Jurisprudencia sobre Explotación de la reputación ajena.
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Competencia desleal
Sociedad de responsabilidad limitada
Actos de competencia desleal
Marca comunitaria
Comercialización
Sentido del fallo
Desestima
Estima
Estima parcialmente
Condena
Orden
Civil
Ponente
Arribas Hernandez, Alberto
Garcia-chamon Cervera, Enrique
Gomez Sanchez, Pedro Maria
Fuentes Devesa, Rafael
Corbal Fernandez, Jesus Eugenio
Tipo de sentencia
Sentencia
Auto
Tribunal
AP - Madrid
AP - Barcelona
AP - Alicante
Tribunal Supremo
Juzgados de lo Mercantil - Alicante/Alacant
PROPIEDAD INDUSTRIAL. MARCAS: Violación del derecho de marca (arts. 31.1 y 2 y 35 y ss. Ley 32/1.988, de 10 de noviembre). Similitud del signo denominativo (JOMA'S con JOMA) y de productos que designan (prendas de vestir o confeccionadas); riesgo de asociación; criterio del buen sentido. Prioridad de marca registrada sobre denominación social. Cambio de ésta con base en la normativa marcaria cuando se utiliza para designar el producto comercializado produciendo confusión con el del tercero.
La Sala de lo Civil del Tribunal Supremo declara no haber lugar al recurso extraordinario por infracción procesal y sí al recurso de casación interpuestos contra la Sentencia de la Sección Séptima de la Audiencia Provincial de Valencia sobre reconocimiento de una marca comunitaria. La Sala considera que el riesgo de confusión entre el signo utilizado por las demandadas y los registrados como marcas nacionales a nombre de la demandante fue expresamente negado por la Audiencia Pro
Se desestima el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Mercantil nº 2 de Madrid, sobre competencia desleal. La Sala entiende que el derecho de exclusiva que se pretende imponer por la recurrente, ni dispone de sustento legal, ni responde a un criterio de libre competencia, sino al contrario, trata de estrangular la iniciativa que desde hace años desarrolla el recurrido, que fue el innovador, por lo que no está distorsionando las reglas
03065370072004100497 Órgano: Audiencia Provincial Sede: Elche/Elx Sección: 7 Nº de Resolución: 531/2004 Fecha de Resolución: 20/12/2004 Nº de Recurso: 480/2004 Jurisdicción: Civil Ponente: JOSE TEOFILO JIMENEZ MORAGO Procedimiento: CIVIL Tipo de Resolución: Sentencia
COMPETENCIA DESLEAL
El TS desestima el recurso de casación interpuesto por la representación procesal de las compañías actoras. La Sala señala que se considera desleal el aprovechamiento indebido, en beneficio propio o ajeno, de las ventajas de la reputación industrial, comercial o profesional adquirida por otro en el mercado. En particular, se reputa desleal el empleo de signos distintivos ajenos o de denominaciones de origen falsas acompañados de la indicación de la verdadera procedencia del p
PROPIEDAD INDUSTRIAL. MARCAS: Violación del derecho de marca (arts. 31.1 y 2 y 35 y ss. Ley 32/1.988, de 10 de noviembre). Similitud del signo denominativo (JOMA'S con JOMA) y de productos que designan (prendas de vestir o confeccionadas); riesgo de asociación; criterio del buen sentido. Prioridad de marca registrada sobre denominación social. Cambio de ésta con base en la normativa marcaria cuando se utiliza para designar el producto comercializado produciendo confusión con el del tercero.
La Sala de lo Civil del Tribunal Supremo declara no haber lugar al recurso extraordinario por infracción procesal y sí al recurso de casación interpuestos contra la Sentencia de la Sección Séptima de la Audiencia Provincial de Valencia sobre reconocimiento de una marca comunitaria. La Sala considera que el riesgo de confusión entre el signo utilizado por las demandadas y los registrados como marcas nacionales a nombre de la demandante fue expresamente negado por la Audiencia Pro
Se desestima el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Mercantil nº 2 de Madrid, sobre competencia desleal. La Sala entiende que el derecho de exclusiva que se pretende imponer por la recurrente, ni dispone de sustento legal, ni responde a un criterio de libre competencia, sino al contrario, trata de estrangular la iniciativa que desde hace años desarrolla el recurrido, que fue el innovador, por lo que no está distorsionando las reglas
03065370072004100497 Órgano: Audiencia Provincial Sede: Elche/Elx Sección: 7 Nº de Resolución: 531/2004 Fecha de Resolución: 20/12/2004 Nº de Recurso: 480/2004 Jurisdicción: Civil Ponente: JOSE TEOFILO JIMENEZ MORAGO Procedimiento: CIVIL Tipo de Resolución: Sentencia
COMPETENCIA DESLEAL
El TS desestima el recurso de casación interpuesto por la representación procesal de las compañías actoras. La Sala señala que se considera desleal el aprovechamiento indebido, en beneficio propio o ajeno, de las ventajas de la reputación industrial, comercial o profesional adquirida por otro en el mercado. En particular, se reputa desleal el empleo de signos distintivos ajenos o de denominaciones de origen falsas acompañados de la indicación de la verdadera procedencia del p