Anexo 11 Normas para la n...s agrarios

Anexo 11 Normas para la nutrición sostenible en suelos agrarios

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ANEXO XI. Titulación necesaria para ejercer de asesor en fertilización

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1. La titulación necesaria para ejercer como asesor en fertilización comprende licenciaturas, ingenierías superiores, ingenierías técnicas, títulos de grado, máster o tercer ciclo y títulos de formación profesional superior que cumplan con la condición de sumar en su conjunto un mínimo de 40 ECTS (European Credit Transfer System), en materias relacionadas directamente con la producción vegetal y, en particular, en aquellas que, independientemente de la denominación particular que reciban en el plan de estudios correspondiente, respondan de manera inequívoca a los siguientes contenidos:

Edafología y climatología.

Fisiología vegetal.

Botánica.

Mejora vegetal.

Fitotecnia.

Cultivos herbáceos.

Cultivos hortícolas.

Cultivos leñosos.

Selvicultura.

Planificación general de los cultivos y aprovechamientos forestales.

Evaluación ambiental (riesgos, impactos y medidas de prevención y mitigación).

Mecanización agraria.

Fertilización de cultivos.

Regadío.

Química agrícola.

De los 40 ECTS contemplados en el párrafo anterior, al menos 12 corresponderán a las materias que estén relacionadas directamente con la fertilización de cultivos y, en particular, aquéllas que, independientemente de la denominación particular que reciban en el plan de estudios correspondiente, respondan de manera inequívoca a los siguientes contenidos:

Edafología y climatología.

Macro y microorganismos del suelo.

Nutrición vegetal.

Fertilizantes: características y utilización.

Materias orgánicas en la fertilización.

Fertilización de cultivos herbáceos.

Fertilización de cultivos leñosos.

Fertirrigación.

Impacto ambiental de los fertilizantes y otros materiales empleados en la fertilización.

Medidas de prevención y mitigación del impacto ambiental, con especial atención a los objetivos enumerados en el apartado 2 del artículo 2 y a la protección de la vegetación, las aves y los polinizadores.

Medidas de prevención y mitigación del impacto ambiental en suelos, agua, vegetación y fauna, con especial atención a aves y polinizadores.

2. Cumplen con las condiciones especificadas en el apartado 1 las siguientes titulaciones oficiales con planes de estudio anteriores al Espacio Europeo de Educación Superior (EEES):

- Ingeniero Agrónomo,

- Ingeniero Técnico Agrícola,

- Otras titulaciones universitarias cuyos titulares puedan acreditar haber recibido formación equivalente a la que se especifica en el punto 1.

3. Cumplen asimismo las condiciones especificadas en el punto 1 los asesores en gestión integrada de plagas, de acuerdo a lo establecido en el Real Decreto 1311/2012, de 14 de septiembre, que, además cumplan con la condición de sumar en su conjunto un mínimo de 12 ECTS (European Credit Transfer System), en materias que estén relacionadas directamente con la fertilización de cultivos y, en particular, aquellas que, independientemente de la denominación particular que reciban en el plan de estudios correspondiente, respondan de manera inequívoca a los siguientes contenidos:

Edafología y climatología.

Macro y microorganismos del suelo.

Nutrición vegetal.

Fertilizantes: características y utilización.

Materias orgánicas en la fertilización.

Fertilización de cultivos herbáceos.

Fertilización de cultivos leñosos.

Fertitrrigación.

Impacto ambiental de los fertilizantes y otros materiales empleados en la fertilización.

Medidas de mitigación del impacto ambiental.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 29-12-2022 en vigor desde 01-01-2023