Anexo 1 Normas para la co... ganaderas

Anexo 1 Normas para la comercialización de productos reproductivos de especies ganaderas

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ANEXO I. CONTENIDO MÍNIMO DEL DOCUMENTO PARA DESPLAZAMIENTO DE PRODUCTOS REPRODUCTIVOS

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1. Origen:

a) Nombre, dirección y código de identificación del centro o equipo.

b) Municipio de origen.

c) Provincia de origen.

2. Destino:

a) Nombre, dirección y código de identificación del centro o explotación de destino.

b) Municipio de destino.

c) Provincia de destino.

3. Temperatura de transporte de los productos reproductivos (ambiente, refrigeración o congelación).

4. Identificación de los productos reproductivos.

a) Número de dosis seminales, ovocitos o embriones.

b) Número de envases.

c) Especie, raza, variedad o línea.

d) Sistema de identificación del recipiente y del producto reproductivo.

5. Número del precinto del contenedor.

6. Declaración de que los productos reproductivos cumple los requisitos recogidos en este real decreto.

7. Lugar, fecha, firma e identificación del veterinario del establecimiento o del operador responsable del distribuidor.

8. Sólo en caso de productos reproductivos provenientes de animales inscritos en libros genealógicos o porcinos híbridos: enlace a la página web de la asociación donde consultar la información requerida en el artículo 28.2 del Reglamento (UE) 2016/1012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 8 de junio de 2016, relativo a las condiciones zootécnicas y genealógicas para la cría, el comercio y la entrada en la Unión de animales reproductores de raza pura, porcinos reproductores híbridos y su material reproductivo, y por el que se modifican el Reglamento (UE) n.° 652/2014 y las Directivas 89/608/CEE y 90/425/CEE del Consejo y se derogan determinados actos en el ámbito de la cría animal, cuando sea de aplicación.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 08-06-2022 en vigor desde 09-06-2022