Jurisprudencia sobre Sobrino.
Filtros
Sentido del fallo
Desestima
Estima
Estima parcialmente
Condena
Orden
Civil
Constitucional
Supranacional
Ponente
Sobrino Blanco, Angel Luis
Hermida Cebreiro, Hipolito
Berengua Mosquera, Antonio
Lopez-muñiz Criado, Carlos
Fernandez Font, Joaquin Miguel
Tipo de sentencia
Sentencia
Auto
Ninguno de los hechos indiciarios contenidos como probados en el fundamento de derecho segundo de la sentencia de primera instancia aparece contradicho en el escrito de la parte recurrente. Especialmente, es de tener en cuenta el hecho de que en los albaranes figure como adquirente de los materiales el demandado.Se desestima el recurso.
Se destacarán de modo especial las cláusulas limitativas de los derechos de los asegurados que deberán ser específicamente acepta- das por escrito. Aceptación que habrá de tener lugar bien con su firma o bien con un acto inequívoco por su parte del que pueda deducirse su consentimiento a las mismas: acto inequívoco que río puede deducirse de la mera recepción de un ejemplar de las Condiciones Generales -como acontece en el supuesto enjuiciado según cabe inferir del docume
RECURSO DE APELACIÓN EN MATERIA DE ARRENDAMENTO.
A falta de proba da relación contractual, en virtude da que reclámase unha determinada cantidade, unida á confusión da vivenda que, realmente, ocupou a demandada, deben conducir á desestimación do recurso interposto, ó non resultar acreditados os extremos da relación contractual, que preténdese cá demanda, nin a identificación do inmoble, supostamente arrendado.
AUDIENCIA PROVINCIAL DE PONTEVEDRA, SECCIÓN CUARTA. En Pontevedra,
Juicio Verbal Civil, sobre reclamación de cantidad por daños en trafico. El demandante SERGIO A formuló recurso de apelación contra la referida sentencia, que fue admitido en ambos efectos, y del que se dio traslado a las demás partes por un plazo de cinco días a efectos de su impugnación o adhesión, presentándose escrito por los apelados JOSE LUIS D, DAVID B y ZH, CIA DE SEGUROS S.A. impugnando dicho recurso, por lo que fueron remitidos los autos a esta Audiencia Provinc
El demandante ERUNDINO formuló recurso de apelación contra la referida sentencia, que fue admitido en ambos efectos, por lo que, previo emplazamiento de las partes se remitieron los autos a esta Audiencia Provincial.Habiéndose recibido los autos y personadas las partes, se acordó dar traslado de los mismos para instrucción de sus Abogados, así como al Magistrado Ponente, y una vez evacuados dichos traslados, se señaló fecha para la celebración de la vista que tuvo lugar e
JUICIO MENOR CUANTIA.Se desestima la demanda interpuesta por el Procurador Sr. Nistal Riádigos, en nombre y representación de Dª. Contra dicha sentencia se interpuso recurso de apelación por la demandante que fue admitido en ambos efectos, por lo que previo emplazamiento de las partes se remitieron los autos a esta Audiencia, para la sustanciación del presente recurso.La carga de la prueba del precio convenido incumbe a la parte actora, con arreglo al art. <rel id="749951
Ninguno de los hechos indiciarios contenidos como probados en el fundamento de derecho segundo de la sentencia de primera instancia aparece contradicho en el escrito de la parte recurrente. Especialmente, es de tener en cuenta el hecho de que en los albaranes figure como adquirente de los materiales el demandado.Se desestima el recurso.
Se destacarán de modo especial las cláusulas limitativas de los derechos de los asegurados que deberán ser específicamente acepta- das por escrito. Aceptación que habrá de tener lugar bien con su firma o bien con un acto inequívoco por su parte del que pueda deducirse su consentimiento a las mismas: acto inequívoco que río puede deducirse de la mera recepción de un ejemplar de las Condiciones Generales -como acontece en el supuesto enjuiciado según cabe inferir del docume
RECURSO DE APELACIÓN EN MATERIA DE ARRENDAMENTO.
A falta de proba da relación contractual, en virtude da que reclámase unha determinada cantidade, unida á confusión da vivenda que, realmente, ocupou a demandada, deben conducir á desestimación do recurso interposto, ó non resultar acreditados os extremos da relación contractual, que preténdese cá demanda, nin a identificación do inmoble, supostamente arrendado.
AUDIENCIA PROVINCIAL DE PONTEVEDRA, SECCIÓN CUARTA. En Pontevedra,
Juicio Verbal Civil, sobre reclamación de cantidad por daños en trafico. El demandante SERGIO A formuló recurso de apelación contra la referida sentencia, que fue admitido en ambos efectos, y del que se dio traslado a las demás partes por un plazo de cinco días a efectos de su impugnación o adhesión, presentándose escrito por los apelados JOSE LUIS D, DAVID B y ZH, CIA DE SEGUROS S.A. impugnando dicho recurso, por lo que fueron remitidos los autos a esta Audiencia Provinc
El demandante ERUNDINO formuló recurso de apelación contra la referida sentencia, que fue admitido en ambos efectos, por lo que, previo emplazamiento de las partes se remitieron los autos a esta Audiencia Provincial.Habiéndose recibido los autos y personadas las partes, se acordó dar traslado de los mismos para instrucción de sus Abogados, así como al Magistrado Ponente, y una vez evacuados dichos traslados, se señaló fecha para la celebración de la vista que tuvo lugar e
JUICIO MENOR CUANTIA.Se desestima la demanda interpuesta por el Procurador Sr. Nistal Riádigos, en nombre y representación de Dª. Contra dicha sentencia se interpuso recurso de apelación por la demandante que fue admitido en ambos efectos, por lo que previo emplazamiento de las partes se remitieron los autos a esta Audiencia, para la sustanciación del presente recurso.La carga de la prueba del precio convenido incumbe a la parte actora, con arreglo al art. <rel id="749951