Jurisprudencia sobre Vicios ocultos.
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Sentido del fallo
Desestima
Estima
Estima parcialmente
Condena
Se inadmite
Orden
Civil
Administrativo
Supranacional
Constitucional
Ponente
Utrillas Carbonell, Fernando
Quecedo Aracil, Pablo
Claret Castany, Asuncion
Ferrer Barriendos, Agustin
Valdivieso Polaino, Jose Luis
Tipo de sentencia
Sentencia
Auto
Acuerdo de Sala
Conclusiones
RESOLUCION CONTRATOS
MATERIAS NO ESPECIFICADAS
Ejercitada en demanda por el comprador de un vehículo de ocasión una acción de saneamiento por vicios ocultos contra el vendedor Don Jos......... se suplicaba en la misma se condenase a los codemandados a costear la reparación del vehículo averiado, así como abonarle los gastos originados por importe de 14.703 pesetas, o subsidiariamente se les condenase a devolver al actor la suma satisfecha por la adquisición del vehículo, 750.000 pesetas, más los gastos soportados de 1
RESOLUCION CONTRATOS
Sobre "Vicios Ocultos"
La jurisprudencia viene señalando reiteradamente que el plazo para ejercitar la acción no puede exceder de seis meses, computado desde la entrega de la cosa vendida (Sentencia del T.S. de 6 de abril de 1967, 22 de diciembre 1971, 4 de abril de 1978, 23 de marzo de 1982, 12 de mayo 1984, 15 de octubre 1985, 6 de abril de 1989 y 10 marzo 1994), por ser plazo de caducidad y no de prescripción, aun
MATERIAS NO ESPECIFICADAS
Se impugna la sentencia de primera instancia el actor a fin de que se eleve la cantidad que debe abonarle el demandado como consecuencia de los desperfectos sufridos en el motor de su vehículo Renault Trafic, de modo que en lugar de 87.661 pesetas la condena ascienda a la cantidad total reclamada de 892.092 pesetas.
Se reconoce el recurso.
RESOLUCION CONTRATOS
MATERIAS NO ESPECIFICADAS
Ejercitada en demanda por el comprador de un vehículo de ocasión una acción de saneamiento por vicios ocultos contra el vendedor Don Jos......... se suplicaba en la misma se condenase a los codemandados a costear la reparación del vehículo averiado, así como abonarle los gastos originados por importe de 14.703 pesetas, o subsidiariamente se les condenase a devolver al actor la suma satisfecha por la adquisición del vehículo, 750.000 pesetas, más los gastos soportados de 1
RESOLUCION CONTRATOS
Sobre "Vicios Ocultos"
La jurisprudencia viene señalando reiteradamente que el plazo para ejercitar la acción no puede exceder de seis meses, computado desde la entrega de la cosa vendida (Sentencia del T.S. de 6 de abril de 1967, 22 de diciembre 1971, 4 de abril de 1978, 23 de marzo de 1982, 12 de mayo 1984, 15 de octubre 1985, 6 de abril de 1989 y 10 marzo 1994), por ser plazo de caducidad y no de prescripción, aun
MATERIAS NO ESPECIFICADAS
Se impugna la sentencia de primera instancia el actor a fin de que se eleve la cantidad que debe abonarle el demandado como consecuencia de los desperfectos sufridos en el motor de su vehículo Renault Trafic, de modo que en lugar de 87.661 pesetas la condena ascienda a la cantidad total reclamada de 892.092 pesetas.
Se reconoce el recurso.