Jurisprudencia sobre Cobertura del seguro.
Filtros
Sentido del fallo
Desestima
Estima
Estima parcialmente
Condena
Orden
Civil
Supranacional
Constitucional
Ponente
Moreno Millan, Carlos
Larrosa Amante, Miguel Angel
Xiol Rios, Juan Antonio
Marin Castan, Francisco
Gutierrez Rodriguez-moldes, Antonio Juan
Tipo de sentencia
Sentencia
Auto
Acuerdo de Sala
Conclusiones
MATERIAS NO ESPECIFICADAS
MATERIAS NO ESPECIFICADAS
MATERIAS NO ESPECIFICADAS
MATERIAS NO ESPECIFICADAS
MATERIAS NO ESPECIFICADAS
El motivo invocado en el acto de la vista por la parte recurrente no puede ser estimado; dicho motivo se ampara en la errónea estimación por el juzgador de instancia de que la cobertura de riesgos asegurada se limitaba a la incluida en la póliza individual marítima, no considerando, por tanto, que el demandante tuviese la condición de tercero, lo que le integraría en la cobertura de la responsabilidad civil, con un techo máximo de 25.000.000 de pesetas. La compañía asegur
MATERIAS NO ESPECIFICADAS
De la prueba practicada se colige que la colisión entre
el vehículo articulado antes mencionado y el MERCEDES-BENZ y de semejantes
características, tiene lugar porque este último no guarda la preceptiva
distancia de seguridad con el que le antecede circulando por la
MATERIAS NO ESPECIFICADAS
MATERIAS NO ESPECIFICADAS
MATERIAS NO ESPECIFICADAS
MATERIAS NO ESPECIFICADAS
MATERIAS NO ESPECIFICADAS
El motivo invocado en el acto de la vista por la parte recurrente no puede ser estimado; dicho motivo se ampara en la errónea estimación por el juzgador de instancia de que la cobertura de riesgos asegurada se limitaba a la incluida en la póliza individual marítima, no considerando, por tanto, que el demandante tuviese la condición de tercero, lo que le integraría en la cobertura de la responsabilidad civil, con un techo máximo de 25.000.000 de pesetas. La compañía asegur
MATERIAS NO ESPECIFICADAS
De la prueba practicada se colige que la colisión entre
el vehículo articulado antes mencionado y el MERCEDES-BENZ y de semejantes
características, tiene lugar porque este último no guarda la preceptiva
distancia de seguridad con el que le antecede circulando por la