Jurisprudencia sobre Fuera de ordenación.
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Fuera de ordenación
Plan general de ordenación urbana
Legalización
Legalidad urbanística
Suelo no urbanizable
Sentido del fallo
Desestima
Estima
Estima parcialmente
Condena
Se inadmite
Orden
Administrativo
Civil
Constitucional
Ponente
Lopez De Hontanar Sanchez, Juan Francisco
Recio Gonzalez, Maria Azucena
Táboas Bentanachs, Manuel
Canabal Conejos, Francisco Javier
Fernandez Valverde, Rafael
Tipo de sentencia
Sentencia
Auto
Acuerdo de Sala
Auto aclaratorio
Es objeto de este recurso el acuerdo de la Comisión de Gobierno del Ayuntamiento de O Barco de Valdeorras de 23 de enero de 1997 que ordenó a la recurrente demoler el cerramiento parcial realizado en el ático del edificio.
Se había obtenido licencia para sustituir dos ventanas por otras nuevas que dan a patio de luces, pero esta licencia no puede amparar el cerramiento frontal del habitáculo, pues ni consta que en la solicitud se pusiera en cono
Confirma el TS la sentencia que declaró la conformidad a derecho de la Orden por la que se denegaba autorización para la legalización de almacén para madera y taller de carpintería, en Lomo del Capón, término municipal de Las Palmas de Gran Canaria. Respecto a la infracción del art. 137 de la
URBANISMO. EDIFICIOS FUERA DE ORDENACIÓN POR MODIFICACIÓN DE PLANEAMIENTO. AUSENCIA DE INDEMNIZACIÓN.
Es objeto de este recurso el acuerdo de la Comisión de Gobierno del Ayuntamiento de O Barco de Valdeorras de 23 de enero de 1997 que ordenó a la recurrente demoler el cerramiento parcial realizado en el ático del edificio.
Se había obtenido licencia para sustituir dos ventanas por otras nuevas que dan a patio de luces, pero esta licencia no puede amparar el cerramiento frontal del habitáculo, pues ni consta que en la solicitud se pusiera en cono
Confirma el TS la sentencia que declaró la conformidad a derecho de la Orden por la que se denegaba autorización para la legalización de almacén para madera y taller de carpintería, en Lomo del Capón, término municipal de Las Palmas de Gran Canaria. Respecto a la infracción del art. 137 de la
URBANISMO. EDIFICIOS FUERA DE ORDENACIÓN POR MODIFICACIÓN DE PLANEAMIENTO. AUSENCIA DE INDEMNIZACIÓN.