Jurisprudencia sobre Satisfacción extraprocesal.
Filtros
Voces
Satisfacción extraprocesal
Allanamiento
Arrendatario
Interés legitimo
Sociedad de responsabilidad limitada
Ponente
Murgoitio Estefania, Luis Javier
Taboas Bentanachs, Manuel
Sobrino Blanco, Angel Luis
Ruiz De La Cuesta Muñoz, Rafael
Asencio Cantisán, Heriberto
Tipo de sentencia
Sentencia
Auto
Auto aclaratorio
Acuerdo de Sala
MATERIAS NO ESPECIFICADAS
MATERIAS NO ESPECIFICADAS
Declara la Sala enervada la acción de desahucio entablada y acogida en la instancia, pues prescindiendo de los supuestos en los que pueda haber contradicción con el alcance de la cuantía consignada, la norma es atender, en cuanto se refiere al efecto enervador, y por ende a la delimitación de lo adeudado y debido al tiempo de pago, no al de la fecha en que estaba señalada la vista. Además y en el caso concreto, atendidas en la fecha de consignación, las cantidades adeudadas hasta ese mismo me
MATERIAS NO ESPECIFICADAS
La AP estima en parte el recurso de apelación de la actora. La Sala señala que dada la ausencia de prueba sobre que se hubieran satisfecho las rentas que son reclamadas en este juicio, las correspondientes a los meses de mayo y junio de dos mil tres, aquel debería haber prosperado con su inseparable secuela de imponer las costas a la demandada por aplicación del precepto trascrito
MATERIAS NO ESPECIFICADAS
MATERIAS NO ESPECIFICADAS
MATERIAS NO ESPECIFICADAS
Declara la Sala enervada la acción de desahucio entablada y acogida en la instancia, pues prescindiendo de los supuestos en los que pueda haber contradicción con el alcance de la cuantía consignada, la norma es atender, en cuanto se refiere al efecto enervador, y por ende a la delimitación de lo adeudado y debido al tiempo de pago, no al de la fecha en que estaba señalada la vista. Además y en el caso concreto, atendidas en la fecha de consignación, las cantidades adeudadas hasta ese mismo me
MATERIAS NO ESPECIFICADAS
La AP estima en parte el recurso de apelación de la actora. La Sala señala que dada la ausencia de prueba sobre que se hubieran satisfecho las rentas que son reclamadas en este juicio, las correspondientes a los meses de mayo y junio de dos mil tres, aquel debería haber prosperado con su inseparable secuela de imponer las costas a la demandada por aplicación del precepto trascrito
MATERIAS NO ESPECIFICADAS