Jurisprudencia sobre Hora...rdinarias.

Jurisprudencia sobre Horas extraordinarias.

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Horas extraordinarias
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Horas extraordinarias
Sentencia SOCIAL Nº 463/2022, TSJ Castilla La-Mancha, Sala de lo Social, Sec. 1, Rec 1962/2020, 11-03-2022

Orden: Social


Tribunal: TSJ Castilla La-Mancha


Ponente: SERRANO NIETO, MARIA ISABEL


Nº de sentencia: 463/2022



RECLAMACIÓN CANTIDAD
Sentencia SOCIAL Nº 143/2022, TSJ Madrid, Sala de lo Social, Sec. 3, Rec 885/2021, 21-02-2022

Orden: Social


Tribunal: TSJ Madrid


Ponente: DE ORO-PULIDO SANZ, JOSE IGNACIO


Nº de sentencia: 143/2022



PRIMERO. -Frente a la sentencia de instancia que desestimó la demanda formulada por el demandante que pretendía que CORPORACION DE RADIO Y TELEVISION ESPAÑOLA SA le abonara la suma de 3.424, 96 euros, por el concepto de 4 horas extraordinarias diurnas (244, 64 euros), y 52 horas extraordinarias festivas (3.180, 32 euros), realizadas en el periodo comprendido entre el 30 de noviembre de2019 y el 14 de diciembre de 2019, durante la cobertura de la 'Cumbre del Clima 2019', celebrada en el
Sentencia SOCIAL Nº 306/2022, TS, Sala de lo Social, Sec. 1, Rec 3431/2020, 05-04-2022

Orden: Social


Tribunal: Tribunal Supremo


Ponente: GARCIA-ATANCE, JUAN MOLINS


Nº de sentencia: 306/2022



Incompetencia funcional. Reclamación de 1.816,42 euros. La parte recurrente alega por primera vez en el recurso de suplicación que se ha infringido el derecho a la tutela judicial efectiva porque la sentencia dictada por el juzgado de lo social ha vulnerado la indivisibilidad de la ficta confessio.La alegación de la vulneración del derecho fundamental debe hacerse en la instancia para permitir el acceso a suplicación.No se trata de una infracción procedimental que permita el acceso a suplica

Sentencia SOCIAL Nº 439/2022, TSJ Andalucia, Sala de lo Social, Sec. 1, Rec 1079/2020, 17-02-2022

Orden: Social


Tribunal: TSJ Andalucia


Ponente: MANCHO SANCHEZ, CARLOS


Nº de sentencia: 439/2022




Sentencia SOCIAL Nº 200/2021, JSO Pamplona/Iruña, Sec. 2, Rec 234/2020, 08-06-2021

Orden: Social


Tribunal: Juzgado de lo Social - Pamplona/Iruña


Ponente: URRETAVIZCAYA ARDANAZ, LEYRE


Nº de sentencia: 200/2021




Sentencia SOCIAL Nº 21/2022, JSO Pamplona/Iruña, Sec. 2, Rec 528/2020, 17-01-2022

Orden: Social


Tribunal: Juzgado de lo Social - Pamplona/Iruña


Ponente: URRETAVIZCAYA ARDANAZ, LEYRE


Nº de sentencia: 21/2022




Sentencia SOCIAL Nº 476/2022, TSJ Cataluña, Sala de lo Social, Sec. 1, Rec 4904/2021, 27-01-2022

Orden: Social


Tribunal: TSJ Cataluña


Ponente: AMPARO ILLAN TEBA


Nº de sentencia: 476/2022




Sentencia SOCIAL Nº 20/2022, JSO Pamplona/Iruña, Sec. 2, Rec 527/2020, 17-01-2022

Orden: Social


Tribunal: Juzgado de lo Social - Pamplona/Iruña


Ponente: URRETAVIZCAYA ARDANAZ, LEYRE


Nº de sentencia: 20/2022




Sentencia SOCIAL Nº 1189/2021, TS, Sala de lo Social, Sec. 1, Rec 3569/2019, 01-12-2021

Orden: Social


Tribunal: Tribunal Supremo


Ponente: SEGOVIANO ASTABURUAGA, MARIA LUISA


Nº de sentencia: 1189/2021



SERVICIO CANARIO DE EMPLEO. Importe que debe abonarse por las horas de trabajo realizadas por las demandantes, para recuperar la jornada laboral que fue objeto de reducción a raíz de la entrada en vigor de la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2013, posteriormente dejada sin efecto por el Acuerdo del Gobierno de Canarias de abril de 2013.Falta de contradicción. En el mismo sentido sentencias de esta Sala de 17 de noviembre de 2020, recurso 2226/2019 y de

Sentencia Social Nº 972/2004, TSJ Murcia, Sala de lo Social, Sec. 1, Rec 903/2004, 27-09-2004

Orden: Social


Tribunal: TSJ Murcia


Ponente: ALONSO SAURA, JOSE LUIS


Nº de sentencia: 972/2004



El TSJ confirma la improcedencia de la pretensión instada por trabajador, siendo que la controversia se centra en que se pretende que las horas correspondientes a las bajas médicas, a las horas de salida al médico y a las horas de permiso retribuido, todas ellas abonadas por la empresa, se computen como jornada efectiva a los efectos de alcanzar y superar las 1752 horas que como jornada máxima establece el convenio colectivo, y el exceso existente se consideren como horas extraordinarias, co

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Sentencia SOCIAL Nº 463/2022, TSJ Castilla La-Mancha, Sala de lo Social, Sec. 1, Rec 1962/2020, 11-03-2022

Orden: Social


Tribunal: TSJ Castilla La-Mancha


Ponente: SERRANO NIETO, MARIA ISABEL


Nº de sentencia: 463/2022



RECLAMACIÓN CANTIDAD
Sentencia SOCIAL Nº 143/2022, TSJ Madrid, Sala de lo Social, Sec. 3, Rec 885/2021, 21-02-2022

Orden: Social


Tribunal: TSJ Madrid


Ponente: DE ORO-PULIDO SANZ, JOSE IGNACIO


Nº de sentencia: 143/2022



PRIMERO. -Frente a la sentencia de instancia que desestimó la demanda formulada por el demandante que pretendía que CORPORACION DE RADIO Y TELEVISION ESPAÑOLA SA le abonara la suma de 3.424, 96 euros, por el concepto de 4 horas extraordinarias diurnas (244, 64 euros), y 52 horas extraordinarias festivas (3.180, 32 euros), realizadas en el periodo comprendido entre el 30 de noviembre de2019 y el 14 de diciembre de 2019, durante la cobertura de la 'Cumbre del Clima 2019', celebrada en el
Sentencia SOCIAL Nº 306/2022, TS, Sala de lo Social, Sec. 1, Rec 3431/2020, 05-04-2022

Orden: Social


Tribunal: Tribunal Supremo


Ponente: GARCIA-ATANCE, JUAN MOLINS


Nº de sentencia: 306/2022



Incompetencia funcional. Reclamación de 1.816,42 euros. La parte recurrente alega por primera vez en el recurso de suplicación que se ha infringido el derecho a la tutela judicial efectiva porque la sentencia dictada por el juzgado de lo social ha vulnerado la indivisibilidad de la ficta confessio.La alegación de la vulneración del derecho fundamental debe hacerse en la instancia para permitir el acceso a suplicación.No se trata de una infracción procedimental que permita el acceso a suplica

Sentencia SOCIAL Nº 439/2022, TSJ Andalucia, Sala de lo Social, Sec. 1, Rec 1079/2020, 17-02-2022

Orden: Social


Tribunal: TSJ Andalucia


Ponente: MANCHO SANCHEZ, CARLOS


Nº de sentencia: 439/2022




Sentencia SOCIAL Nº 200/2021, JSO Pamplona/Iruña, Sec. 2, Rec 234/2020, 08-06-2021

Orden: Social


Tribunal: Juzgado de lo Social - Pamplona/Iruña


Ponente: URRETAVIZCAYA ARDANAZ, LEYRE


Nº de sentencia: 200/2021




Sentencia SOCIAL Nº 21/2022, JSO Pamplona/Iruña, Sec. 2, Rec 528/2020, 17-01-2022

Orden: Social


Tribunal: Juzgado de lo Social - Pamplona/Iruña


Ponente: URRETAVIZCAYA ARDANAZ, LEYRE


Nº de sentencia: 21/2022




Sentencia SOCIAL Nº 476/2022, TSJ Cataluña, Sala de lo Social, Sec. 1, Rec 4904/2021, 27-01-2022

Orden: Social


Tribunal: TSJ Cataluña


Ponente: AMPARO ILLAN TEBA


Nº de sentencia: 476/2022




Sentencia SOCIAL Nº 20/2022, JSO Pamplona/Iruña, Sec. 2, Rec 527/2020, 17-01-2022

Orden: Social


Tribunal: Juzgado de lo Social - Pamplona/Iruña


Ponente: URRETAVIZCAYA ARDANAZ, LEYRE


Nº de sentencia: 20/2022




Sentencia SOCIAL Nº 1189/2021, TS, Sala de lo Social, Sec. 1, Rec 3569/2019, 01-12-2021

Orden: Social


Tribunal: Tribunal Supremo


Ponente: SEGOVIANO ASTABURUAGA, MARIA LUISA


Nº de sentencia: 1189/2021



SERVICIO CANARIO DE EMPLEO. Importe que debe abonarse por las horas de trabajo realizadas por las demandantes, para recuperar la jornada laboral que fue objeto de reducción a raíz de la entrada en vigor de la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2013, posteriormente dejada sin efecto por el Acuerdo del Gobierno de Canarias de abril de 2013.Falta de contradicción. En el mismo sentido sentencias de esta Sala de 17 de noviembre de 2020, recurso 2226/2019 y de

Sentencia Social Nº 972/2004, TSJ Murcia, Sala de lo Social, Sec. 1, Rec 903/2004, 27-09-2004

Orden: Social


Tribunal: TSJ Murcia


Ponente: ALONSO SAURA, JOSE LUIS


Nº de sentencia: 972/2004



El TSJ confirma la improcedencia de la pretensión instada por trabajador, siendo que la controversia se centra en que se pretende que las horas correspondientes a las bajas médicas, a las horas de salida al médico y a las horas de permiso retribuido, todas ellas abonadas por la empresa, se computen como jornada efectiva a los efectos de alcanzar y superar las 1752 horas que como jornada máxima establece el convenio colectivo, y el exceso existente se consideren como horas extraordinarias, co

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