Jurisprudencia sobre Cesión ilegal de trabajadores.
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Orden
Social
Constitucional
Supranacional
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Cea Ayala, Benedicto
Diaz Alonso, Maria Elena
Juanes Fraga, Enrique
Ruiz Pontones, Manuel
Lacambra Morera, Luis
Tipo de sentencia
Sentencia
Auto
Auto aclaratorio
Búsqueda: Voces
Cesión ilegal de trabajadores
Sentencia SOCIAL Nº 709/2020, TS, Sala de lo Social, Sec. 1, Rec 3922/2017, 23-07-2020
Cesión ilícita de trabajadores. No concurre contradicción con la sentencia de contraste, porque allí la empresa desplegó efectivamente su propia organización empresarial, a diferencia de la sentencia recurrida. Reitera doctrina STS 12/03/2020, rcud 3635/2017.
Sentencia SOCIAL Nº 615/2020, TS, Sala de lo Social, Sec. 1, Rec 14/2019, 08-07-2020
IMPUGNACIÓN DE RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA- SANCIÓN. COBRA INSTALACIONES Y SERVICIOS SA, sanción por cesión ilegal de mano de obra.Caducidad del expediente administrativo: No se ha producido.Cesión ilegal: No se aprecia.
Sentencia SOCIAL Nº 579/2020, TS, Sala de lo Social, Rec 1906/2018, 02-07-2020
AENA AEROPUERTOS SA. Trabajadores indefinidos no fijos. Aplicación de esta figura jurídica a las sociedades mercantiles estatales, en caso de sucesión irregular de contratos temporales. Sigue criterio expresado en rcud 1911/18 deliberado en el mismo pleno. Rectificando doctrina. Voto particular.-
Sentencia SOCIAL Nº 662/2020, TS, Sala de lo Social, Sec. 1, Rec 733/2018, 16-07-2020
Despido improcedente. Determinación del salario regulador, habiéndose declarado la existencia de cesión ilegal de trabajadores. Se plantea si el salario a tener en cuenta para el cálculo de la indemnización y en su caso los salarios de tramitación es el de la empresa cedente, o el de la empresa cesionaria, por la que han optado los trabajadores. Se estima el recurso formulado por los trabajadores.
Sentencia SOCIAL Nº 362/2020, TS, Sala de lo Social, Sec. 1, Rec 2494/2017, 19-05-2020
TRAGSA. Acceso al recurso de suplicación. CESIÓN ILEGAL DE TRABAJADORES: es posible el ejercicio de la acción, aunque no subsista la cesión, cuando lo que se pretende es que se reconozca, a efectos de antigüedad, el tiempo de servicios prestados para su actual empresa como empleado cedido ilegalmente por una tercera empresa. Reitera doctrina STS 546/2018, de 17 de mayo de, Rcud. 4153/2016.
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Cesión ilegal de trabajadores
Sentencia SOCIAL Nº 709/2020, TS, Sala de lo Social, Sec. 1, Rec 3922/2017, 23-07-2020
Cesión ilícita de trabajadores. No concurre contradicción con la sentencia de contraste, porque allí la empresa desplegó efectivamente su propia organización empresarial, a diferencia de la sentencia recurrida. Reitera doctrina STS 12/03/2020, rcud 3635/2017.
Sentencia SOCIAL Nº 615/2020, TS, Sala de lo Social, Sec. 1, Rec 14/2019, 08-07-2020
IMPUGNACIÓN DE RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA- SANCIÓN. COBRA INSTALACIONES Y SERVICIOS SA, sanción por cesión ilegal de mano de obra.Caducidad del expediente administrativo: No se ha producido.Cesión ilegal: No se aprecia.
Sentencia SOCIAL Nº 579/2020, TS, Sala de lo Social, Rec 1906/2018, 02-07-2020
AENA AEROPUERTOS SA. Trabajadores indefinidos no fijos. Aplicación de esta figura jurídica a las sociedades mercantiles estatales, en caso de sucesión irregular de contratos temporales. Sigue criterio expresado en rcud 1911/18 deliberado en el mismo pleno. Rectificando doctrina. Voto particular.-
Sentencia SOCIAL Nº 662/2020, TS, Sala de lo Social, Sec. 1, Rec 733/2018, 16-07-2020
Despido improcedente. Determinación del salario regulador, habiéndose declarado la existencia de cesión ilegal de trabajadores. Se plantea si el salario a tener en cuenta para el cálculo de la indemnización y en su caso los salarios de tramitación es el de la empresa cedente, o el de la empresa cesionaria, por la que han optado los trabajadores. Se estima el recurso formulado por los trabajadores.
Sentencia SOCIAL Nº 362/2020, TS, Sala de lo Social, Sec. 1, Rec 2494/2017, 19-05-2020
TRAGSA. Acceso al recurso de suplicación. CESIÓN ILEGAL DE TRABAJADORES: es posible el ejercicio de la acción, aunque no subsista la cesión, cuando lo que se pretende es que se reconozca, a efectos de antigüedad, el tiempo de servicios prestados para su actual empresa como empleado cedido ilegalmente por una tercera empresa. Reitera doctrina STS 546/2018, de 17 de mayo de, Rcud. 4153/2016.