Jurisprudencia sobre Jubilación parcial.
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Voces
Jubilación parcial
Contrato de relevo
Prestación de jubilación
Convenio colectivo
Instituto Nacional de la Seguridad Social
Orden
Social
Supranacional
Constitucional
Ponente
Garcia Paredes, Maria Luz
Benito-butrón Ochoa, Juan Carlos
Colino Rey, Adolfo Matias
Gan Busto, Maria Del Mar
Moralo Gallego, Sebastian
Tipo de sentencia
Sentencia
Auto
Acuerdo de Sala
Otros
Jubilación parcial y contrato de relevo en legislación posterior a
Se desestima recurso de suplicación contra sentencia dictada por el Juzgado de lo Social Nº 10 de Bilbao, sobre jubilación parcial. En el presente supuesto no nos encontramos ante la contratación de una persona, que sin previa vida laboral activa, pasa a vincularse por un contrato a tiempo parcial que le permita acceder a la jubilación parcial, ya que el actor estaba vinculado a la empresa desde muchos años antes. Si bien, desde el RETA no hubiera podido acceder a la jubilación
La cuestión controvertida se concreta en determinar si el número de años cotizados computables a los efectos del percibo de pensión de jubilación parcial, deben ser los que tuvo en cuenta el INSS (27 años, resultante de redondear 26 años y 198 días de cotizaciones no superpuestas acreditadas por la demandante, determinantes de un porcentaje del 84% por tal concepto, luego reducido al 71,40% final, en virtud de aplicarle el 85% de coeficiente por el tiempo de jubilación parcia
La duración de la prestación se determina en función del período de ocupación cotizada concurrente en los seis años anteriores a la situación legal de desempleo (art.
El TSJ mantiene el pronunciamiento de instancia que estimó la demanda interpuesta por el trabajador actor, relativa a la declaración del derecho a acogerse al plan de jubilación parcial, según el acuerdo suscrito en la empresa de 26-6-02, al desestimar el recurso interpuesto por la condenada. El pretendido régimen diferencial del demandante consiste en unas condiciones retributivas que la empresa establece de forma unilateral, pues en modo alguno responde a un consenso especific
Se estima recurso de suplicación interpuesto contra Sentencia dictada por el Juzgado de lo Social nº 4 de San Sebastián, en materia de prestación por jubilación parcial. La jubilación parcial es una medida destinada a posibilitar el reparto del empleo, a través de la sustitución de la persona del trabajador asalariado, en la parte de la jornada en que cesa por jubilarse parcialmente, por otro (relevista) que en ese momento esté desempleado o contratado temporalmente en la misma
El TSJ estima el recurso interpuesto por el INSS, revocando la sentencia de instancia que, estimando la demanda interpuesta por cierta empresa, anuló y dejó sin efecto la resolución dictada por el Instituto Nacional de la Seguridad Social, en solicitud de reintegro de la cantidad abonada a uno de sus trabajadores en concepto de pensión de jubilación parcial , desde el cese del trabajador relevista el día 10 de julio de 2004 hasta que, superado el plazo reglamentario, procedi
Jubilación parcial y contrato de relevo en legislación posterior a
Se desestima recurso de suplicación contra sentencia dictada por el Juzgado de lo Social Nº 10 de Bilbao, sobre jubilación parcial. En el presente supuesto no nos encontramos ante la contratación de una persona, que sin previa vida laboral activa, pasa a vincularse por un contrato a tiempo parcial que le permita acceder a la jubilación parcial, ya que el actor estaba vinculado a la empresa desde muchos años antes. Si bien, desde el RETA no hubiera podido acceder a la jubilación
La cuestión controvertida se concreta en determinar si el número de años cotizados computables a los efectos del percibo de pensión de jubilación parcial, deben ser los que tuvo en cuenta el INSS (27 años, resultante de redondear 26 años y 198 días de cotizaciones no superpuestas acreditadas por la demandante, determinantes de un porcentaje del 84% por tal concepto, luego reducido al 71,40% final, en virtud de aplicarle el 85% de coeficiente por el tiempo de jubilación parcia
La duración de la prestación se determina en función del período de ocupación cotizada concurrente en los seis años anteriores a la situación legal de desempleo (art.
El TSJ mantiene el pronunciamiento de instancia que estimó la demanda interpuesta por el trabajador actor, relativa a la declaración del derecho a acogerse al plan de jubilación parcial, según el acuerdo suscrito en la empresa de 26-6-02, al desestimar el recurso interpuesto por la condenada. El pretendido régimen diferencial del demandante consiste en unas condiciones retributivas que la empresa establece de forma unilateral, pues en modo alguno responde a un consenso especific
Se estima recurso de suplicación interpuesto contra Sentencia dictada por el Juzgado de lo Social nº 4 de San Sebastián, en materia de prestación por jubilación parcial. La jubilación parcial es una medida destinada a posibilitar el reparto del empleo, a través de la sustitución de la persona del trabajador asalariado, en la parte de la jornada en que cesa por jubilarse parcialmente, por otro (relevista) que en ese momento esté desempleado o contratado temporalmente en la misma
El TSJ estima el recurso interpuesto por el INSS, revocando la sentencia de instancia que, estimando la demanda interpuesta por cierta empresa, anuló y dejó sin efecto la resolución dictada por el Instituto Nacional de la Seguridad Social, en solicitud de reintegro de la cantidad abonada a uno de sus trabajadores en concepto de pensión de jubilación parcial , desde el cese del trabajador relevista el día 10 de julio de 2004 hasta que, superado el plazo reglamentario, procedi