Jurisprudencia sobre Enfermedad profesional.
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Enfermedad profesional
Accidente laboral
Incapacidad temporal
Instituto Nacional de la Seguridad Social
Incapacidad permanente total
Orden
Social
Supranacional
Constitucional
Ponente
Martin Morillo, Jesus Maria
Colino Rey, Adolfo Matias
Perez Sibon, Maria Del Carmen
Gan Busto, Maria Del Mar
Palos Peñarroya, Ignacio Maria
Tipo de sentencia
Sentencia
Auto
Acuerdo de Sala
Auto aclaratorio
Búsqueda: Voces
Enfermedad profesional
Sentencia Social TS, Sala de lo Social, Sec. 1, Rec 2308/2014, 26-05-2015
Incapacidad permanente total derivada de contingencias profesionales. Trabajador de construcción naval que cesó en el trabajo realizado con exposición a la inhalación de asbesto y manipulación de material con amianto. Terminó su actividad por prejubilación, el 1-7-1988 y alcanzó la jubilación definitiva el 31-12-1998. Solicitada la incapacidad permanente total se emitió informe médico, negando la situación de incapacidad. Para el análisis de la existencia del derecho al percibo de esa prestación
Sentencia Social TS, Sala de lo Social, Sec. 1, Rec 749/2014, 04-03-2015
INCAPACIDAD PERMANENTE POR ENFERMEDAD PROFESIONAL, EN CAUSA A CONTACTO CON AMIANTO EN LA ACTIVIDAD LABORAL. SE DESESTIMA EL RECURSO POR DEFECTUOSA FORMULACIÓN -INEXISTENTE RELACIÓN CIRCUNSTANCIADA Y AUSENTE FUNDAMENTACIÓN DE LA INFRACCIÓN- Y POR FALTA DE CONTRADICCIÓN.
Sentencia Social TS, Sala de lo Social, Sec. 1, Rec 1376/2012, 18-02-2013
PENSIÓN DE INCAPACIDAD PERMANENTE TOTAL-DERIVADA DE ENFERMEDAD PROFESIONAL- CAUSADA DESPUÉS DE ENTRAR EN VIGOR LA LEY 51/2007 ENTIDAD RESPONSABLE DEL PAGO: EL INSS Y NO LA MUTUA. REITERA DOCTRINA STS 15/1/03 (R. 1152/12).
Sentencia Social Nº 1380/2008, TSJ Galicia, Rec 4966/2007, 06-05-2008
INCAPACIDAD PERMANENTE
Sentencia Social Nº 2853/2008, TSJ Galicia, Rec 2991/2005, 21-07-2008
OTROS DCHOS. SEG.SOCIAL
Sentencia Social TS, 15-03-2005
Régimen Especial de la Minería del Carbón.
Pensionista de incapacidad permanente total por silicosis que
obtuvo después, al amparo del artículo 22 de la OM de
3 de abril de 1.973, la jubilación en aquél
régimen. Estando en situación de jubilado, pretende
la revisión por agravación de su incapacidad para
obtener una absoluta. No procede. El artículo 103 del
Reglamento de Enfermedades Profesionales (O de 9 de mayo de 1.962)
no lo autoriza. Reitera doctrina. Número de Recurso:
130
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Enfermedad profesional
Sentencia Social TS, Sala de lo Social, Sec. 1, Rec 2308/2014, 26-05-2015
Incapacidad permanente total derivada de contingencias profesionales. Trabajador de construcción naval que cesó en el trabajo realizado con exposición a la inhalación de asbesto y manipulación de material con amianto. Terminó su actividad por prejubilación, el 1-7-1988 y alcanzó la jubilación definitiva el 31-12-1998. Solicitada la incapacidad permanente total se emitió informe médico, negando la situación de incapacidad. Para el análisis de la existencia del derecho al percibo de esa prestación
Sentencia Social TS, Sala de lo Social, Sec. 1, Rec 749/2014, 04-03-2015
INCAPACIDAD PERMANENTE POR ENFERMEDAD PROFESIONAL, EN CAUSA A CONTACTO CON AMIANTO EN LA ACTIVIDAD LABORAL. SE DESESTIMA EL RECURSO POR DEFECTUOSA FORMULACIÓN -INEXISTENTE RELACIÓN CIRCUNSTANCIADA Y AUSENTE FUNDAMENTACIÓN DE LA INFRACCIÓN- Y POR FALTA DE CONTRADICCIÓN.
Sentencia Social TS, Sala de lo Social, Sec. 1, Rec 1376/2012, 18-02-2013
PENSIÓN DE INCAPACIDAD PERMANENTE TOTAL-DERIVADA DE ENFERMEDAD PROFESIONAL- CAUSADA DESPUÉS DE ENTRAR EN VIGOR LA LEY 51/2007 ENTIDAD RESPONSABLE DEL PAGO: EL INSS Y NO LA MUTUA. REITERA DOCTRINA STS 15/1/03 (R. 1152/12).
Sentencia Social Nº 1380/2008, TSJ Galicia, Rec 4966/2007, 06-05-2008
INCAPACIDAD PERMANENTE
Sentencia Social Nº 2853/2008, TSJ Galicia, Rec 2991/2005, 21-07-2008
OTROS DCHOS. SEG.SOCIAL
Sentencia Social TS, 15-03-2005
Régimen Especial de la Minería del Carbón.
Pensionista de incapacidad permanente total por silicosis que
obtuvo después, al amparo del artículo 22 de la OM de
3 de abril de 1.973, la jubilación en aquél
régimen. Estando en situación de jubilado, pretende
la revisión por agravación de su incapacidad para
obtener una absoluta. No procede. El artículo 103 del
Reglamento de Enfermedades Profesionales (O de 9 de mayo de 1.962)
no lo autoriza. Reitera doctrina. Número de Recurso:
130