Jurisprudencia sobre In dubio pro reo.
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Prueba de cargo
In dubio pro reo
Sentido del fallo
Desestima
Estima
Absuelve
Estima parcialmente
Condena
Orden
Penal
Constitucional
Supranacional
Ponente
Chacon Alonso, Maria Teresa
Vidal Marsal, Santiago
Sanz Crego, Salvador Pedro
Del Canto, Enrique Rovira
Romera Vaquero, Maria Consuelo
Tipo de sentencia
Sentencia
Auto
Acuerdo de Sala
Condena por delito de estafa agravada de los artículos 248 y 250.1.5º del
* RECURSO LEY 41/2015. SENTENCIA DICTADA EN APELACIÓN POR EL T.S.J.Delito: agresión sexual continuada a menor de 16 años (arts. 74 y 181, apartados 1, 3 y 4 e) del
RECURSO LEY 41/2015. SENTENCIA DICTADA EN APELACIÓN POR EL T.S.J.Delito: abuso sexual continuado a menor de trece años, con penetración y prevalimiento (arts. 74, 181, apartados 1 y 2, 182, apartados 1 y 2, en relación con el 180.1.4ª del
Delito continuado de estafa. Principio in dubio pro reo. La duda del Tribunal como tal no es revisable en casación, dado que dicho principio no establece en qué supuestos los jueces deben dudar, sino cómo se debe proceder en caso de duda.Error en la apreciación de la prueba, art. 849.2
Condena por delito de estafa agravada de los artículos 248 y 250.1.5º del
* RECURSO LEY 41/2015. SENTENCIA DICTADA EN APELACIÓN POR EL T.S.J.Delito: agresión sexual continuada a menor de 16 años (arts. 74 y 181, apartados 1, 3 y 4 e) del
RECURSO LEY 41/2015. SENTENCIA DICTADA EN APELACIÓN POR EL T.S.J.Delito: abuso sexual continuado a menor de trece años, con penetración y prevalimiento (arts. 74, 181, apartados 1 y 2, 182, apartados 1 y 2, en relación con el 180.1.4ª del
Delito continuado de estafa. Principio in dubio pro reo. La duda del Tribunal como tal no es revisable en casación, dado que dicho principio no establece en qué supuestos los jueces deben dudar, sino cómo se debe proceder en caso de duda.Error en la apreciación de la prueba, art. 849.2