Jurisprudencia de Tribunal Superior de Justicia Pais Vasco.
Filtros
Voces
Medios de prueba
Incapacidad permanente total
Convenio colectivo
Indefensión
Incapacidad permanente absoluta
Orden
Social
Administrativo
Penal
Civil
Ponente
Iturri Garate, Juan Carlos
Lumbreras Lacarra, Elena
Molina Castiella, Ana Isabel
Iruretagoyena Iturri, Modesto
Diaz De Rabago Villar, Manuel
Tipo de sentencia
Sentencia
Auto
Auto aclaratorio
Tribunal
TSJ Pais Vasco
PRIMERO.- La resolución judicial de instancia ha estimado parcialmente la pretensión de la trabajadora demandante que, con categoría profesional de ayudante, ha prestado servicios en la peluquería de la Sra. Jacinta al menos desde el 24/11/2015 y de la Sra. Josefina desde el 1/11/2001, declarando la existencia de un despido disciplinario improcedente, fechado el 30/04/21, por una supuesta disminución voluntaria y continuada del rendimiento que no ha sido probada. Pero a la vez ha desestimado
PRIMERO.- Interpuesto recurso de casación contra la sentencia dictada por la Sección 5ª de la Audiencia Provincial de Bizkaia el 28 de diciembre de 2021 (auto de aclaración/complemento de 23 de febrero de 2022), y remitidas las actuaciones a esta Sala de lo Civil, en el trámite de admisión del referido recurso de casación, por Providencia de fecha 27 de abril de 2022 se dio traslado a las partes a los efectos del artículo 483.3 de la <rel id="436271" uri="http://poolparty.iberley.es/Legislaci
PRIMERO.- La resolución judicial de instancia ha estimado parcialmente la pretensión de la trabajadora demandante que, con categoría profesional de ayudante, ha prestado servicios en la peluquería de la Sra. Jacinta al menos desde el 24/11/2015 y de la Sra. Josefina desde el 1/11/2001, declarando la existencia de un despido disciplinario improcedente, fechado el 30/04/21, por una supuesta disminución voluntaria y continuada del rendimiento que no ha sido probada. Pero a la vez ha desestimado
PRIMERO.- Interpuesto recurso de casación contra la sentencia dictada por la Sección 5ª de la Audiencia Provincial de Bizkaia el 28 de diciembre de 2021 (auto de aclaración/complemento de 23 de febrero de 2022), y remitidas las actuaciones a esta Sala de lo Civil, en el trámite de admisión del referido recurso de casación, por Providencia de fecha 27 de abril de 2022 se dio traslado a las partes a los efectos del artículo 483.3 de la <rel id="436271" uri="http://poolparty.iberley.es/Legislaci