Anexo 1 Mercados de criptoactivos

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ANEXO I. ELEMENTOS DE INFORMACIÓN PARA EL LIBRO BLANCO DE CRIPTOACTIVOS RELATIVO A CRIPTOACTIVOS DISTINTOS DE FICHAS REFERENCIADAS A ACTIVOS O FICHAS DE DINERO ELECTRÓNICO

Vigente

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Parte A: Información sobre el oferente o la persona que solicite la admisión a negociación

1. Nombre.

2. Forma jurídica.

3. Domicilio social y sede social, si fueran diferentes.

4. Fecha de inscripción en el registro.

5. Identificador de entidad jurídica u otro identificador exigido en virtud del Derecho nacional aplicable.

6. Un número de teléfono de contacto y una dirección de correo electrónico del oferente o la persona que solicite la admisión a negociación, así como el número de días en los que un inversor que se ponga en contacto con el oferente o la persona que solicite la admisión a negociación a través de dicho número de teléfono o dirección de correo electrónico recibirá una respuesta.

7. En su caso, el nombre de la empresa matriz.

8. Identidad, dirección profesional y funciones de las personas que son miembros del órgano de dirección del oferente o la persona que solicite la admisión a negociación.

9. Actividad empresarial o profesional del oferente o de la persona que solicite la admisión a negociación y, en su caso, su empresa matriz.

10. La situación financiera, en los tres últimos años, del oferente o de la persona que solicite la admisión a negociación o, en caso de que el oferente o la persona que solicite la admisión a negociación no haya estado establecido durante los tres últimos años, su situación financiera desde la fecha de su inscripción en el registro.

La situación financiera se evaluará sobre la base de una exposición fiel de la evolución y los resultados de la actividad empresarial del oferente o la persona que solicite la admisión a negociación, y de su situación, para cada año y período intermedio sobre los que se deba presentar información financiera histórica, con las causas de los cambios importantes.

La exposición consistirá en un análisis equilibrado y exhaustivo de la evolución y los resultados del negocio del oferente o la persona que solicite la admisión a negociación y de su situación, que sea coherente con la magnitud y la complejidad de la misma.

Parte B: Información sobre el emisor, cuando difiera del oferente o la persona que solicite la admisión a negociación

1. Nombre.

2. Forma jurídica.

3. Domicilio social y sede social, si fueran diferentes.

4. Fecha de inscripción en el registro.

5. Identificador de entidad jurídica u otro identificador exigido en virtud del Derecho nacional aplicable.

6. En su caso, el nombre de la empresa matriz.

7. Identidad, dirección profesional y funciones de las personas que son miembros del órgano de dirección del emisor.

8. Actividad empresarial o profesional del emisor y, en su caso, su empresa matriz.

Parte C: Información sobre el operador de la plataforma de negociación en los casos en que elabore el libro blanco de criptoactivos

1. Nombre.

2. Forma jurídica.

3. Domicilio social y sede social, si fueran diferentes.

4. Fecha de inscripción en el registro.

5. Identificador de entidad jurídica u otro identificador exigido en virtud del Derecho nacional aplicable.

6. En su caso, el nombre de la empresa matriz.

7. Motivo por el que dicho operador elaboró el libro blanco de criptoactivos.

8. Identidad, dirección profesional y funciones de las personas que son miembros del órgano de dirección del operador.

9. Actividad empresarial o profesional del operador y, en su caso, su empresa matriz.

Parte D: Información sobre el proyecto de criptoactivos

1. Denominación del proyecto de criptoactivos y de los criptoactivos, si no coincide con el nombre del oferente o la persona que solicite la admisión a negociación, y forma abreviada o ticker.

2. Breve descripción del proyecto de criptoactivos.

3. Datos de todas las personas físicas o jurídicas (incluida su dirección profesional o el domicilio de la empresa) que participen en la ejecución del proyecto de criptoactivos, como los asesores, el equipo de desarrollo y los proveedores de servicios de criptoactivos.

4. Cuando el proyecto de criptoactivos se refiera a fichas de consumo, características fundamentales de los bienes o servicios por desarrollar.

5. Información sobre el proyecto de criptoactivos, especialmente las principales etapas pasadas y futuras del proyecto y, cuando proceda, los recursos ya asignados al proyecto.

6. Cuando proceda, el uso previsto de todos los fondos u otros criptoactivos captados.

Parte E: Información sobre la oferta pública de criptoactivos o su admisión a negociación

1. Indicación de si el libro blanco de criptoactivos se refiere a una oferta pública de criptoactivos o a su admisión a negociación.

2. Motivos de la oferta pública o de la solicitud de admisión a negociación.

3. Cuando proceda, importe o cantidad que se pretende obtener a través de la oferta pública en fondos o en cualquier otro criptoactivo, incluidos, en su caso, los objetivos mínimos y máximos de suscripción establecidos para la oferta pública de criptoactivos, y si se acepta el exceso de suscripciones y cómo se asigna.

4. Precio de emisión del criptoactivo ofertado al público (en una moneda oficial o en cualquier otro criptoactivo), comisiones de subscripción aplicables o método que se seguirá para determinar el precio de oferta.

5. Cuando proceda, número total de criptoactivos que se ofertarán al público o admitirán a negociación.

6. Indicación de los potenciales titulares a los que se dirige la oferta pública de criptoactivos o la admisión a negociación de criptoactivos, incluida cualquier restricción en cuanto al tipo de titulares de tales criptoactivos.

7. Aviso específico que indique que los compradores que participen en la oferta pública de criptoactivos podrán obtener un reembolso si no se alcanza, al término de la oferta pública, el objetivo mínimo de suscripción previsto, si ejercen el derecho de desistimiento previsto en el artículo 13, o si la oferta se cancela, así como una descripción detallada del plan de reembolso, incluido el plazo previsto en que se llevarán a cabo dichos reembolsos.

8. Información sobre las distintas fases de la oferta pública de criptoactivos, incluida información sobre el precio de compra con descuento para los primeros compradores de criptoactivos (preventa pública). En caso de haber precios de compra con descuento para algunos compradores, explicación de por qué los precios de compra pueden ser diferentes, y descripción del efecto de ello en los otros inversores.

9. En el caso de las ofertas limitadas en el tiempo, período de suscripción durante el cual estará abierta la oferta pública.

10. Mecanismos para salvaguardar los fondos u otros criptoactivos a que se refiere el artículo 10 durante la oferta pública limitada en el tiempo o durante el período de desistimiento.

11. Medios de pago para adquirir los criptoactivos ofertados y métodos de transferencia del valor a los compradores cuando estos tengan derecho a obtener un reembolso.

12. En lo que respecta a las ofertas públicas, información sobre el derecho de desistimiento a que se refiere el artículo 13.

13. Información sobre las modalidades y el calendario de transferencia de los criptoactivos adquiridos a los titulares.

14. Información sobre los requisitos técnicos que ha de cumplir el comprador para poseer los criptoactivos.

15. En su caso, el nombre del proveedor de servicios de criptoactivos encargado de la colocación de los criptoactivos y forma de dicha colocación (sobre la base de un compromiso firme o sin él).

16. En su caso, nombre de la plataforma de negociación de criptoactivos en la que se solicita la admisión a negociación, e información sobre la forma en que los inversores pueden acceder a tales plataformas de negociación y los costes correspondientes.

17. Gastos relacionados con la oferta pública de criptoactivos.

18. Posibles conflictos de intereses de las personas que participen en la oferta pública o en la admisión a negociación que surjan en relación con la oferta o la admisión a negociación.

19. Derecho aplicable a la oferta pública de criptoactivos, así como órgano jurisdiccional competente.

Parte F: Información sobre los criptoactivos

1. El tipo de criptoactivo que se ofertará al público o respecto del cual se solicita la admisión a negociación.

2. Descripción de las características, incluida la información necesaria para la clasificación del libro blanco de criptoactivos en el registro a que se refiere el artículo 109, tal como se especifique de conformidad con el apartado 8 de dicho artículo, y funcionalidades de los criptoactivos objeto de la oferta o admisión a negociación, incluida información sobre el momento en que se prevé que las funcionalidades estarán disponibles.

Parte G: Información sobre los derechos y obligaciones vinculados a los criptoactivos

1. Descripción de los derechos y obligaciones del comprador, en su caso, así como del procedimiento y las condiciones para el ejercicio de tales derechos.

2. Descripción de las condiciones en las que podrían modificarse los derechos y obligaciones.

3. Cuando proceda, información sobre las futuras ofertas públicas de criptoactivos del emisor y el número de criptoactivos conservados por el propio emisor.

4. Cuando la oferta pública de criptoactivos o su admisión a negociación se refiera a fichas de consumo, información sobre la calidad y cantidad de bienes o servicios a los que dan acceso las fichas de consumo.

5. Cuando la oferta pública de criptoactivos o su admisión a negociación se refiera a fichas de consumo, información sobre la forma en que pueden canjearse las fichas de consumo por los bienes o servicios a los que correspondan.

6. Cuando no se solicite la admisión a negociación, información sobre cómo y dónde podrán adquirirse o venderse los criptoactivos después de la oferta pública.

7. Restricciones aplicables a la transferibilidad de los criptoactivos ofertados o admitidos a negociación.

8. Cuando se disponga de protocolos para criptoactivos en lo relacionado con el aumento o la disminución de su oferta en respuesta a cambios en la demanda, una descripción del funcionamiento de dichos protocolos.

9. Cuando proceda, descripción de los sistemas de protección que protejan el valor de los criptoactivos y de los sistemas de indemnización.

10. Derecho aplicable a los criptoactivos, así como órgano jurisdiccional competente.

Parte H: Información sobre la tecnología subyacente

1. Información sobre la tecnología utilizada, incluida la tecnología de registro distribuido, los protocolos y las normas técnicas utilizadas.

2. Cuando proceda, mecanismo de consenso.

3. Mecanismos de incentivo para asegurar las operaciones y comisiones aplicables, en su caso.

4. Cuando los criptoactivos se emitan, transfieran y almacenen utilizando tecnología de registro distribuido gestionada por el emisor, el oferente o por un tercero que actúe por cuenta de ellos, descripción detallada del funcionamiento de dicha tecnología de registro distribuido.

5. Información sobre el resultado de la auditoría de la tecnología utilizada, en caso de haberse llevado a cabo tal auditoría.

Parte I: Información sobre los riesgos

1. Descripción de los riesgos asociados a la oferta pública de criptoactivos o su admisión a negociación.

2. Descripción de los riesgos asociados al emisor, si difiere del oferente o la persona que solicite la admisión a negociación.

3. Descripción de los riesgos asociados a los criptoactivos.

4. Descripción de los riesgos asociados a la ejecución del proyecto.

5. Descripción de los riesgos asociados a la tecnología utilizada, así como de las medidas de atenuación, en su caso.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 09-06-2023 en vigor desde 29-06-2023