Anexo 2 Medidas de control para la importación de aparatos eléctricos y electrónicos, pilas y acumuladores procedentes de terceros países
ANEXO II. Ámbito de aplicación: Lista de AEE a efectos de registro integrado industrial
(Anexo III del Real Decreto 110/2015, de 20 de febrero, sobre residuos de aparatos eléctricos y electrónicos)
1. Aparatos de intercambio de temperatura.
1.1 Aparatos eléctricos de intercambio de temperatura con hidrofluorocarburos (HFC), hidrocarburos (HC) o amoníaco (NH3).
1.2 Aparatos eléctricos de aire acondicionado.
1.3 Aparatos eléctricos con aceite en circuitos o condensadores.
2. Monitores, pantallas, y aparatos con pantallas de superficie superior a los 100 cm2.
2.1 Monitores y pantallas LED.
2.2 Otros monitores y pantallas.
3. Lámparas.
3.1 Lámparas de descarga (mercurio) y lámparas fluorescentes.
3.2 Lámparas LED.
4. Grandes aparatos (con una dimensión exterior superior a 50 cm).
Están incluidos, entre otros: electrodomésticos, aparatos de consumo, equipos de informática y telecomunicaciones, luminarias, aparatos de reproducción de sonido o imagen, equipos de música, herramientas eléctricas y electrónicas, juguetes, equipos deportivos y de ocio, productos sanitarios, instrumentos de vigilancia y control, máquinas expendedoras y equipos para la generación de corriente eléctrica. Esta categoría no incluye los aparatos contemplados en las categorías 1 a 3 ni 7.
5. Pequeños aparatos (sin ninguna dimensión exterior superior a 50 cm).
Están incluidos, entre otros: electrodomésticos, aparatos de consumo, luminarias, aparatos de reproducción de sonido o imagen, equipos de música, herramientas eléctricas y electrónicas, juguetes, equipos deportivos y de ocio, productos sanitarios, instrumentos de vigilancia y control, máquinas expendedoras y equipos para la generación de corriente eléctrica. Esta categoría no incluye los aparatos contemplados en las categorías 3 y 6.
6. Equipos de informática y telecomunicaciones pequeños (sin ninguna dimensión exterior superior a los 50 cm).
7. Paneles fotovoltaicos grandes (con una dimensión exterior superior a 50 cm).
7.1 Paneles fotovoltaicos no peligrosos de silicio.
7.2 Otros paneles fotovoltaicos no peligrosos.
7.3 Paneles fotovoltaicos peligrosos.