Jurisprudencia sobre Estaciones de servicio.
Filtros
Voces
Estaciones de servicio
Impuesto sobre hidrocarburos
Impuestos especiales
Céntimo sanitario
Impuesto sobre el Valor Añadido
Sentido del fallo
Desestima
Estima
Estima parcialmente
Se inadmite
Condena
Orden
Administrativo
Supranacional
Constitucional
Ponente
Fernandez Valverde, Rafael
Espin Templado, Eduardo
Bandres Sanchez-cruzat, Jose Manuel
Arenas Ibañez, Luis Gonzaga
Rojas Pozo, Casiano
Tipo de sentencia
Sentencia
Auto
Acuerdo de Sala
Auto aclaratorio
Otros
46250330042010100402 Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Contencioso Sede: Valencia Sección: 4 Nº de Resolución: 629/2010 Fecha de Resolución: 11/06/2010 Nº de Recurso: 91/2009 Jurisdicción: Contencioso Ponente: JOSE MARTINEZ-ARENAS SANTOS Procedimiento: CONTENCIOSO Tipo de Resolución: Sentencia
Se desestima el recurso contencioso-administrativo, de una de las demandantes frente al Acuerdo del Jurado Provincial de Expropiación de Alicante, dictado en el expediente núm. 433/2001, relativo a discrepancias en el justiprecio de la expropiación. Y a su vez, al existir acumulación de expedientes se estima parcialmente el recurso contencioso administrativo de la otra demandante frente al citado acuerdo, por ser contraria a Derecho en lo refrente a la cuantía del justiprecio. La expro
El TSJ anula la resolución que ordenó la retirada temporal de la licencia de actividad de que es titular la sociedad recurrente, con la consiguiente clausura y cese de la actividad, en tanto se determine por los órganos competentes que se han subsanado las posibles anomalías y declara la disconformidad a Derecho de varios apartados contenidos en los acuerdos frente a los que la sociedad articuló sus solicitudes de heterotutela judicial. Manifiesta la Sala que ninguno de los Decretos adoptados
Se desestima el recurso contencioso administrativo interpuesto contra el Acuerdo de la Comisión de Gobierno del Ayuntamiento de Paterna, que aprueba el Proyecto de Reparcelación. Alegan los demandantes que sus terrenos están destinados a una vía de servicio de la carretera, cuya urbanización sólo en parte asume la UE, correspondiendo al Ayuntamiento arbitrar los mecanismos adecuados para la obtención de dicho suelo, lo que requiere que sus terrenos deban incluirse en la UE. No obstante, de la
46250330042010100402 Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Contencioso Sede: Valencia Sección: 4 Nº de Resolución: 629/2010 Fecha de Resolución: 11/06/2010 Nº de Recurso: 91/2009 Jurisdicción: Contencioso Ponente: JOSE MARTINEZ-ARENAS SANTOS Procedimiento: CONTENCIOSO Tipo de Resolución: Sentencia
Se desestima el recurso contencioso-administrativo, de una de las demandantes frente al Acuerdo del Jurado Provincial de Expropiación de Alicante, dictado en el expediente núm. 433/2001, relativo a discrepancias en el justiprecio de la expropiación. Y a su vez, al existir acumulación de expedientes se estima parcialmente el recurso contencioso administrativo de la otra demandante frente al citado acuerdo, por ser contraria a Derecho en lo refrente a la cuantía del justiprecio. La expro
El TSJ anula la resolución que ordenó la retirada temporal de la licencia de actividad de que es titular la sociedad recurrente, con la consiguiente clausura y cese de la actividad, en tanto se determine por los órganos competentes que se han subsanado las posibles anomalías y declara la disconformidad a Derecho de varios apartados contenidos en los acuerdos frente a los que la sociedad articuló sus solicitudes de heterotutela judicial. Manifiesta la Sala que ninguno de los Decretos adoptados
Se desestima el recurso contencioso administrativo interpuesto contra el Acuerdo de la Comisión de Gobierno del Ayuntamiento de Paterna, que aprueba el Proyecto de Reparcelación. Alegan los demandantes que sus terrenos están destinados a una vía de servicio de la carretera, cuya urbanización sólo en parte asume la UE, correspondiendo al Ayuntamiento arbitrar los mecanismos adecuados para la obtención de dicho suelo, lo que requiere que sus terrenos deban incluirse en la UE. No obstante, de la