Jurisprudencia sobre Daños causados por productos defectuosos.
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Daños y perjuicios
Responsabilidad
Sociedad de responsabilidad limitada
Defensa de consumidores y usuarios
Accidente
Sentido del fallo
Desestima
Estima
Estima parcialmente
Condena
Orden
Civil
Supranacional
Administrativo
Social
Constitucional
Ponente
Marin Fernandez, Antonio
Seijas Quintana, Jose Antonio
Oyarbide De La Torre, Zigor
Segui Puntas, Jordi
Alvarez-ossorio Benitez, Margarita
Tipo de sentencia
Sentencia
Auto
Acuerdo de Sala
Otros
Tribunal
Petición de decisión prejudicial: Oberster Gerichtshof - Austria. # Procedimiento prejudicial - Competencia judicial en materia civil y mercantil - Reglamento (CE) nº 44/2001 - Responsabilidad por los daños causados por productos defectuosos - Mercancía producida en un Estado miembro y vendida en otro Estado miembro - Interpretación del concepto de "lugar donde se hubiere producido o pudiere producirse el hecho dañoso" - Lugar del hecho causal.
Doctrina:Sujecki, Bartosz: Art. 5 Nr. 3 Eu
Se estima el recurso de casación interpuesto contra la sentencia dictada por la Sección 1ª de la Audiencia Provincial de Vitoria sobre reclamación de cantidad por lesiones producidas por productos defectuosos. La Sala determina que la puerta de vidrio del horno llegaba a superar la temperatura máxima prevista al homologarse el modelo, no considerándose probado que el horno cumpliera las condiciones de seguridad que eran exigibles teniendo en cuenta la naturaleza y finalidad del producto, pe
MATERIAS NO ESPECIFICADAS
Se desestima el recurso de apelación contra la sentencia estimatoria dictada por el Juzgado de Primera Instancia nº 4 Córdoba, sobre reclamación de cantidad. Estando acreditada, mediante la prueba practicada, la rotura del compresor y descomposición de los alimentos que se deriva de una subida de tensión, acción y omisión imputada a la entidad demandada como suministradora, corresponde la carga de la prueba a dicha entidad ya que si hablamos de responsabilidad civil por los daños causados por
Se estima el recurso de apelación interpuesto contra sentencia estimatoria del Juzgado de 1ª instancia nº1 de Cerdanyola en materia de responsabilidad civil. El tribunal, tras descartarse negligencia por parte de los usuarios del frigorífico, establece: que quien debe responder es el fabricante, en su defecto el importador y sólo subsidariamente el distribuidor. La ley exonera de responsabilidad al distribuidor si se acredita que puso en conocimiento del consumidor los datos del fabricante
La Audiencia Provincial desestima el recurso de apelación interpuesto contra sentencia dictada en autos promovidos sobre reclamación de cantidad derivada de daños en electrodomésticos por sobretensión en el suministro de energía eléctrica. El Juzgado de Primera Instancia estimó la demanda y condenó a la demandada a abonar cantidad. La prueba pericial practicada se considera suficiente a efectos de acreditar aquella culpabilidad al no haberse desvirtuado el informe que justifica la causa de la
La Audiencia Provincial de Cáceres estima el recurso de apelación del demandado sobre reclamación de cantidad; ante la acción ejercitada, responsabilidad extracontractual, la Sala señala que el único título por virtud del cual puede imputarse a la demandada la responsabilidad civil que se postula en la demanda es el carácter defectuoso del producto y, si la Ley de Responsabilidad Civil por Daños causados por Productos Defectuosos encaja en la pretensión ejercitada como normativa legal genuina
Petición de decisión prejudicial: Oberster Gerichtshof - Austria. # Procedimiento prejudicial - Competencia judicial en materia civil y mercantil - Reglamento (CE) nº 44/2001 - Responsabilidad por los daños causados por productos defectuosos - Mercancía producida en un Estado miembro y vendida en otro Estado miembro - Interpretación del concepto de "lugar donde se hubiere producido o pudiere producirse el hecho dañoso" - Lugar del hecho causal.
Doctrina:Sujecki, Bartosz: Art. 5 Nr. 3 Eu
Se estima el recurso de casación interpuesto contra la sentencia dictada por la Sección 1ª de la Audiencia Provincial de Vitoria sobre reclamación de cantidad por lesiones producidas por productos defectuosos. La Sala determina que la puerta de vidrio del horno llegaba a superar la temperatura máxima prevista al homologarse el modelo, no considerándose probado que el horno cumpliera las condiciones de seguridad que eran exigibles teniendo en cuenta la naturaleza y finalidad del producto, pe
MATERIAS NO ESPECIFICADAS
Se desestima el recurso de apelación contra la sentencia estimatoria dictada por el Juzgado de Primera Instancia nº 4 Córdoba, sobre reclamación de cantidad. Estando acreditada, mediante la prueba practicada, la rotura del compresor y descomposición de los alimentos que se deriva de una subida de tensión, acción y omisión imputada a la entidad demandada como suministradora, corresponde la carga de la prueba a dicha entidad ya que si hablamos de responsabilidad civil por los daños causados por
Se estima el recurso de apelación interpuesto contra sentencia estimatoria del Juzgado de 1ª instancia nº1 de Cerdanyola en materia de responsabilidad civil. El tribunal, tras descartarse negligencia por parte de los usuarios del frigorífico, establece: que quien debe responder es el fabricante, en su defecto el importador y sólo subsidariamente el distribuidor. La ley exonera de responsabilidad al distribuidor si se acredita que puso en conocimiento del consumidor los datos del fabricante
La Audiencia Provincial desestima el recurso de apelación interpuesto contra sentencia dictada en autos promovidos sobre reclamación de cantidad derivada de daños en electrodomésticos por sobretensión en el suministro de energía eléctrica. El Juzgado de Primera Instancia estimó la demanda y condenó a la demandada a abonar cantidad. La prueba pericial practicada se considera suficiente a efectos de acreditar aquella culpabilidad al no haberse desvirtuado el informe que justifica la causa de la
La Audiencia Provincial de Cáceres estima el recurso de apelación del demandado sobre reclamación de cantidad; ante la acción ejercitada, responsabilidad extracontractual, la Sala señala que el único título por virtud del cual puede imputarse a la demandada la responsabilidad civil que se postula en la demanda es el carácter defectuoso del producto y, si la Ley de Responsabilidad Civil por Daños causados por Productos Defectuosos encaja en la pretensión ejercitada como normativa legal genuina