Jurisprudencia sobre Enfermedad profesional.
Filtros
Voces
Enfermedad profesional
Accidente laboral
Incapacidad temporal
Instituto Nacional de la Seguridad Social
Incapacidad permanente total
Orden
Social
Supranacional
Constitucional
Ponente
Martin Morillo, Jesus Maria
Colino Rey, Adolfo Matias
Perez Sibon, Maria Del Carmen
Gan Busto, Maria Del Mar
Palos Peñarroya, Ignacio Maria
Tipo de sentencia
Sentencia
Auto
Acuerdo de Sala
Auto aclaratorio
Se estima el recurso de suplicación contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social n º 24 de los de Barcelona sobre incapacidad permanente total. Se entiende que una enfermedad es profesional cuando se contraiga a consecuencia del trabajo por cuenta ajena en las actividades específicamente previstas en el correspondiente cuadro siempre que estén provocadas por la acción de los elementos o sustancias que en dicho cuadro se indiquen para cada enfermedad profesional. En es
Se desestima el recurso de suplicación interpuesto contra Sentencia desestimatoria del Juzgado Social nº 33 de Barcelona, sobre incapacidad permanente parcial. La Sala declara que las dolencias que la parte demandante padece, y que se describen en el inalterado relato histórico de la sentencia recurrida, configuran un cuadro que no alcanza a mermar el rendimiento habitual en su profesión de operario de fábrica en más de un 33%, dado que sus limitaciones funcionales se ciñen a un
INCAPACIDAD PERMANENTE
Se estima el recurso de suplicación contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social n º 24 de los de Barcelona sobre incapacidad permanente total. Se entiende que una enfermedad es profesional cuando se contraiga a consecuencia del trabajo por cuenta ajena en las actividades específicamente previstas en el correspondiente cuadro siempre que estén provocadas por la acción de los elementos o sustancias que en dicho cuadro se indiquen para cada enfermedad profesional. En es
Se desestima el recurso de suplicación interpuesto contra Sentencia desestimatoria del Juzgado Social nº 33 de Barcelona, sobre incapacidad permanente parcial. La Sala declara que las dolencias que la parte demandante padece, y que se describen en el inalterado relato histórico de la sentencia recurrida, configuran un cuadro que no alcanza a mermar el rendimiento habitual en su profesión de operario de fábrica en más de un 33%, dado que sus limitaciones funcionales se ciñen a un
INCAPACIDAD PERMANENTE