Anexo 2 Ordenación de la ... y Melilla

Anexo 2 Ordenación de la educación del alumnado con necesidad de apoyo educativo y servicios de orientación educativa en las ciudades de Ceuta y Melilla

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ANEXO II. Orientaciones para el proceso de elaboración, desarrollo y seguimiento de las adaptaciones curriculares significativas

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El equipo de profesores que detecte que un alumno encuentra dificultades importantes para participar y progresar en el proceso de enseñanza y aprendizaje y considere que puede necesitar adaptación curricular significativa solicitará, a través del profesor tutor, que se realice la evaluación psicopedagógica correspondiente.

Los servicios de orientación educativa realizarán o, en su caso, actualizarán la evaluación psicopedagógica del alumno, con la participación de todos los profesionales implicados en la atención al alumno y de la familia.

En el caso de que se detecte que el alumno evaluado presenta necesidades educativas especiales, todos los profesionales que lo atiendan, coordinados por el tutor, elaborarán y desarrollarán el plan de actuación individualizado que facilitará al alumno el máximo desarrollo posible de sus capacidades y la adquisición de las competencias básicas. Dicho plan se recogerá por escrito en el Documento Individual de Adaptación Curricular (D.I.A.C.),

Para elaborar el D.I.A.C. se realizarán las siguientes actuaciones:

a) El tutor trasladará la información relativa a los datos personales y familiares del alumno, contenida en el informe psicopedagógico, al D.I.A.C.

b) El equipo de profesionales, asesorado por los servicios de orientación educativa y coordinado por el tutor, analizará la información contenida en el informe psicopedagógico, completará los apartados correspondientes del D.I.A.C. y realizará una previsión de recursos para atender a las necesidades del alumno (ayudas, recursos materiales de acceso, recursos de apoyo y refuerzo, modificaciones del entorno, etc.).

c) El tutor y el profesional que corresponda de los servicios de orientación educativa definirán las líneas generales del plan de actuación que elaborará y desarrollará todo el equipo de profesionales que atiende al alumno.

d) El tutor coordinará la elaboración del plan de actuación siguiendo este proceso:

Análisis del nivel de desarrollo de las competencias y de las capacidades que servirán de apoyo para realizar los nuevos aprendizajes.

Definición de objetivos, competencias, contenidos y criterios de evaluación que se utilizarán como referencia en los procesos de enseñanza y aprendizaje de todas las áreas de conocimiento o materias.

Selección de recursos y estrategias metodológicas para desarrollar el plan de actuación:

Recursos de apoyo y refuerzo y su coordinación. Estrategias didácticas más adecuadas al estilo de aprendizaje del alumno. Coordinación de las estrategias metodológicas, incluida la evaluación, utilizadas en todas las áreas o materias curriculares para el desarrollo de las competencias básicas del alumno.

Materiales didácticos para favorecer dicho desarrollo.

Orientaciones para la realización de las adaptaciones curriculares de las áreas o materias.

Elección de estrategias para realizar el seguimiento y la evaluación del desarrollo del plan de intervención.

e) Cada profesional realizará las adaptaciones curriculares correspondientes a las áreas o materias que imparte o al ámbito de desarrollo que le corresponda.

f) Una vez realizadas las adaptaciones curriculares de las áreas o ámbitos, el equipo de profesionales se reunirá para completar el D.I.A.C. y coordinar el desarrollo de las adaptaciones.

Cada profesor desarrollará la adaptación curricular correspondiente al área o materia que imparta o al ámbito de desarrollo que le corresponda en colaboración con otros profesionales que prestan atención al alumno.

El desarrollo de las adaptaciones curriculares conllevará la realización de un seguimiento continuado, de acuerdo con el plan establecido, que realizará:

a) Cada profesor, para adaptar las condiciones de enseñanza y aprendizaje a las necesidades que va detectando a través de la observación de la interacción del alumno con el contenido de las áreas o materias y los materiales curriculares.

b) El equipo de profesionales, al menos una vez al trimestre, para valorar globalmente la adecuación de los objetivos y el desarrollo de las capacidades. Dicho equipo, además, realizará una evaluación previa a la sesión de evaluación del grupo ordinario, en la que se analizarán los siguientes aspectos:

Desarrollo individual y social.

Desarrollo académico. Competencias que más ha desarrollado. Limitaciones de participación en el aprendizaje que ha encontrado. Adecuación de los recursos humanos y materiales al estilo de aprendizaje y necesidades del alumno.

Resultados y observaciones del proceso de evaluación del alumno.

En el caso de que, como resultado del seguimiento realizado, se detecte que el alumno encuentra dificultades de aprendizaje en las condiciones de enseñanza y aprendizaje que se proponen en la adaptación, se realizará la revisión y las modificaciones oportunas del documento para garantizar que dicho alumno puede participar y desarrollar al máximo sus capacidades.

En todo caso, al finalizar cada curso, se valorará el desarrollo de la adaptación curricular con el fin de que las conclusiones obtenidas sirvan de referente para elaborar la adaptación del curso siguiente.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 06-04-2010 en vigor desde 06-04-2010