Jurisprudencia sobre Sujeto pasivo sustituto.
Filtros
Sentido del fallo
Desestima
Estima
Se inadmite
Estima parcialmente
Orden
Administrativo
Constitucional
Supranacional
Ponente
De La Cruz Mera, Fatima Blanca
Fernandez Leiceaga, Fernando
Berberoff Ayuda, Dimitry Teodoro
Ornosa Fernandez, Maria Rosario
Quesada Varea, Jose Luis
Tipo de sentencia
Sentencia
Auto
Se estima el recurso de apelación interpuesto contra la Sentencia del Juzgado de lo Contencioso nº 1 de Lérida, sobre sustitución del obligado tributario. El Ayuntamiento otorgó a la actora la prestación del servicio de distribución de agua, derecho de conexión y colocación de contador en un determinado local, en su calidad de titular y arrendadora del mismo, a pesar de que la solicitante de la concesión fue la arrendataria del inmueble. La Ordenanza Fiscal habilita para que la
Se estima el recurso de apelación interpuesto contra sentencia parcialmente estimatoria del Juzgado de lo Contencioso-administrativo núm. 7 de Barcelona, sobre liquidación municipal por el Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO). La Sala declara que la base imponible en el ICIO ha de ser el coste real y efectivo de la construcción, instalación u obra, entendiendo por tal, a estos efectos, el coste de la ejecución material de aquella, por lo que debe estarse a
Impuesto sobre el Bingo de Cataluña aprobado por
Se estima el recurso de apelación interpuesto contra la Sentencia del Juzgado de lo Contencioso nº 1 de Lérida, sobre sustitución del obligado tributario. El Ayuntamiento otorgó a la actora la prestación del servicio de distribución de agua, derecho de conexión y colocación de contador en un determinado local, en su calidad de titular y arrendadora del mismo, a pesar de que la solicitante de la concesión fue la arrendataria del inmueble. La Ordenanza Fiscal habilita para que la
Se estima el recurso de apelación interpuesto contra sentencia parcialmente estimatoria del Juzgado de lo Contencioso-administrativo núm. 7 de Barcelona, sobre liquidación municipal por el Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO). La Sala declara que la base imponible en el ICIO ha de ser el coste real y efectivo de la construcción, instalación u obra, entendiendo por tal, a estos efectos, el coste de la ejecución material de aquella, por lo que debe estarse a
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