Jurisprudencia sobre Letra de cambio.
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Sentido del fallo
Desestima
Estima
Estima parcialmente
Condena
Orden
Civil
Constitucional
Supranacional
Ponente
Andres Cuenca, Rosa Maria
Marin Castan, Francisco
Hernandez Barea, Hipolito
Camazon Linacero, Amparo
De Bustos Gomez-rico, Modesto
Tipo de sentencia
Sentencia
Auto
Acuerdo de Sala
Se estima parcialmente el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 2 de Barbate, sobre reclamación de cantidad por contrato de obra.
Considera la Sala que si el coste total de la obra era, como reconocen ambas partes de 53.410,81 euros, a las que deben restarse 3866 euros por materiales, que con el 7% de IVA importan 53.283,56 euros, de dicha suma se debe restar las cantidades pagadas a cuenta que refleja la prueba documental
Se estima parcialmente el recurso de apelación contra la sentencia dictada por el Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción nº 2 de Arcos de la Frontera, sobre reclamación de cantidad. Sostiene el apelante la fuerza ejecutiva de las letras de cambio aportadas junto al escrito de demanda, pues según alega, carece de relevancia la falta de designación del tomador cuando la relación jurídica se mantiene en el círculo de librador y librado. La jurisprudencia menor mantenía que tratándose de relacione
Se desestima el recurso de apelación contra la sentencia desestimatoria del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 2 de San Fernando, sobre reclamación de cantidad por suministro de mercancías. La actora reclama el pago de las facturas por venta de mercancías. Dicha pretensión no prospera porque la demandada acreditó el pago con la presentación de las letras cuya tenencia presupone el pago por su parte. Los pagarés aportados por la actora apelante no pueden darse por válidos ya que la
OPOSICIÓN A JUICIO CAMBIARIO.- La carga de probar la excepción de contrato no cumplido (exceptio non adimpleti contractus) ha sido satisfactoriamente levantada por los deudores cambiarios.-
Se estima el recurso de apelación presentado contra sentencia desestimatoria del Juzgado de Primera Instancia núm. 2 de Badalona, sobre oposición a ejecución de juicio cambiario.
La Sala declara que en el caso
Se desestima el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia estimatoria dictada por el Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Badalona, sobre reclamación de cantidad en acción cambiaria. Es un hecho no controvertido que las siete letras de cambio libradas por el actor y aceptadas por la demandada, coincidiendo con la entrega del capital del préstamo, no son traídas a juicio por vez primera en éste proceso ordinario, sino que ya lo habían sido por el actor a través de demanda de juicio
Se estima parcialmente el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 2 de Barbate, sobre reclamación de cantidad por contrato de obra.
Considera la Sala que si el coste total de la obra era, como reconocen ambas partes de 53.410,81 euros, a las que deben restarse 3866 euros por materiales, que con el 7% de IVA importan 53.283,56 euros, de dicha suma se debe restar las cantidades pagadas a cuenta que refleja la prueba documental
Se estima parcialmente el recurso de apelación contra la sentencia dictada por el Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción nº 2 de Arcos de la Frontera, sobre reclamación de cantidad. Sostiene el apelante la fuerza ejecutiva de las letras de cambio aportadas junto al escrito de demanda, pues según alega, carece de relevancia la falta de designación del tomador cuando la relación jurídica se mantiene en el círculo de librador y librado. La jurisprudencia menor mantenía que tratándose de relacione
Se desestima el recurso de apelación contra la sentencia desestimatoria del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 2 de San Fernando, sobre reclamación de cantidad por suministro de mercancías. La actora reclama el pago de las facturas por venta de mercancías. Dicha pretensión no prospera porque la demandada acreditó el pago con la presentación de las letras cuya tenencia presupone el pago por su parte. Los pagarés aportados por la actora apelante no pueden darse por válidos ya que la
OPOSICIÓN A JUICIO CAMBIARIO.- La carga de probar la excepción de contrato no cumplido (exceptio non adimpleti contractus) ha sido satisfactoriamente levantada por los deudores cambiarios.-
Se estima el recurso de apelación presentado contra sentencia desestimatoria del Juzgado de Primera Instancia núm. 2 de Badalona, sobre oposición a ejecución de juicio cambiario.
La Sala declara que en el caso
Se desestima el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia estimatoria dictada por el Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Badalona, sobre reclamación de cantidad en acción cambiaria. Es un hecho no controvertido que las siete letras de cambio libradas por el actor y aceptadas por la demandada, coincidiendo con la entrega del capital del préstamo, no son traídas a juicio por vez primera en éste proceso ordinario, sino que ya lo habían sido por el actor a través de demanda de juicio