Jurisprudencia de Tribunal Superior de Justicia Galicia.
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Voces
Instituto Nacional de la Seguridad Social
Incapacidad permanente total
Método residual dinámico
Hoja de aprecio
Incapacidad permanente
Orden
Social
Administrativo
Civil
Penal
Ponente
Seoane Pesqueira, Fernando
Yebra-pimentel Vilar, Pilar
Quintas Rodriguez, Juan Bautista
Naveiro, Raquel María Santos
Rama Insua, Beatriz
Tipo de sentencia
Sentencia
Auto
Auto aclaratorio
Tribunal
TSJ Galicia
El TSJ estima en parte el recurso contencioso administrativo interpuesto por la Cofradía recurrente contra los Acuerdos desestimatorios de reclamaciones contra otros acuerdos sobre Impuesto de Sociedades y certificación de descubierto, y declara en consecuencia la nulidad de los mismos en el extremo referido a la prescripción de la deuda tributaria correspondiente al ejercicio de 1986. Manifiesta la Sala que no puede acogerse la alegación de prescripción de la deuda tributaria referida al eje
Estima el TSJ el recurso contencioso administrativo interpuesto por el actor contra la sentencia que no da lugar a la reclamación de responsabilidad patrimonial de la Administración, por deficiente asistencia sanitaria, habida cuenta asiste razón al recurrente cuando aduce que la única causa del daño final producido (rotura del canal anal con incontinencia absoluta para retener heces y gases) ha sido la negligente aplicación, por la traumática introducción, de un enema jabonoso de limpieza
El TSJ desestima el recurso contencioso-administrativo promovido contra resolución por la que se estima recurso interpuesto contra el proceso electoral llevado a cabo en la Cofradía de Pescadores de Miño. Anulado el proceso electoral por defectos advertidos por la Administración autonómica en cuanto a la prestación de aval a favor de una de las candidaturas a Patrón Mayor y en cuanto a la inexistencia de las Actas de Sesión de la presentación de candidaturas. No puede hacerse valer el voto
ADMINISTRACION INSTITUCIONAL
El TSJ estimando la impugnación de la tasación de costas, en cuanto a la partida de suplidos, derechos e
RESPONS. PATRIMONIAL DE LA ADMON.
El TSJ estima en parte el recurso contencioso-administrativo promovido contra la desestimación presunta de denegación de petición de precinto y cierre de cuadra. No se acoge la reclamación de responsabilidad patrimonial por los daños y perjuicios sufridos porque si bien está acreditada la contaminación del agua del pozo de la demandante, no se ha llegado a demostrar debidamente el nexo causal entre ella y los efluvios de la cuadra denunciada. Pero la cuadra no puede seguir en funcionamiento p
Al estima e TSJ el recurso contencioso-administrativo, condena a la Administración recurrida a indemnizar al recurrente en concepto de responsabilidad patrimonial, habida cuenta no estando obligado el recurrente a soportar los perjuicios que se le derivaron de una actuación administrativa que devino anulada por una STS, no existe en el caso de autos un daño antijurídico por el que la parte actora recurrente tiene que ser indemnizada por responsabilidad patrimonial de la Administración.
Confirma el TSJ la resolución por la que se acuerda el depósito de cantidades procedentes de la subasta de madera del monte conveniado con esta Comunidad.
Delimitada la cognición judicial a cual de las comunidades en liza corresponden los frutos del aprovechamiento maderero, se ha de resolver mediante la resolución citada, anterior en el tiempo a la firma del convenio citado, pues sin perjuicio de este dato, es importante señalar que a virtud de los conciertos suscritos se diseñar
El TSJ estimando el recurso contencioso administrativo, interpuesto por la entidad recurrente, anula la resolución de la Dirección Provincial de la TGSS, Área de Recaudación, que desestimó el recurso interpuesto en su día y en su lugar acuerda que por la Administración demandada proceda a la cuantificación del capital coste que resulte exigible al empresario aquí demandado y se deja sin efecto en cuanto a los intereses de capitalización, de forma que la cuantía de estos se fije partiendo de l
El TSJ estima en parte el recurso contencioso administrativo interpuesto por la Cofradía recurrente contra los Acuerdos desestimatorios de reclamaciones contra otros acuerdos sobre Impuesto de Sociedades y certificación de descubierto, y declara en consecuencia la nulidad de los mismos en el extremo referido a la prescripción de la deuda tributaria correspondiente al ejercicio de 1986. Manifiesta la Sala que no puede acogerse la alegación de prescripción de la deuda tributaria referida al eje
Estima el TSJ el recurso contencioso administrativo interpuesto por el actor contra la sentencia que no da lugar a la reclamación de responsabilidad patrimonial de la Administración, por deficiente asistencia sanitaria, habida cuenta asiste razón al recurrente cuando aduce que la única causa del daño final producido (rotura del canal anal con incontinencia absoluta para retener heces y gases) ha sido la negligente aplicación, por la traumática introducción, de un enema jabonoso de limpieza
El TSJ desestima el recurso contencioso-administrativo promovido contra resolución por la que se estima recurso interpuesto contra el proceso electoral llevado a cabo en la Cofradía de Pescadores de Miño. Anulado el proceso electoral por defectos advertidos por la Administración autonómica en cuanto a la prestación de aval a favor de una de las candidaturas a Patrón Mayor y en cuanto a la inexistencia de las Actas de Sesión de la presentación de candidaturas. No puede hacerse valer el voto
ADMINISTRACION INSTITUCIONAL
El TSJ estimando la impugnación de la tasación de costas, en cuanto a la partida de suplidos, derechos e
RESPONS. PATRIMONIAL DE LA ADMON.
El TSJ estima en parte el recurso contencioso-administrativo promovido contra la desestimación presunta de denegación de petición de precinto y cierre de cuadra. No se acoge la reclamación de responsabilidad patrimonial por los daños y perjuicios sufridos porque si bien está acreditada la contaminación del agua del pozo de la demandante, no se ha llegado a demostrar debidamente el nexo causal entre ella y los efluvios de la cuadra denunciada. Pero la cuadra no puede seguir en funcionamiento p
Al estima e TSJ el recurso contencioso-administrativo, condena a la Administración recurrida a indemnizar al recurrente en concepto de responsabilidad patrimonial, habida cuenta no estando obligado el recurrente a soportar los perjuicios que se le derivaron de una actuación administrativa que devino anulada por una STS, no existe en el caso de autos un daño antijurídico por el que la parte actora recurrente tiene que ser indemnizada por responsabilidad patrimonial de la Administración.
Confirma el TSJ la resolución por la que se acuerda el depósito de cantidades procedentes de la subasta de madera del monte conveniado con esta Comunidad.
Delimitada la cognición judicial a cual de las comunidades en liza corresponden los frutos del aprovechamiento maderero, se ha de resolver mediante la resolución citada, anterior en el tiempo a la firma del convenio citado, pues sin perjuicio de este dato, es importante señalar que a virtud de los conciertos suscritos se diseñar
El TSJ estimando el recurso contencioso administrativo, interpuesto por la entidad recurrente, anula la resolución de la Dirección Provincial de la TGSS, Área de Recaudación, que desestimó el recurso interpuesto en su día y en su lugar acuerda que por la Administración demandada proceda a la cuantificación del capital coste que resulte exigible al empresario aquí demandado y se deja sin efecto en cuanto a los intereses de capitalización, de forma que la cuantía de estos se fije partiendo de l