Jurisprudencia por Ruiz De La Cuesta Cascajares, Rafael.
Filtros
Sentido del fallo
Desestima
Estima
Estima parcialmente
Absuelve
Se inadmite
Orden
Civil
Penal
Ponente
Ruiz De La Cuesta Cascajares, Rafael
Tipo de sentencia
Sentencia
Auto
Tribunal
Tribunal Supremo
TSJ Navarra
Desestimación del recurso instado por los actores sobre nulidad de escritura de emisión de obligaciones. Los recurrentes deudores contactaron con la entidad demandada en busca de la financiación necesaria para solventarlo y proceder a la emisión de obligaciones hipotecarias. La demandada les concede un préstamo hipotecario que resultó impagado. Ahora con este proceso los actores alegan simulación absoluta del negocio jurídico emisor de las mismas, por no haber recibido dinero al
Decae la casación interpuesta por los actores sobre tercería de dominio. Se plantea la preferencia dominical entre dos títulos. Cambio de solar por construcción de viviendas, terminada la construcción por cuanta de los actores vendedores ante los problemas de la constructora. Ésta otorgó escritura pública a cada actor de posesión y propiedad de cada local ya individualizado y de la vivienda elegida, pero ya se habían embargado las fincas. Según el art. 1532 L. E. C. aún no term
No ha lugar al recurso instado por las actoras. Las recurrentes al amparo de la teoría del "levantamiento del velo", solicitan que se condene solidariamente al resto de los demandados, por estarse ante una persona que han utilizado las formas societarias constituidas para defraudar los legítimos intereses de los acreedores, que verían satisfechos sus créditos si no hubiera la separación de patrimonios que consigue con la constitución de sociedades. Esta citada teoría tiene una a
Ha lugar al recurso de la entidad actora sobre reclamación de cantidad derivada de contrato de seguro de daños. Siniestro de suma maquina excavadora cuando estaba trabajando. Se acoge el pago de la aseguradora a la asegurada de los intereses moratorios del art. 20 L. C. S. No se aceptan los argumentos de la aseguradora para justificar el impago de los citados intereses. Debiéndose aplicar sobre la suma peritada en fase extrajudicial, valor del vehículo, y ello desde la fecha del
Desestimación del recurso instado por los actores sobre nulidad de escritura de emisión de obligaciones. Los recurrentes deudores contactaron con la entidad demandada en busca de la financiación necesaria para solventarlo y proceder a la emisión de obligaciones hipotecarias. La demandada les concede un préstamo hipotecario que resultó impagado. Ahora con este proceso los actores alegan simulación absoluta del negocio jurídico emisor de las mismas, por no haber recibido dinero al
Decae la casación interpuesta por los actores sobre tercería de dominio. Se plantea la preferencia dominical entre dos títulos. Cambio de solar por construcción de viviendas, terminada la construcción por cuanta de los actores vendedores ante los problemas de la constructora. Ésta otorgó escritura pública a cada actor de posesión y propiedad de cada local ya individualizado y de la vivienda elegida, pero ya se habían embargado las fincas. Según el art. 1532 L. E. C. aún no term
No ha lugar al recurso instado por las actoras. Las recurrentes al amparo de la teoría del "levantamiento del velo", solicitan que se condene solidariamente al resto de los demandados, por estarse ante una persona que han utilizado las formas societarias constituidas para defraudar los legítimos intereses de los acreedores, que verían satisfechos sus créditos si no hubiera la separación de patrimonios que consigue con la constitución de sociedades. Esta citada teoría tiene una a
Ha lugar al recurso de la entidad actora sobre reclamación de cantidad derivada de contrato de seguro de daños. Siniestro de suma maquina excavadora cuando estaba trabajando. Se acoge el pago de la aseguradora a la asegurada de los intereses moratorios del art. 20 L. C. S. No se aceptan los argumentos de la aseguradora para justificar el impago de los citados intereses. Debiéndose aplicar sobre la suma peritada en fase extrajudicial, valor del vehículo, y ello desde la fecha del