Jurisprudencia por Garrido Espa, Luis.
Se estima la demanda formulada y se anula el laudo arbitral dictado por la Junta Arbitral de Consum de Sabadell. La Sala entiende que la ausencia de defensa y de réplica a las alegaciones de la demandante determinan la estimación de la pretensión, ya que no fue notificada de la designación de los árbitros ni del inicio del procedimiento arbitral y tampoco fue debidamente citada al acto de la audiencia, sino en el mismo día y minutos antes de su celebración, mediante una llamada
Se desestima la demanda formulada por la que se pretendía la anulación del laudo arbitral dictado por la Junta Arbitral de Consum del Ayuntamiento de Vilafranca del Penedés. La Sala entiende que no cabe la nulidad del laudo, en base a que se dictara fuera del plazo de cuatro meses, ya que ante la ausencia de una norma sobre prórroga del plazo en el procedimiento arbitral de consumo, ha de aplicarse
lo dispuesto en la <rel id="710327" uri="http://poolparty.iberley.es/Legis
Se desestima el recurso de apelación contra la Sentencia dictada por el Juzgado Mercantil nº 3 de Barcelona, sobre liquidación de contrato de instalación de máquinas recreativas en el negocio de bar que explotaba la sociedad demandada. No cabe apreciar mala fe o abuso de derecho en la exigencia de responsabilidad al administrador por la deuda social tras comprobar el definitivo impago y la desaparición de hecho de la sociedad, cuando la parte actora hizo las entregas de buena fe
Se estima la demanda formulada y se anula el laudo arbitral dictado por la Junta Arbitral de Consum de Sabadell. La Sala entiende que la ausencia de defensa y de réplica a las alegaciones de la demandante determinan la estimación de la pretensión, ya que no fue notificada de la designación de los árbitros ni del inicio del procedimiento arbitral y tampoco fue debidamente citada al acto de la audiencia, sino en el mismo día y minutos antes de su celebración, mediante una llamada
Se desestima la demanda formulada por la que se pretendía la anulación del laudo arbitral dictado por la Junta Arbitral de Consum del Ayuntamiento de Vilafranca del Penedés. La Sala entiende que no cabe la nulidad del laudo, en base a que se dictara fuera del plazo de cuatro meses, ya que ante la ausencia de una norma sobre prórroga del plazo en el procedimiento arbitral de consumo, ha de aplicarse
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Se desestima el recurso de apelación contra la Sentencia dictada por el Juzgado Mercantil nº 3 de Barcelona, sobre liquidación de contrato de instalación de máquinas recreativas en el negocio de bar que explotaba la sociedad demandada. No cabe apreciar mala fe o abuso de derecho en la exigencia de responsabilidad al administrador por la deuda social tras comprobar el definitivo impago y la desaparición de hecho de la sociedad, cuando la parte actora hizo las entregas de buena fe