Jurisprudencia sobre Condominio.
Filtros
Sentido del fallo
Desestima
Estima
Estima parcialmente
Condena
Orden
Civil
Supranacional
Constitucional
Ponente
Bayo Delgado, Joaquin
Ortuño Muñoz, Jose Pascual
Artola Fernandez, Miguel Alvaro
Cuenca Garcia, Leonor Angeles
Gonzalez Floriano, Antonio Maria
Tipo de sentencia
Sentencia
Auto
Acuerdo de Sala
Conclusiones
El TS desestima el recurso de casación de la parte demandada. La Sala señala que los actos de disposición de la finca para los que, el artículo 394 del Código, impide el uso exclusivo por uno o varios cotitulares, declarando la doctrina jurisprudencial el condicionamiento del derecho de cualquier comuneros, a que su actuación no perjudique a los restantes partícipes, cuyo consentimiento unánime se precisa para cualquier alteración en la cosa común.
Desahucio por precario instado después de la sentencia de separación, por la copropietaria del piso que ocupa la demandada en virtud de la sentencia, casada con el otro copropietario. Interés casacional por ser contraria la sentencia recurrida a la jurisprudencia de esta Sala y existir jurisprudencia discrepante en las Audiencias Provinciales: no se estima por existir jurisprudencia anterior de esta Sala.
MATERIAS NO ESPECIFICADAS
OTRAS MATERIAS DERECHOS REALES
El TS desestima el recurso de casación de la parte demandada. La Sala señala que los actos de disposición de la finca para los que, el artículo 394 del Código, impide el uso exclusivo por uno o varios cotitulares, declarando la doctrina jurisprudencial el condicionamiento del derecho de cualquier comuneros, a que su actuación no perjudique a los restantes partícipes, cuyo consentimiento unánime se precisa para cualquier alteración en la cosa común.
Desahucio por precario instado después de la sentencia de separación, por la copropietaria del piso que ocupa la demandada en virtud de la sentencia, casada con el otro copropietario. Interés casacional por ser contraria la sentencia recurrida a la jurisprudencia de esta Sala y existir jurisprudencia discrepante en las Audiencias Provinciales: no se estima por existir jurisprudencia anterior de esta Sala.
MATERIAS NO ESPECIFICADAS
OTRAS MATERIAS DERECHOS REALES