Jurisprudencia sobre Uso público.
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Sentido del fallo
Desestima
Estima
Estima parcialmente
Se inadmite
Condena
Orden
Administrativo
Constitucional
Supranacional
Ponente
Carlos Lesmes Serrano
Barrachina Juan, Eduardo
Fernandez Valverde, Rafael
Wenceslao Francisco Olea Godoy
Revilla Revilla, Eusebio
Tipo de sentencia
Sentencia
Auto
Acuerdo de Sala
Servicios de seguridad privada en urbanizaciones
La Sala de lo Contencioso Administrativo del TS declara haber lugar al recurso de casación promovido por entidad mercantil contra auto dictado por el TSJ de Andalucía que acordó denegar la suspensión de la ejecución del acto administrativo impugnado. El único argumento en que se sustenta la medida cautelar solicitada, y que el Ayuntamiento demandado no ha rebatido, es que la afirmación realizada por la Administración demandante de que el plan aprobado destina a usos lucrativos privados, terre
En las presentes actuaciones, no se ha desvirtuado que exista un interés publico en el uso de parte del edificio para instalar oficinas y dependencias municipales. El recurrente solo alude al tema de pasada y modo tenue, al afirmar que el interés que debe ponderarse respecto al interés privado ha de ser un interés publico relevante. Sin embargo tampoco se razona porque no es relevante el interés antes mencionado.
Desestima el TS un Reglamento dictado por una Comunidad Autónoma en materia de caza, y en concreto de utilización de espacios cinegéticos, pues debe ser desechada la alegación que se refiere a supuesta incongruencia omisiva por no haberse pronunciado la Sentencia sobre el necesario respeto del principio de igualdad que se contravenía al establecer un régimen sancionador especifico para determinados sujetos, en concreto los titulares de terrenos de régimen cinegético especial. Pues, como se ha
Se confirma en casación la anulación del acuerdo por el que se aprueba definitivamente el expediente de revisión de las Normas Subsidiarias de autos, en el único extremo de la clasificación del suelo de la parcela propiedad de la demandante, que deberá clasificarse como suelo urbano, manteniendo la calificación prevista para la misma, en las Normas Subsidiarias, de suelo destinado a espacios libres de dominio y uso público. La capacidad innovativa de la Revisión de las Normas Subsidiarias, si
Se declara haber lugar al recurso de casación interpuesto contra sentencia desestimatoria de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de La Rioja, sobre aprobación definitiva de Proyecto de Compensación de Plan Parcial de Urbanismo. La Sala declara la incongruencia omisiva en que ha incurrido la sentencia de instancia, al no haber tenido en cuenta ni valorado un informe pericial de especial importancia para la resolución del pleito. Y, sobre el
Servicios de seguridad privada en urbanizaciones
La Sala de lo Contencioso Administrativo del TS declara haber lugar al recurso de casación promovido por entidad mercantil contra auto dictado por el TSJ de Andalucía que acordó denegar la suspensión de la ejecución del acto administrativo impugnado. El único argumento en que se sustenta la medida cautelar solicitada, y que el Ayuntamiento demandado no ha rebatido, es que la afirmación realizada por la Administración demandante de que el plan aprobado destina a usos lucrativos privados, terre
En las presentes actuaciones, no se ha desvirtuado que exista un interés publico en el uso de parte del edificio para instalar oficinas y dependencias municipales. El recurrente solo alude al tema de pasada y modo tenue, al afirmar que el interés que debe ponderarse respecto al interés privado ha de ser un interés publico relevante. Sin embargo tampoco se razona porque no es relevante el interés antes mencionado.
Desestima el TS un Reglamento dictado por una Comunidad Autónoma en materia de caza, y en concreto de utilización de espacios cinegéticos, pues debe ser desechada la alegación que se refiere a supuesta incongruencia omisiva por no haberse pronunciado la Sentencia sobre el necesario respeto del principio de igualdad que se contravenía al establecer un régimen sancionador especifico para determinados sujetos, en concreto los titulares de terrenos de régimen cinegético especial. Pues, como se ha
Se confirma en casación la anulación del acuerdo por el que se aprueba definitivamente el expediente de revisión de las Normas Subsidiarias de autos, en el único extremo de la clasificación del suelo de la parcela propiedad de la demandante, que deberá clasificarse como suelo urbano, manteniendo la calificación prevista para la misma, en las Normas Subsidiarias, de suelo destinado a espacios libres de dominio y uso público. La capacidad innovativa de la Revisión de las Normas Subsidiarias, si
Se declara haber lugar al recurso de casación interpuesto contra sentencia desestimatoria de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de La Rioja, sobre aprobación definitiva de Proyecto de Compensación de Plan Parcial de Urbanismo. La Sala declara la incongruencia omisiva en que ha incurrido la sentencia de instancia, al no haber tenido en cuenta ni valorado un informe pericial de especial importancia para la resolución del pleito. Y, sobre el