Jurisprudencia sobre Tesorería General de la Seguridad Social.
Filtros
Voces
Instituto Nacional de la Seguridad Social
Tesorería General de la Seguridad Social
Accidente laboral
Incapacidad permanente total
Incapacidad permanente
Orden
Social
Constitucional
Supranacional
Ponente
Casas Nombela, Juan Jose
Ruiz-jarabo Quemada, Emilia
Marques Ferrero, Santiago Ezequiel
Fernandez Otero, Miguel
Garcia Paredes, Maria Luz
Tipo de sentencia
Sentencia
Auto
Auto aclaratorio
Acuerdo de Sala
Conclusiones
OTROS DCHOS. SEG.SOCIAL
DESEMPLEO. SOLICITUD EXTEMPORÁNEA DE LA PRESTACIÓN. DENEGACIÓN. TRABAJADORES PREJUBILADOS. CAIXABANK. MOTIVO 1º ALEGAR EN JUICIO HECHOS DISTINTOS Y NO ALEGADOS EXPEDIENTE ADMINISTRATIVO. LUEGO INDICA QUE SON NO INVOCADO EN LA RESOLUCIÓN Y QUE CONSTAN EN EXPEDIENTE.MOTIVO 2º DESEMPLEO. NATURALEZA DEL PLAZO DE 15 DÍAS. ART. 209.1
Demanda de revisión presentada por TRADE que interesa el carácter profesional de su incapacidad permanente y el consiguiente aumento de la base reguladora.1) Extemporaneidad de la demanda, al basarse en documentos obtenidos a petición propia y que podían haberse solicitado antes del juicio. 2) Falta de agotamiento de los recursos (al no haber interpuesto casación unificadora, ni haber discutido la cuestión en suplicación). 3) Los documentos no se ajustan a las exigencias del art. 510.1.1º <re
« Renvoi préjudiciel – Protection de la sécurité
OTROS DCHOS. SEG.SOCIAL
DESEMPLEO. SOLICITUD EXTEMPORÁNEA DE LA PRESTACIÓN. DENEGACIÓN. TRABAJADORES PREJUBILADOS. CAIXABANK. MOTIVO 1º ALEGAR EN JUICIO HECHOS DISTINTOS Y NO ALEGADOS EXPEDIENTE ADMINISTRATIVO. LUEGO INDICA QUE SON NO INVOCADO EN LA RESOLUCIÓN Y QUE CONSTAN EN EXPEDIENTE.MOTIVO 2º DESEMPLEO. NATURALEZA DEL PLAZO DE 15 DÍAS. ART. 209.1
Demanda de revisión presentada por TRADE que interesa el carácter profesional de su incapacidad permanente y el consiguiente aumento de la base reguladora.1) Extemporaneidad de la demanda, al basarse en documentos obtenidos a petición propia y que podían haberse solicitado antes del juicio. 2) Falta de agotamiento de los recursos (al no haber interpuesto casación unificadora, ni haber discutido la cuestión en suplicación). 3) Los documentos no se ajustan a las exigencias del art. 510.1.1º <re
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