Anexo 6 Reglamento genera... de vivero

Anexo 6 Reglamento general del registro de variedades comerciales y modificación del Reglamento general técnico de control y certificación de semillas y plantas de vivero

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ANEXO VI. Reglamento técnico de inscripción de variedades de patata

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1. Ámbito de aplicación.–El ámbito de aplicación de este Reglamento comprende todas las variedades de Patata que puedan tener una utilización económica en la agricultura o industria.

2. Fechas límite de presentación de solicitudes de inscripción.–Las fechas límite de presentación de las solicitudes para cada campaña serán:

a) Para variedades de cultivo en primera siembra (extra temprana y temprana): antes del 20 de septiembre.

b) Para variedades de cultivo en segunda siembra (media estación y tardía): antes del 1de enero.

3. Material necesario para los ensayos.

Ensayos de identificación: 220 tubérculos sin tratar.

Ensayos de valor agronómico o de utilización: 300 kg. de tubérculos tratados.

En ambos casos, el calibre de los tubérculos suministrados estará comprendido entre 32 y 50 milímetros.

4. Fechas límite de entrega del material.–Las fechas límite de entrega del material para cada campaña serán las siguientes:

Para variedades de cultivo en primera siembra (extra temprana y temprana): antes del 20 de octubre.

Para variedades de cultivo en segunda siembra (media estación y tardía): antes del 1 de febrero.

5. Criterios de evaluación.–Los estudios más importantes a llevar a cabo para determinar el valor agronómico o de utilización, se referirán fundamentalmente al:

Rendimiento.

Resistencia a los organismos nocivos.

Comportamiento con respecto a factores del entorno físico.

Características cualitativas.

Se considerarán al menos como características fundamentales para apreciar la calidad de una variedad las siguientes:

Calidad culinaria o aprovechamiento industrial.

Homogeneidad de los tubérculos

Profundidad de los ojos.

6. Protocolos para los exámenes de distinción, homogeneidad y estabilidad.

Aquellas variedades de las especies que se citan a continuación, que, con anterioridad al 1 de enero de 2023, hayan iniciado los exámenes oficiales para su admisión en el Registro de Variedades Comerciales, podrán ser aceptadas si cumplen las disposiciones establecidas en estos Protocolos de examen o, en su caso, en los Protocolos de examen que se encontraban en vigor al iniciarse el examen técnico.

Especies que cumplen con los protocolos de examen de la OCVV (1):

Nombre científico

Denominación común

Protocolo

Solanum tuberosum L.

Patata

TP 23/3 de 15.03.2017

(1) El texto de estos protocolos puede consultarse en la web de la OCVV (www.cpvo.europa.eu).

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