Jurisprudencia por Riesco Iglesias, Jose Manuel.
Quisiste decir...
Filtros
Voces
Incapacidad permanente total
Incapacidad temporal
Accidente laboral
Convenio colectivo
Incapacidad permanente absoluta
Sentido del fallo
Desestima
Estima
Estima parcialmente
Se inadmite
Orden
Social
Ponente
Riesco Iglesias, Jose Manuel
Tipo de sentencia
Sentencia
Auto
Tribunal
TSJ Castilla y Leon
TSJ Castilla y León
Búsqueda: Ponente
RIESCO IGLESIAS, JOSE MANUEL
Sentencia SOCIAL TSJ Castilla y Leon, Sala de lo Social, Sec. 1, Rec 805/2020, 21-09-2020
PRIMERO: El motivo primero del escrito de interposición, no impugnado por las entidades gestoras, lo destina la recurrente a instar de la Sala una triple revisión del relato de hechos probados de la sentencia impugnada: I.- La primera de esas revisiones afecta al hecho probado quinto, para el que propone la inclusión del siguiente párrafo: 'Que, no obstante, desde el 19/09/19 la actora ha causado nuevamente baja por Incapacidad Temporal, situación en la que se encuentra actualmente'.
Sentencia SOCIAL TSJ Castilla y Leon, Sala de lo Social, Sec. 1, Rec 211/2020, 22-06-2020
INCAPACIDAD PERMANENTE
Sentencia SOCIAL TSJ Castilla y Leon, Sala de lo Social, Sec. 1, Rec 373/2020, 01-06-2020
Ha quedado expuesto al comienzo de la presente comunicación que la posición de Director de Sucursal (Grupo profesional l), es un puesto de libre designación por parte la empresa según se recoge expresamente en el artículo 16.3 del Convenio Colectivo de general de ámbito estatal para el sector de entidades de seguros, reaseguros y mutuas colaboradoras con la Seguridad Social (BOE 01.06.2017).No obstante lo anterior, en el supuesto de que se estimara que la remoción de dicha posición const
Sentencia SOCIAL TSJ Castilla y Leon, Sala de lo Social, Sec. 1, Rec 1781/2019, 10-02-2020
PRIMERO.- El motivo primero del escrito de interposición lo titula la parte recurrente 'La demandante no tiene la condición de víctima de violencia de género. No cumple los requisitos para aplicar la excepcionalidad legal por tal motivo.'. Omite la recurrente la cita de alguna de las letras del artículo 193 de la <rel id="9197375" uri="http://poolparty.iberley.es/Legislacion/30939" tipo="LEGIS
Sentencia SOCIAL TSJ Castilla y Leon, Sala de lo Social, Sec. 1, Rec 395/2020, 06-07-2020
ÚNICO.- El demandante, a través de su Abogado, impugna la sentencia del Juzgado de lo Social Nº 1 de Salamanca que desestimó su demanda formulada contra la Consejería de Fomento y Medio Ambiente de la Junta de Castilla y León mediante un escrito de interposición que no contiene motivos sino 'Alegaciones'.Sin sujetarse formalmente a ninguno de los motivos de suplicación previstos en el artículo 1
Sentencia SOCIAL TSJ Castilla y Leon, Sala de lo Social, Sec. 1, Rec 1807/2019, 10-02-2020
PRIMERO.- En el primero de los motivos del recurso, que un tanto inadecuadamente el Graduado Social que representa al demandante denomina 'Alegaciones legales y doctrinales', pide éste a la Sala la modificación del hecho probado cuarto para que quede redactado así: 'CUARTO.- El demandante, con fecha 25 de octubre de 2016, ha tramitado por correo certificado expediente de jubilación de Reglamentos Comunitarios a través de la institución de Segurança Social de Lisboa (Portugal).<br
Sentencia SOCIAL TSJ Castilla y Leon, Sala de lo Social, Sec. 1, Rec 1981/2019, 02-03-2020
ÚNICO.- El motivo único del escrito de interposición lo formula el Letrado de la Administración de la Seguridad Social al amparo de la letra c) del artículo 193 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social para denunciar la infracción del artículo 200, en conexión con el artículo 194.6, ambos del Texto
Sentencia SOCIAL TSJ Castilla y Leon, Sala de lo Social, Sec. 1, Rec 1699/2019, 22-01-2020
PRIMERO.- El motivo inicial del escrito de interposición lo articula el recurrente al amparo de lo establecido en el artículo 193.b) de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social por error de hecho en la apreciación de la prueba conforme resulta de documentos obrantes en autos. La revisión que solic
Quisiste decir...
Búsqueda: Ponente
RIESCO IGLESIAS, JOSE MANUEL
Sentencia SOCIAL TSJ Castilla y Leon, Sala de lo Social, Sec. 1, Rec 805/2020, 21-09-2020
PRIMERO: El motivo primero del escrito de interposición, no impugnado por las entidades gestoras, lo destina la recurrente a instar de la Sala una triple revisión del relato de hechos probados de la sentencia impugnada: I.- La primera de esas revisiones afecta al hecho probado quinto, para el que propone la inclusión del siguiente párrafo: 'Que, no obstante, desde el 19/09/19 la actora ha causado nuevamente baja por Incapacidad Temporal, situación en la que se encuentra actualmente'.
Sentencia SOCIAL TSJ Castilla y Leon, Sala de lo Social, Sec. 1, Rec 211/2020, 22-06-2020
INCAPACIDAD PERMANENTE
Sentencia SOCIAL TSJ Castilla y Leon, Sala de lo Social, Sec. 1, Rec 373/2020, 01-06-2020
Ha quedado expuesto al comienzo de la presente comunicación que la posición de Director de Sucursal (Grupo profesional l), es un puesto de libre designación por parte la empresa según se recoge expresamente en el artículo 16.3 del Convenio Colectivo de general de ámbito estatal para el sector de entidades de seguros, reaseguros y mutuas colaboradoras con la Seguridad Social (BOE 01.06.2017).No obstante lo anterior, en el supuesto de que se estimara que la remoción de dicha posición const
Sentencia SOCIAL TSJ Castilla y Leon, Sala de lo Social, Sec. 1, Rec 1781/2019, 10-02-2020
PRIMERO.- El motivo primero del escrito de interposición lo titula la parte recurrente 'La demandante no tiene la condición de víctima de violencia de género. No cumple los requisitos para aplicar la excepcionalidad legal por tal motivo.'. Omite la recurrente la cita de alguna de las letras del artículo 193 de la <rel id="9197375" uri="http://poolparty.iberley.es/Legislacion/30939" tipo="LEGIS
Sentencia SOCIAL TSJ Castilla y Leon, Sala de lo Social, Sec. 1, Rec 395/2020, 06-07-2020
ÚNICO.- El demandante, a través de su Abogado, impugna la sentencia del Juzgado de lo Social Nº 1 de Salamanca que desestimó su demanda formulada contra la Consejería de Fomento y Medio Ambiente de la Junta de Castilla y León mediante un escrito de interposición que no contiene motivos sino 'Alegaciones'.Sin sujetarse formalmente a ninguno de los motivos de suplicación previstos en el artículo 1
Sentencia SOCIAL TSJ Castilla y Leon, Sala de lo Social, Sec. 1, Rec 1807/2019, 10-02-2020
PRIMERO.- En el primero de los motivos del recurso, que un tanto inadecuadamente el Graduado Social que representa al demandante denomina 'Alegaciones legales y doctrinales', pide éste a la Sala la modificación del hecho probado cuarto para que quede redactado así: 'CUARTO.- El demandante, con fecha 25 de octubre de 2016, ha tramitado por correo certificado expediente de jubilación de Reglamentos Comunitarios a través de la institución de Segurança Social de Lisboa (Portugal).<br
Sentencia SOCIAL TSJ Castilla y Leon, Sala de lo Social, Sec. 1, Rec 1981/2019, 02-03-2020
ÚNICO.- El motivo único del escrito de interposición lo formula el Letrado de la Administración de la Seguridad Social al amparo de la letra c) del artículo 193 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social para denunciar la infracción del artículo 200, en conexión con el artículo 194.6, ambos del Texto
Sentencia SOCIAL TSJ Castilla y Leon, Sala de lo Social, Sec. 1, Rec 1699/2019, 22-01-2020
PRIMERO.- El motivo inicial del escrito de interposición lo articula el recurrente al amparo de lo establecido en el artículo 193.b) de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social por error de hecho en la apreciación de la prueba conforme resulta de documentos obrantes en autos. La revisión que solic