Jurisprudencia por Cano Murillo, Alicia.
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Incapacidad permanente absoluta
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Valoración de la prueba
Incapacidad permanente
Sentido del fallo
Desestima
Estima
Estima parcialmente
Condena
Orden
Social
Administrativo
Ponente
Cano Murillo, Alicia
Tipo de sentencia
Sentencia
Auto
Auto aclaratorio
Acuerdo de Sala
Tribunal
TSJ Extremadura
JD Alicante/Alacant
Accidente de trabajo: responsabilidad civil del empresario: prescripción:
Se trata en esta sentencia de la concreción del dies a quo del plazo de prescripción a que está sometida la acción para la reclamación de responsabilidad civil del empresario por accidente de trabajo. El Juzgador de instanc
Despido improcedente: intento de extinción por jubilación del empresario siete años después de producirse ésta. El actor recibió carta de su empresario según la cual se procedía a extinguir su contrato por jubilación del empresario. Este se había jubilado en el Régimen de Autónomos en 1990 y la causa extintiva la alega en 1997, por ello el cese se califica como despido improcedente porque es indiscutible que los siete años que en el caso de autos han transcurrido entre la jubilación y el cie
/srv/alfresco/importar_alfresco/sentencias_juntas/xml_nuevo/5/resumen/59026.html no existe
EXTINCIÓN CONTRATO TEMPORAL
Accidente de trabajo: responsabilidad civil del empresario: prescripción:
Se trata en esta sentencia de la concreción del dies a quo del plazo de prescripción a que está sometida la acción para la reclamación de responsabilidad civil del empresario por accidente de trabajo. El Juzgador de instanc
Despido improcedente: intento de extinción por jubilación del empresario siete años después de producirse ésta. El actor recibió carta de su empresario según la cual se procedía a extinguir su contrato por jubilación del empresario. Este se había jubilado en el Régimen de Autónomos en 1990 y la causa extintiva la alega en 1997, por ello el cese se califica como despido improcedente porque es indiscutible que los siete años que en el caso de autos han transcurrido entre la jubilación y el cie
/srv/alfresco/importar_alfresco/sentencias_juntas/xml_nuevo/5/resumen/59026.html no existe
EXTINCIÓN CONTRATO TEMPORAL