Anexo 5 Autorización ambiental integrada
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ANEXO V. Documentación básica del proyecto básico

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- Descripción detallada y alcance de la actividad.

- Producto de la actividad (producto de la obra o infraestructura, actividad, etc.) En el caso de una actividad productiva: descripción detallada de las instalaciones, procesos productivos y capacidad de producción.

- Planos de situación, cartografía y planos de detalle de la instalación.

- Recursos naturales consumidos (incluido el suelo ocupado), materias primas y auxiliares consumidas, sustancias, agua y energía empleadas. Procedencia y consumo previsto.

- Balance de materia, rendimiento previsto o, en su caso, indicadores de la actuación (se considera conveniente dejar actuación) y cronograma de su ejecución.

- Tecnología prevista y, en su caso, informe sobre adecuación a las mejores técnicas disponibles.

- Fuentes generadoras de las distintas emisiones (acuosas, gaseosas, acústicas, luminosas o sólidas) que, en su caso, producirá la actividad. Medidas relativas a la prevención, reducción y gestión de las mismas.

- En su caso, descripción sucinta del proceso de tratamiento y sistema de evacuación o conducción de los vertidos de aguas residuales y emisiones a la atmósfera. Diagrama de flujo de los mismos.

- En su caso, planos de instalación del alumbrado. Características técnicas de los equipos de iluminación y justificación de los niveles de los parámetros luminotécnicos en las instalaciones proyectadas.

- En su caso, las principales alternativas estudiadas por la persona o entidad solicitante.

- En su caso, procesos en los que intervengan sustancias, preparados o artículos enumerados en los Anexos XIV y XVII del reglamento (CE) núm. 1907/2006 del parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de diciembre de 2006, relativo al registro, la evaluación, la autorización y la restricción de las sustancias y preparados químicos (REACH).

- Todo aquello que se considere necesario para una adecuada comprensión del alcance de la actividad.

- Programa de ejecución de los trabajos (sólo para actuaciones realizadas en dominio público portuario de conformidad con la Ley 27/1992, de 24 de noviembre, de Puertos del Estado y de la Marina Mercante).

- Presupuesto con la valoración de las unidades de obra y partidas más significativas (solo para actuaciones realizadas en dominio público portuario).

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 27-01-2012 en vigor desde 28-01-2012