Jurisprudencia sobre Letra de cambio.
Filtros
Sentido del fallo
Desestima
Estima
Estima parcialmente
Condena
Orden
Civil
Constitucional
Supranacional
Ponente
Andres Cuenca, Rosa Maria
Marin Castan, Francisco
Hernandez Barea, Hipolito
Camazon Linacero, Amparo
De Bustos Gomez-rico, Modesto
Tipo de sentencia
Sentencia
Auto
Acuerdo de Sala
El TS desestima el recurso de casación de la parte actora. La Sala señala que la sentencia considera acreditado que el retraso imputable a la actora es de un mes y catorce días, sin atacar los fundamentos de hecho que sirvieron de base a la sentencia para ese pronunciamiento y, por lo tanto, intocable en casación.
El TS desestimo el recurso de casación de la parte demandada. La Sala señala que la aludida vendedora ha actuado incumpliendo obligaciones que le vienen impuestas al fin del ejercicio por los relacionados compradores del invocado derecho de obtención de créditos hipotecarios facilitadores del pago del precio, con acomodo a las reglas de la buena fe que sanciona el artículo 1258.
El TS estima el recurso de casación de la parte recurrente en cuanto a los intereses. La Sala señala que la no restitución implica un incumplimiento contractual (SS. 27 de enero de 1.992, 30 de abril de 2.003), el cual es totalmente imputable a la entidad bancaria demandada, y, la consecuencia de dicho incumplimiento debe ser la restitución del nominal del pagaré, con independencia de si el deudor del crédito incorporado al mismo tiene o no solvencia y capacidad de pago.
El Tribunal Supremo desestima el recurso de casación sobre reclamación de cantidad; la Sala señala que la instancia es soberana para apreciar, según el resultado de las pruebas, la existencia de daños y perjuicios derivados de la aplicación del art.1101 del
El Tribunal Supremo desestima el recurso de casación sobre reclamación de cantidad; la Sala señala que la propia dicción del art.1597 del
El TS desestima el recurso de casación de la parte demandante. La Sala señala en sus fundamentos de derecho que el crédito derivado de una cambial puede transmitirse por endoso, dentro del giro cambiario, pero no es ilegal en sí mismo el hacerlo mediante la cesión civil , no mercantil , del mismo, como aquí se ha hecho.
El TS desestima el recurso de casación de la parte actora. La Sala señala que no hay, pues, una responsabilidad que pueda calificarse como "objetiva". Y en el caso que nos ocupa, no hay un daño directo derivado de una actuación (positiva o negativa) de la administradora demandada y de la valoración de la conducta no se deduce un comportamiento lesivo. La acción, por ello, no puede prosperar y el motivo ha de decaer.
El Tribunal Supremo desestima el recurso de casación sobre contrato de fianza; respecto a los efectos de la cosa juzgada del juicio ejecutivo, la Sala señala que el juicio ordinario "sobre la misma cuestión " a que se refiere el art.1479 -referido al juicio ejecutivo- de la anterior
El Tribunal Supremo desestima el recurso de casación sobre reclamación de cantidad; la Sala señala que está acreditado que el tenedor de la letra de cambio no podía demandar al avalista mas que como tal, al no haber alegado y probado la existencia de otra relación jurídica con él distinta de la cambiaria, lo que no hizo, concluyendo la Sala que dicha acción cambiaria está prescrita.
El Tribunal Supremo desestima el recurso de casación sobre tercería de mejor derecho; la Sala señala que la tercería de mejor derecho es admisible hasta el momento inmediatamente anterior al pago al acreedor ejecutante, entendido como acto físico de entrega de numerario, en concordancia con lo dispuesto en el art.1157 del
El TS desestima el recurso de casación de la parte actora. La Sala señala que la sentencia considera acreditado que el retraso imputable a la actora es de un mes y catorce días, sin atacar los fundamentos de hecho que sirvieron de base a la sentencia para ese pronunciamiento y, por lo tanto, intocable en casación.
El TS desestimo el recurso de casación de la parte demandada. La Sala señala que la aludida vendedora ha actuado incumpliendo obligaciones que le vienen impuestas al fin del ejercicio por los relacionados compradores del invocado derecho de obtención de créditos hipotecarios facilitadores del pago del precio, con acomodo a las reglas de la buena fe que sanciona el artículo 1258.
El TS estima el recurso de casación de la parte recurrente en cuanto a los intereses. La Sala señala que la no restitución implica un incumplimiento contractual (SS. 27 de enero de 1.992, 30 de abril de 2.003), el cual es totalmente imputable a la entidad bancaria demandada, y, la consecuencia de dicho incumplimiento debe ser la restitución del nominal del pagaré, con independencia de si el deudor del crédito incorporado al mismo tiene o no solvencia y capacidad de pago.
El Tribunal Supremo desestima el recurso de casación sobre reclamación de cantidad; la Sala señala que la instancia es soberana para apreciar, según el resultado de las pruebas, la existencia de daños y perjuicios derivados de la aplicación del art.1101 del
El Tribunal Supremo desestima el recurso de casación sobre reclamación de cantidad; la Sala señala que la propia dicción del art.1597 del
El TS desestima el recurso de casación de la parte demandante. La Sala señala en sus fundamentos de derecho que el crédito derivado de una cambial puede transmitirse por endoso, dentro del giro cambiario, pero no es ilegal en sí mismo el hacerlo mediante la cesión civil , no mercantil , del mismo, como aquí se ha hecho.
El TS desestima el recurso de casación de la parte actora. La Sala señala que no hay, pues, una responsabilidad que pueda calificarse como "objetiva". Y en el caso que nos ocupa, no hay un daño directo derivado de una actuación (positiva o negativa) de la administradora demandada y de la valoración de la conducta no se deduce un comportamiento lesivo. La acción, por ello, no puede prosperar y el motivo ha de decaer.
El Tribunal Supremo desestima el recurso de casación sobre contrato de fianza; respecto a los efectos de la cosa juzgada del juicio ejecutivo, la Sala señala que el juicio ordinario "sobre la misma cuestión " a que se refiere el art.1479 -referido al juicio ejecutivo- de la anterior
El Tribunal Supremo desestima el recurso de casación sobre reclamación de cantidad; la Sala señala que está acreditado que el tenedor de la letra de cambio no podía demandar al avalista mas que como tal, al no haber alegado y probado la existencia de otra relación jurídica con él distinta de la cambiaria, lo que no hizo, concluyendo la Sala que dicha acción cambiaria está prescrita.
El Tribunal Supremo desestima el recurso de casación sobre tercería de mejor derecho; la Sala señala que la tercería de mejor derecho es admisible hasta el momento inmediatamente anterior al pago al acreedor ejecutante, entendido como acto físico de entrega de numerario, en concordancia con lo dispuesto en el art.1157 del