Anexo 4 Reglamento general del registro de variedades comerciales y modificación del Reglamento general técnico de control y certificación de semillas y plantas de vivero
ANEXO IV. Reglamento técnico de inscripción de variedades de especies forrajeras, pratenses, cespitosas y leguminosas de grano
1. Ámbito de aplicación.–El ámbito de aplicación de este Reglamento comprende todas las variedades de las especies siguientes:
Agrostis estolonífera: Agrostis stolonífera L.
Agrostis tenue: Agrostis capillaris L.
Dactilo: Dactylis glomerata L.
Festuca alta: Festuca arundinacea Schreber.
Festuca pratense: Festuca pratensis Hudson.
Festuca roja: Festuca rubra L.
Grama de las Bermudas: Cynodon dactylon (L.)Pers.
Poa de los prados: Poa pratensis L.
Ray-grass híbrido: Lolium x boucheanum Kunth.
Ray-grass inglés: Lolium perenne L.
Ray-grass italiano: Lolium multiflorum Lam.
Alfalfa: Medicago sativa L.
Altramuz amarillo: Lupinus luteus L.
Altramuz azul: Lupinus angustifolius L.
Altramuz blanco: Lupinus albus L.
Esparceta: Onobrychis viciifolia Scop.
Garbanzo: Cicer arietinum L.
Guisante: Pisum sativum L. (partim).
Haba: Vicia faba L. (partim).
Lenteja: Lens culinaris Medik.
Trébol blanco: Trifolium repens L.
Trébol subterráneo: Trifolium subterraneum L.
Trébol violeta: Trifolium pratense L.
Veza común: Vicia sativa L.
Veza vellosa: Vicia villosa Roth
Alverjón: Vicia narbonensis L.
Yeros: Vicia ervilia (L.) Willd.
Zulla: Hedysarum coronarium L.
2. Fechas límite de presentación de solicitudes de inscripción.–Las fechas límite de presentación de las solicitudes para cada campaña serán las siguientes:
Alfalfa: 1 de enero.
Agrostis, Dactilo, Festucas, Grama de las Bermudas, Poa, Ray-Grass y Tréboles: 1 de junio.
Altramuces, Alverjón, Esparceta, Garbanzo, Guisante forrajero, Habas forrajeras, Lentejas, Vezas, Yeros y Zulla: 1 de agosto.
3. Material necesario para los ensayos.–Con objeto de llevar a cabo los ensayos y determinaciones que se prevén en el Reglamento General deberá suministrarse en los almacenes del Instituto Nacional de Investigación y Tecnología Agraria y Alimentaría, situados en Avda. Padre Huidobro s/n en la carretera de La Coruña, Km. 7’500 (28023 Madrid), el siguiente material para cada variedad solicitada, excepto el material de identificación de las especies de Garbanzo y Altramuces que entregarán en el Centro de Semillas del INIA, Plaza de España, sector 3, 41013 Sevilla.
Para ensayos de identificación (sólo el primer año, semillas sin tratar):
Alfalfa, Agrostis, Dactilo, Festucas, Grama de las Bermudas, Poa, Ray-Grass y Tréboles: 1 kilogramo de semilla.
Altramuces, Garbanzos, Lentejas y Yeros: 5 kilogramos de semilla.
Esparceta y Zulla: 2 kilogramos de semilla.
Alverjón, Vezas, Guisante forrajero y Habas forrajera: 3 kilogramos de semilla.
Para ensayos de valor agronómico (anualmente, semilla tratada):
Alfalfa, Agrostis, Dactilo, Festucas, Grama de las Bermudas, Poa, Ray-Grass y Tréboles: 2 Kilos de semilla.
Esparceta, Yeros y Zulla: 15 kilogramos de semilla.
Altramuces, Alverjón, Garbanzos y Vezas: 25 kilogramos de semilla.
Lentejas: 20 kilogramos de semilla.
Guisante forrajero y Habas forrajeras: 40 kilogramos de semilla.
4. Fechas límite de entrega del material.–Las fechas límite de entrega de material para cada campaña y especie serán las siguientes:
Alfalfa: 1 de febrero.
Agrostis, Dactilo, Festucas, Grama de las Bermudas y Poa, Tréboles y Ray-Grass: 1 de julio.
Altramuces, Esparceta, Garbanzos, Guisante forrajero, Habas forrajeras, Alverjón, Lentejas, Vezas, Yeros y Zulla: 1 de septiembre.
5. Criterios de evaluación.–Los estudios más importantes a llevar a cabo para determinar el valor agronómico o de utilización, se referirán fundamentalmente al:
Rendimiento.
Resistencia a los organismos nocivos.
Comportamiento con respecto a factores del entorno físico.
Características cualitativas.
Se considerarán, al menos, como características fundamentales para apreciar la calidad de una variedad las siguientes para las distintas especies:
Alfalfa: contenido en materia seca, proteínas y caroteno.
Dactilo, Esparceta, Festucas, Ray-Grass, Zulla y Tréboles: contenido en materia seca y proteínas.
Yeros: contenido en proteínas y alcaloides
Garbanzos: contenido en alcaloides y proteínas
Altramuces: contenido en proteínas, grasa y alcaloides.
Alverjón y Vezas: contenido en materia seca y proteínas.
Lentejas, Guisantes y Habas: contenido en proteínas.
Variedades cespitosas: la finura de las hojas, densidad del césped, persistencia y resistencia al frío y al calor, según comportamiento invernal y al pisoteo.
6. Protocolos para los exámenes de distinción, homogeneidad y estabilidad.
Aquellas variedades de las especies que se citan a continuación, que, con anterioridad al 1 de enero de 2023, hayan iniciado los exámenes oficiales para su admisión en el Registro de Variedades Comerciales, podrán ser aceptadas si cumplen las disposiciones establecidas en estos Protocolos de examen o, en su caso, en los Protocolos de examen que se encontraban en vigor al iniciarse el examen técnico.
Especies que cumplen con los protocolos de examen de la OCVV (1):
Nombre científico | Denominación común | Protocolo |
Dactylis glomerata L. | Dactilo. | TP 31/1 de 25.3.2021 |
Festuca arundinacea Schreb. | Festuca alta. | TP 39/1 de 1.10.2015 |
Festuca pratensis Huds. | Festuca pratense. | TP 39/1 de 1.10.2015 |
Festuca rubra L. | Festuca roja. | TP 67/1 de 23.6.2011 |
Lolium × hybridum Hausskn. | Ray-grass híbrido. | TP 4/2 de 19.3.2019 |
Lolium multiflorum Lam. | Ballico de Italia o Ray-grass italiano. | TP 4/2 de 19.3.2019. |
Lolium perenne L. | Ray-grass inglés. | TP 4/2 de 19.3.2019 |
Medicago sativa L. | Alfalfa; Mielga. | TP 6/1 de 22.12.2021 |
Pisum sativum L. (partim) | Guisante forrajero. | TP 7/2 rev.3 corr.de 16.3.2020 |
Poa pratensis L. | Poa de los prados. | TP 33/1 de 15.3.2017 |
Trifolium pratense L. | Trébol violeta. | TP 5/1 de 22.12.2021 |
Vicia faba L. (partim) | Haba. | TP 8/1 de 19.3.2019 |
Vicia sativa L. | Veza común. | TP 32/1 de 19.4.2016 |
(1) El texto de estos protocolos puede consultarse en la web de la OCVV (www.cpvo.europa.eu). |
Especies que cumplen con las directrices de examen de la UPOV (2):
Nombre científico | Denominación común | Protocolo |
Agrostis capillaris L. | Agróstide común. | TG/30/6 de 12.10.1990 |
Agrostis stolonifera L. | Agróstide estolonífera. | TG/30/6 de 12.10.1990 |
Lupinus albus L. | Altramuz blanco. | TG/66/4 de 31.3.2004 |
Lupinus angustifolius L. | Altramuz azul. | TG/66/4 de 31.3.2004 |
Lupinus luteus L. | Altramuz amarillo. | G/66/4 de 31.3.2004 |
Trifolium repens L. | Trébol blanco. | TG/38/7 de 9.4.2003 |
Trifolium subterraneum L. | Trébol subterráneo. | TG/170/3 de 4.4.2001 |
(2) El texto de estas directrices puede consultarse en la web de la UPOV (www.upov.int). |
- Modificación realizada (Anexo IV (apdo. 6)) por Orden APA/1141/2022, de 17 de noviembre, por la que se modifican los Anexos I, II, III, IV, V, VI y VII del Reglamento del Registro de Variedades Comerciales, aprobado por el Real Decreto 170/2011, de 11 de febrero.
(BOE de 25-11-2022) en vigor desde 01-01-2023 - Modificación realizada (Anexo IV (apdo. 6)) por Orden APA/1437/2021, de 16 de diciembre, por la que se modifican los Anexos I, II, III, IV, V, VI, VII y XIV del Reglamento general del registro de variedades comerciales, aprobado por el Real Decreto 170/2011 de 11 de febrero; el Reglamento técnico de control y certificación de semillas de cereales, aprobado por Orden ARM/3368/2010, de 27 de diciembre; el Reglamento técnico de control y certificación de semillas de plantas forrajeras, aprobado por Orden ARM/3370/2010, de 27 de diciembre; y el Reglamento técnico de control y certificación de semillas de sorgo, aprobado por Orden ARM/3374/2010, de 27 de diciembre.
(BOE de 23-12-2021) en vigor desde 01-01-2022 - Modificación realizada (Anexo IV (apdo. 6)) por Orden APA/455/2020, de 26 de mayo, por la que se modifican diversas órdenes ministeriales en materia de control y certificación de semillas y otros materiales de reproducción.
(BOE de 29-05-2020) en vigor desde 31-05-2020 - Modificación realizada (Anexo IV (apdo. 6)) por Orden APA/775/2019, de 2 de julio, por la que se modifican los Anexos I, II, III, IV, V, VI y VII del Reglamento General del Registro de Variedades Comerciales.
(BOE de 17-07-2019) en vigor desde 01-09-2019 - Modificación realizada (Anexo IV (apdo. 6)) por Orden APA/894/2018, de 23 de agosto, por la que se modifican los anexos III, IV, V, VI y VII del Reglamento General del Registro de Variedades Comerciales.
(BOE de 28-08-2018) en vigor desde 01-09-2018 - Modificación realizada (Anexo IV (apdo. 6)) por Orden APM/383/2017, de 21 de abril, por la que se modifican los anexos I, III, IV, V y VII del Reglamento General del Registro de Variedades Comerciales.
(BOE de 05-05-2017) en vigor desde 01-07-2017 - Modificación realizada (Anexo IV (apdo. 6)) por Orden AAA/765/2016, de 13 de mayo, por la que se modifican los anexos IV y VII del Reglamento general del registro de variedades comerciales, aprobado por Real Decreto 170/2011, de 11 de febrero.
(BOE de 20-05-2016) en vigor desde 01-07-2016 - Modificación realizada (Anexo IV (apdo. 6)) por Real Decreto 626/2014, de 18 de julio, por el que se modifica el Reglamento general del registro de variedades comerciales aprobado por el Real Decreto 170/2011, de 11 de febrero.
(BOE de 19-07-2014) en vigor desde 20-07-2014 - Modificación realizada (Se modifica el apartado 6 del Anexo IV) por Orden AAA/1772/2012, de 2 de agosto, por la que se modifican los Anexos, IV, V, VIII, X y XI del Reglamento General del Registro de Variedades Comerciales, aprobado por Real Decreto 170/2011, de 11 de febrero.
(BOE de 10-08-2012) en vigor desde 11-08-2012 - Artículo modificado por Orden ARM/3383/2011, de 2 de diciembre, por la que se modifican los Anexos I, II, III, IV, V, VI y VII del Reglamento general del registro de variedades comerciales, aprobado por Real Decreto 170/2011, de 11 de febrero.
(BOE de 13-12-2011) en vigor desde 01-01-2012