Jurisprudencia sobre Despacho de la ejecución.
Filtros
Ponente
Marco, Amelia Mateo
Rodriguez Gonzalez, Maria Begoña
Holgado Madruga, Federico
Rico Rajo, Paulino
Valdes Garrido, Francisco Javier
Tipo de sentencia
Auto
Sentencia
Acuerdo de Sala
Auto aclaratorio
CUMPLIMIENTO OBLIGACIONES
46250340012009100591 Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Social Sede: Valencia Sección: 1 Nº de Resolución: 57/2009 Fecha de Resolución: 15/01/2009 Nº de Recurso: 3905/2008 Jurisdicción: Social Ponente: JOSE FLORS MATIES Procedimiento: SOCIAL Tipo de Resolución: Sentencia
La AP desestima el recurso de apelación interpuesto por los actores frente a la sentencia, que deniega el despacho de ejecución solicitado por éstos. No concurren los presupuestos materiales que se exigen en el art. 551.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, esto es que los actos de ejecución que se solicitan no son conformes con la naturaleza y contenido del titulo, por lo que ha de reputarse correctamente denegada la ejecución solicitada por la parte ahora recurrente y ello
Empresa en concurso. Despacho de ejecución singular por el Juzgado de lo Social con posterioridad a la aprobación del convenio de acreedores. Procedencia.
CUMPLIMIENTO OBLIGACIONES
46250340012009100591 Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Social Sede: Valencia Sección: 1 Nº de Resolución: 57/2009 Fecha de Resolución: 15/01/2009 Nº de Recurso: 3905/2008 Jurisdicción: Social Ponente: JOSE FLORS MATIES Procedimiento: SOCIAL Tipo de Resolución: Sentencia
La AP desestima el recurso de apelación interpuesto por los actores frente a la sentencia, que deniega el despacho de ejecución solicitado por éstos. No concurren los presupuestos materiales que se exigen en el art. 551.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, esto es que los actos de ejecución que se solicitan no son conformes con la naturaleza y contenido del titulo, por lo que ha de reputarse correctamente denegada la ejecución solicitada por la parte ahora recurrente y ello
Empresa en concurso. Despacho de ejecución singular por el Juzgado de lo Social con posterioridad a la aprobación del convenio de acreedores. Procedencia.