Jurisprudencia sobre Procedimiento de comprobación de valores.
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Procedimiento de comprobación de valores
Valor real
Valor catastral
Liquidación provisional del impuesto
Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados
Sentido del fallo
Desestima
Estima
Estima parcialmente
Se inadmite
Condena
Orden
Administrativo
Constitucional
Ponente
Guil, Federico Lázaro
Fernandez Montalvo, Rafael
Ruiz Ballesteros, Daniel
Santandreu Montero, Jose Antonio
Toledano Cantero, Rafael
Tipo de sentencia
Sentencia
Auto
Acuerdo de Sala
Ejecución de sentencia firme. Plazo para llevar a debido efecto la ejecución. El plazo y modo de ejecución es el establecido en el art.
Se enjuician los preceptos de una ley andaluza que establecen deducciones en la cuota del impuesto sobre la renta de las personas físicas y regulan medios de valoración aplicables en los impuestos sobre sucesiones y donaciones y sobre trasmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados.
El Tribunal, que descarta la pérdida de objeto porque la norma ha sido sustituida por otra que plantea los mismos problemas competenciales, estima el recurso y declara la inconstitucionalidad de lo
Extensión de efectos de una sentencia. Plazo para solicitar la extensión de efectos: un año desde la última notificación de la sentencia a quienes fueron parte en el proceso: art. 110.1.c) de la
Ejecución de sentencia firme. Plazo para llevar a debido efecto la ejecución. El plazo y modo de ejecución es el establecido en el art.
Se enjuician los preceptos de una ley andaluza que establecen deducciones en la cuota del impuesto sobre la renta de las personas físicas y regulan medios de valoración aplicables en los impuestos sobre sucesiones y donaciones y sobre trasmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados.
El Tribunal, que descarta la pérdida de objeto porque la norma ha sido sustituida por otra que plantea los mismos problemas competenciales, estima el recurso y declara la inconstitucionalidad de lo
Extensión de efectos de una sentencia. Plazo para solicitar la extensión de efectos: un año desde la última notificación de la sentencia a quienes fueron parte en el proceso: art. 110.1.c) de la