Jurisprudencia por Gascon Vera, Luis.
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Profesión habitual
Instituto Nacional de la Seguridad Social
Incapacidad permanente absoluta
Incapacidad permanente total
Intervención de abogado
Sentido del fallo
Desestima
Estima
Estima parcialmente
Se inadmite
Condena
Orden
Social
Ponente
Gascon Vera, Luis
Tipo de sentencia
Sentencia
Tribunal
TSJ Madrid
Búsqueda: Ponente
GASCON VERA, LUIS
Sentencia Social Nº 42/2010, TSJ Madrid, Sala de lo Social, Sec. 4, Rec 5738/2009, 11-02-2010
PRIMERO.- El actor nacido el 4 de noviembre de 1972, de profesión habitual Peón Metalúrgico, presentó demanda solicitando en el suplico de la misma la declaración del grado de Incapacidad Permanente Total o subsidiariamente Parcial para el desarrollo de su profesión habitual, con las consecuencias económicas a dichas declaraciones inherentes. Demanda que fue desestimada íntegramente en la sentencia de instancia, confirmando de esta manera la resolución del Instituto Nacional de la Seguridad S
Sentencia Social Nº 22/2010, TSJ Madrid, Sala de lo Social, Sec. 4, Rec 5652/2009, 28-01-2010
PRIMERO.- La parte actora nacida el 14 de agosto de 1973, de profesión habitual Operario de Montajes con la categoría de Especialista, presentó demanda solicitando en el suplico de la misma la declaración de Incapacidad Permanente Absoluta y subsidiariamente Total con el consiguiente reconocimiento de los derechos económicos inherentes a tales calificaciones. Demanda que fue estimada en su pretensión supletoria, revocando de esta manera la resolución del Instituto Nacional de la Seguridad Soc
Sentencia Social Nº 23/2010, TSJ Madrid, Sala de lo Social, Sec. 4, Rec 5661/2009, 28-01-2010
PRIMERO.- La actora, nacida el 14 de diciembre de 1958, de profesión habitual Limpiadora, presentó demanda solicitando la declaración de Incapacidad Permanente Absoluta para todo desarrollo profesional, por razón de contingencia común, con el consiguiente reconocimiento de los derechos económicos inherentes a tal calificación. Demanda que fue desestimada en la sentencia de instancia confirmando de esta manera la resolución de la Dirección Provincial del Instituto Nacional de la Seguridad Soci
Sentencia Social Nº 18/2010, TSJ Madrid, Sala de lo Social, Sec. 4, Rec 5494/2009, 28-01-2010
PRIMERO.- La sentencia de instancia estimando la demanda rectora de las presentes actuaciones viene a declarar la nulidad a efectos económicos de la baja médica emitida el 14 de mayo de 2007 condenando al INSS y TGSS a reintegrar a la parte actora la cantidad abonada a la trabajadora en concepto de subsidio por IT, por el periodo comprendido entre el 14 de mayo de 2007 y 21 de diciembre de ese mismo año, por considerar que entre la referida baja y la emitida con anterioridad concurre identida
Sentencia Social Nº 46/2010, TSJ Madrid, Sala de lo Social, Sec. 4, Rec 5854/2009, 11-02-2010
PRIMERO.- La sentencia de instancia viene a desestimar la demanda rectora de las presentes actuaciones en la que se solicitaba el reconocimiento del derecho a percibir en concepto de jubilación anticipada el 84% de la base reguladora y no el 76% reconocido, al haber realizado la petición de la prestación una vez cumplida la edad de 63 años.Sustenta el Juzgador de instancia su decisión desestimatoria en la fijación como fecha de efectos de la solicitud de la jubilación anticipada en el
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GASCON VERA, LUIS
Sentencia Social Nº 42/2010, TSJ Madrid, Sala de lo Social, Sec. 4, Rec 5738/2009, 11-02-2010
PRIMERO.- El actor nacido el 4 de noviembre de 1972, de profesión habitual Peón Metalúrgico, presentó demanda solicitando en el suplico de la misma la declaración del grado de Incapacidad Permanente Total o subsidiariamente Parcial para el desarrollo de su profesión habitual, con las consecuencias económicas a dichas declaraciones inherentes. Demanda que fue desestimada íntegramente en la sentencia de instancia, confirmando de esta manera la resolución del Instituto Nacional de la Seguridad S
Sentencia Social Nº 22/2010, TSJ Madrid, Sala de lo Social, Sec. 4, Rec 5652/2009, 28-01-2010
PRIMERO.- La parte actora nacida el 14 de agosto de 1973, de profesión habitual Operario de Montajes con la categoría de Especialista, presentó demanda solicitando en el suplico de la misma la declaración de Incapacidad Permanente Absoluta y subsidiariamente Total con el consiguiente reconocimiento de los derechos económicos inherentes a tales calificaciones. Demanda que fue estimada en su pretensión supletoria, revocando de esta manera la resolución del Instituto Nacional de la Seguridad Soc
Sentencia Social Nº 23/2010, TSJ Madrid, Sala de lo Social, Sec. 4, Rec 5661/2009, 28-01-2010
PRIMERO.- La actora, nacida el 14 de diciembre de 1958, de profesión habitual Limpiadora, presentó demanda solicitando la declaración de Incapacidad Permanente Absoluta para todo desarrollo profesional, por razón de contingencia común, con el consiguiente reconocimiento de los derechos económicos inherentes a tal calificación. Demanda que fue desestimada en la sentencia de instancia confirmando de esta manera la resolución de la Dirección Provincial del Instituto Nacional de la Seguridad Soci
Sentencia Social Nº 18/2010, TSJ Madrid, Sala de lo Social, Sec. 4, Rec 5494/2009, 28-01-2010
PRIMERO.- La sentencia de instancia estimando la demanda rectora de las presentes actuaciones viene a declarar la nulidad a efectos económicos de la baja médica emitida el 14 de mayo de 2007 condenando al INSS y TGSS a reintegrar a la parte actora la cantidad abonada a la trabajadora en concepto de subsidio por IT, por el periodo comprendido entre el 14 de mayo de 2007 y 21 de diciembre de ese mismo año, por considerar que entre la referida baja y la emitida con anterioridad concurre identida
Sentencia Social Nº 46/2010, TSJ Madrid, Sala de lo Social, Sec. 4, Rec 5854/2009, 11-02-2010
PRIMERO.- La sentencia de instancia viene a desestimar la demanda rectora de las presentes actuaciones en la que se solicitaba el reconocimiento del derecho a percibir en concepto de jubilación anticipada el 84% de la base reguladora y no el 76% reconocido, al haber realizado la petición de la prestación una vez cumplida la edad de 63 años.Sustenta el Juzgador de instancia su decisión desestimatoria en la fijación como fecha de efectos de la solicitud de la jubilación anticipada en el