Anexo 5 Complementa el Re...tenimiento

Anexo 5 Complementa el Reglamento (CE) n.º 715/2007 sobre homologación de vehículos de motor por lo que se refiere a emisiones y mantenimiento

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ANEXO V. Verificación de las emisiones de gases del cárter (ensayo de tipo 3)

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VERIFICACIÓN DE LAS EMISIONES DE GASES DEL CÁRTER

(ENSAYO DE TIPO 3)

1. INTRODUCCIÓN

1.1. El presente anexo describe el procedimiento para llevar a cabo el ensayo de tipo 3, en el que se verifican las emisiones de gases del cárter, según se describe en el punto 5.3.3 del Reglamento n.º 83 de la CEPE.

2. REQUISITOS GENERALES

2.1. Los requisitos generales para llevar a cabo el ensayo de tipo 3 serán los especificados en los puntos 1 y 2 del anexo 6 del Reglamento n.º 83 de la CEPE, con las excepciones que figuran a continuación en los puntos 2.2 y 2.3.

2.2. La referencia al ensayo de tipo I del punto 2.1 del anexo 6 del Reglamento n.º 83 de la CEPE se entenderá hecha al ensayo de tipo 1 del anexo XXI del presente Reglamento.

2.3. Los coeficientes de resistencia al avance en carretera utilizados serán los correspondientes al vehículo "Low" (VL). Si no existe VL, se utilizará la resistencia al avance en carretera de VH. En ese caso, vehículo H (VH) se define de conformidad con el punto 4.2.1.1.1 del anexo B4 del Reglamento n.º 154 de las Naciones Unidas. En caso de que se utilice el método de interpolación, VL y VH se definen en el punto 4.2.1.1.2 del anexo B4 del Reglamento n.º 154 de las Naciones Unidas. Como alternativa, el fabricante podrá optar por utilizar resistencias al avance en carretera que hayan sido definidas con arreglo a las disposiciones de los apéndices 7 bis o 7 ter del anexo 4 bis del Reglamento n.º 83 de la CEPE para un vehículo incluido en la familia de interpolación.

3. REQUISITOS TÉCNICOS

3.1. Serán de aplicación los requisitos técnicos establecidos en los puntos 3 a 6 del anexo 6 del Reglamento n.º 83 de la CEPE, salvo lo establecido a continuación en el punto 3.2.

3.2. Las referencias al ensayo de tipo I del punto 3.2 del anexo 6 del Reglamento n.º 83 de la CEPE se entenderán hechas al ensayo de tipo 1 del anexo XXI del presente Reglamento.

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