 120 m2. | Si la superficie construida > 120 m2. | Si tienen una altura de evacuación de más de 15 m o una superficie > 2.000 m² construidos. | ||
Q | Actividades sanitarias y de servicios sociales | |||||
86 | Actividades sanitarias | |||||
862 | Actividades médicas y odontológicas Observación: quedan excluidos los hospitales, las clínicas y los establecimientos sanitarios con ingreso de pacientes regulados en la Ley 20/2009, de 4 de diciembre (código 12.25). | Si la superficie construida ≤ 120 m2. | Si la superficie construida > 120 m2. | Todos los establecimientos clasificados como de uso hospitalario de acuerdo con el CTE. Establecimientos de uso sanitario de carácter ambulatorio, si tienen una altura de evacuación de más de 15 m y una superficie por planta > 750 m2 construidos. | ||
869 | Otras actividades sanitarias Observación: quedan excluidas las actividades incluidas en la Ley 20/2009, de 4 de diciembre. | Si la superficie construida ≤ 120 m2. | Si la superficie construida > 120 m2. | |||
87 | Actividades de servicios sociales con alojamiento Observación: quedan excluidos los hospitales y las clínicas con ingreso de pacientes regulados en la Ley 20/2009, de 4 de diciembre (código 12.25). | |||||
871 | Actividades de servicios sociales con alojamiento y cuidados de enfermería | Si la superficie construida ≤ 500 m2. | Si la superficie construida > 500 m2. | Todas las residencias asistidas para personas mayores. Todos los centros sociosanitarios. Todos los establecimientos clasificados como de uso hospitalario de acuerdo con el CTE. Establecimientos de uso sanitario de carácter ambulatorio, si tienen una altura de evacuación de más de 15 m y una superficie por planta > 750 m2 construidos. | ||
872 | Actividades de servicios sociales con alojamiento para personas con discapacidad psíquica, personas con enfermedades mentales y personas drogodependientes | Todos. | Si el número de plazas disponibles > 20. | |||
873 | Actividades de servicios sociales residenciales para personas mayores y personas con discapacidad física | Todos. | Si el número de plazas disponibles > 20. | |||
879 | Actividades de servicios sociales con alojamiento | Todos. | Si el número de plazas disponibles > 20. | |||
88 | Actividades de servicios sociales sin alojamiento Observación: quedan excluidos los hospitales de día y los centros de asistencia primaria regulados en la Ley 20/2009 (código 12.26). | |||||
881 | Actividades de servicios sociales sin alojamiento para personas mayores y personas con discapacidad | Si la superficie construida ≤ 500 m2. | Si la superficie construida > 500 m2. | Todos los centros de día. Todos los establecimientos clasificados como de uso hospitalario de acuerdo con el CTE. Establecimientos de uso sanitario de carácter ambulatorio, si tienen una altura de evacuación de más de 15m y una superficie por planta > 750 m2 construidos. Establecimientos de actividades recreativas o de pública concurrencia con una superficie > 500 m2 o un aforo de > 500 personas. | ||
889 | Otros tipos de actividades de servicios sociales sin alojamiento | Si la superficie construida ≤ 500 m2. | Si la superficie construida > 500 m2. | Establecimientos de uso sanitario de carácter ambulatorio, si tienen una altura de evacuación de más de 15m y una superficie por planta > 750 m2 construidos. Observación: quedan excluidas las actividades incluidas en la Ley 20/2009, de 4 de diciembre. | ||
8891 | Actividades de atención diurna para niños | Si la superficie construida ≤ 120 m2. | Si la superficie construida > 120 m2. | Establecimientos de uso sanitario de carácter ambulatorio, si tienen una altura de evacuación de más de 15m y una superficie por planta > 750 m2 construidos. Establecimientos de actividades recreativas o de pública concurrencia con una superficie > 500 m2 o un aforo de > 500 personas. | ||
8899 | Otros tipos de actividades de servicios sociales sin alojamiento ncoa | Si la superficie construida ≤ 500 m2. | Si la superficie construida > 500 m2. | Establecimientos de uso sanitario de carácter ambulatorio, si tienen una altura de evacuación de más de 15m y una superficie por planta > 750 m2 construidos. Establecimientos de actividades recreativas o de pública concurrencia con una superficie > 500 m2 o un aforo de > 500 personas. | ||
R | Actividades artísticas, recreativas y de entretenimiento | |||||
90 | Actividades de creación, artísticas y de espectáculos | |||||
9001 | Artes escénicas Observaciones: se excluyen los espectáculos públicos de carácter extraordinario, todos los espectáculos públicos en establecimientos no permanentes desmontables y los espectáculos públicos en establecimientos permanentes no desmontables con una superficie > 500 m2 y un aforo > 500 personas, regulados por la Ley 11/2009, de 6 de julio. | Si la superficie construida ≤ 500 m2. | Si la superficie construida > 500 m2. | Todos. | ||
9002 | Actividades auxiliares a las artes escénicas | Si la superficie construida ≤ 500 m2. | Si la superficie construida > 500 m2. | |||
9003 | Creación artística y literaria | Si la superficie construida ≤ 500 m2. | Si la superficie construida > 500 m2. | |||
9004 | Gestión de salas de espectáculos | Si la superficie construida ≤ 500 m2. | Si la superficie construida > 500 m2. | |||
91 | Actividades de bibliotecas, archivos y museos | |||||
910 | Actividades de bibliotecas, archivos y museos | Si la superficie construida ≤ 120 m2. | Si la superficie construida > 120 m2. | Establecimientos de actividades recreativas o de pública concurrencia con una superficie > 500 m2 o un aforo de > 500 personas. | ||
92 | Juegos de azar y apuestas | |||||
920 | Juegos de azar y apuestas | Si la superficie construida ≤ 120 m2. | Si la superficie construida > 120 m2. | Establecimientos de actividades recreativas o de pública concurrencia con una superficie > 500 m2 o un aforo de > 500 personas. | ||
93 | Actividades deportivas, recreativas y de entretenimiento | |||||
931 | Actividades deportivas Observación: quedan excluidos los campos de golf a que se refiere la Ley 20/2009, de 4 de diciembre (código 12.35 del anexo II). | Si la superficie construida ≤ 120 m2. | Si la superficie construida > 120 m2. | Establecimientos de actividades recreativas o de pública concurrencia con una superficie > 500 m2 o un aforo de > 500 personas. | ||
9311 | Gestión de instalaciones deportivas Observación: quedan excluidas las pistas permanentes de carreras y de pruebas para vehículos motorizados a que se refiere la Ley 20/2009, de 4 de diciembre (código 12.52). | Si la superficie construida ≤ 120 m2. | Si la superficie construida > 120 m2. | Establecimientos de actividades recreativas o de pública concurrencia con una superficie > 500 m2 o un aforo de > 500 personas. | ||
9312 | Actividades de clubes deportivos | Si la superficie construida ≤ 120 m2. | Si la superficie construida > 120 m2. | Establecimientos de actividades recreativas o de pública concurrencia con una superficie > 500 m2 o un aforo de > 500 personas. | ||
9313 | Actividad de los gimnasios | Si la superficie construida ≤ 120 m2. | Si la superficie construida > 120 m2. | Establecimientos de actividades recreativas o de pública concurrencia con una superficie > 500 m2 o un aforo de > 500 personas. | ||
9319 | Otras actividades relacionadas con el deporte | Si la superficie construida ≤ 500 m2. | Si la superficie construida > 500 m2. | Establecimientos de actividades recreativas o de pública concurrencia con una superficie > 500 m2 o un aforo de > 500 personas. | ||
932 | Otras actividades recreativas y de entretenimiento | Si la superficie construida ≤ 120 m2. | Si la superficie construida > 120 m2. | Establecimientos de actividades recreativas o de pública concurrencia con una superficie > 500 m2 o un aforo de > 500 personas. | ||
9329 | Otras actividades recreativas y de entretenimiento ncaa Observaciones: se excluyen las actividades y los espectáculos públicos de carácter extraordinario, las de régimen especial y con reservados anexos, todas las actividades recreativas musicales y espectáculos públicos en establecimientos no permanentes desmontables, y las actividades recreativas musicales y espectáculos públicos en establecimientos permanentes no desmontables con una superficie > 500 m2 y un aforo > 500 personas, reguladas por la Ley 11/2009, de 6 de julio. | Si la superficie construida ≤ 120 m2. | Si la superficie construida > 120 m2. | Establecimientos de actividades recreativas o de pública concurrencia con una superficie > 500 m2 o un aforo de > 500 personas, y todos los espectáculos públicos. | ||
94 | Actividades asociativas | |||||
941 | Actividades de organizaciones empresariales y profesionales | Si la superficie construida ≤ 500 m2. | Si la superficie construida > 500 m2. | |||
942 | Actividades sindicales | Si la superficie construida ≤ 500 m2. | Si la superficie construida > 500 m2. | |||
949 | Actividades asociativas varias | Si la superficie construida ≤ 500 m2. | Si la superficie construida > 500 m2. | |||
95 | Reparación de ordenadores, efectos personales y enseres domésticos | |||||
951 | Reparación de ordenadores y equipos de comunicación | Si la superficie construida ≤ 120 m2. | Si la superficie construida > 120 m2. | Establecimientos situados en la parte baja de edificios de cualquier uso con una superficie construida > 750 m². En otros casos, si la superficie construida > 2.000 m2. | ||
952 | Reparación de efectos personales y enseres domésticos | Si la superficie construida ≤ 120 m2. | Si la superficie construida > 120 m2. | Establecimientos situados en la parte baja de edificios de cualquier uso con una superficie construida > 750 m². En otros casos, si la superficie construida > 2.000 m2. | ||
96 | Otras actividades de servicios personales | |||||
9601 | Lavado y limpieza de prendas textiles y de piel Observaciones: quedan excluidas las lavanderías industriales reguladas en la Ley 20/2009, de 4 de diciembre (código 12.39), y las instalaciones para la limpieza en seco (anexo II y III, código 12.41). | Si la superficie construida ≤ 120 m2. | Si la superficie construida > 120 m2. | Establecimientos situados en la parte baja de edificios de cualquier uso con una superficie construida > 750 m². En otros casos, si la superficie construida > 2.000 m2. | ||
9602 | Peluquería y otros tratamientos de belleza | Si la superficie construida ≤ 120 m2. | Si la superficie construida > 120 m2. | Establecimientos situados en la parte baja de edificios de cualquier uso con una superficie construida > 750 m². En otros casos, si la superficie construida > 2.000 m2. | ||
9603 | Pompas fúnebres y actividades relacionadas Observación: quedan excluidas las actividades de incineración incluidas en la Ley 20/2009, de 4 de diciembre. | Si la superficie construida ≤ 120 m2. | Si la superficie construida > 120 m2. | Si se consideran establecimientos comerciales: establecimientos situados en la parte baja de edificios de cualquier uso con una superficie construida > 750 m². En otros casos, si la superficie construida > 2.000 m2. Si se consideran establecimientos de pública concurrencia: establecimientos con una superficie construida > 500 m² o un aforo > 500 personas. | ||
9604 | Actividades de mantenimiento físico | Si la superficie construida ≤ 120 m2. | Si la superficie construida > 120 m2. | Si la superficie construida > 500 m² o el aforo > 500 personas. | ||
9609 | Otras actividades de servicios personales ncoa Observación: quedan excluidos los servicios de alojamiento y adiestramiento de animales de compañía regulados en la Ley 20/2009, de 4 de diciembre (código 12.33). | Si la superficie construida ≤ 120 m2. | Si la superficie construida > 120 m2. | Establecimientos situados en la parte baja de edificios de cualquier uso con una superficie construida > 750 m². En otros casos, si la superficie construida > 2.000 m2. |
Por tanto, ordeno que todos los ciudadanos a los que sea de aplicación esta Ley cooperen en su cumplimiento y que los tribunales y autoridades a los que corresponda la hagan cumplir.
Barcelona, 28 de diciembre de 2020
Pere Aragonès i Garcia
Vicepresidente del Gobierno en sustitución de la presidencia de la Generalidad y consejero de Economía y Hacienda
Ramon Tremosa i Balcells
Consejero de Empresa y Conocimiento
- Modificación realizada (Anexo) por LEY 3/2023, de 16 de marzo, de medidas fiscales, financieras, administrativas y del sector público para el 2023.
(DOGC de 17-03-2023) en vigor desde 18-03-2023 - Modificación realizada (Anexo (divisiones I y Q, se corrigen)) por CORRECCIÓN DE ERRATAS en la Ley 18/2020, de 28 de diciembre, de facilitación de la actividad económica (DOGC núm. 8307, de 31.12.2020).
(DOGC de 10-03-2021) en vigor desde 20-01-2021 - Artículo modificado por CORRECCIÓN DE ERRATAS en la Ley 18/2020, de 28 de diciembre, de facilitación de la actividad económica (DOGC núm. 8307, de 31.12.2020).
(DOGC de 03-02-2021) en vigor desde 20-01-2021