Jurisprudencia sobre Caída en la vía pública.
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Daños y perjuicios
Aceras
Causalidad
Caída en la vía pública
Responsabilidad patrimonial de la Administración Pública
Sentido del fallo
Desestima
Estima
Estima parcialmente
Se inadmite
Orden
Administrativo
Constitucional
Ponente
Garcia Alonso, Miguel Angel
Barrachina Juan, Eduardo
Pita Rasilla, María Fermina
Herrero Muñoz-cobo, Joaquin
Abelleira Rodriguez, Maria
Tipo de sentencia
Sentencia
Auto
Tribunal
TSJ Cataluña
TSJ Comunidad Valenciana
TSJ Madrid
Juzgado de lo Contencioso Administrativo Bilbao
TSJ Asturias
RESPONS. PATRIMONIAL DE LA ADMON.
Se desestima el recurso contencioso-administrativo interpuesto contra el Ayuntamiento de Barcelona, en reclamación de indemnización por daños sufridos por la recurrente. Según doctrina jurisprudencial cabe establecer la responsabilidad directa de la Administración aún en el caso de que los perjuicios se produjeran en el ámbito de un servicio público concedido, obviamente ello no excusa de que se precise la concurrencia de los presupuestos que determinan tal declaración, y entre ellos la relac
Se desestima el recurso contencioso administrativo interpuesto contra la resolución del Ayuntamiento de Barcelona sobre responsabilidad patrimonial por los daños sufridos a consecuencia de una caída en la vía pública. La Sala estima que no basta con afirmar que la acera no es regular o se halla en mal estado para apreciar la existencia de la responsabilidad patrimonial, por cuanto dicha responsabilidad sólo surge cuando el obstáculo en la calle supera lo que es el normal límite de atención ex
Se desestima el recurso contencioso administrativo interpuesto contra el Ayuntamiento de Barcelona sobre responsabilidad patrimonial por los daños sufridos a consecuencia de una caída en la vía pública. La recurrente sufrió una caída en la acera debido al lamentable estado de dos baldosas del pavimento. Pero la Sala no tiene un elemento fáctico suficiente para establecer la necesaria relación de causalidad entre tales daños y el funcionamiento del servicio público, dada la falta de identifica
RESPONS. PATRIMONIAL DE LA ADMON.
Se desestima el recurso contencioso-administrativo interpuesto contra el Ayuntamiento de Barcelona, en reclamación de indemnización por daños sufridos por la recurrente. Según doctrina jurisprudencial cabe establecer la responsabilidad directa de la Administración aún en el caso de que los perjuicios se produjeran en el ámbito de un servicio público concedido, obviamente ello no excusa de que se precise la concurrencia de los presupuestos que determinan tal declaración, y entre ellos la relac
Se desestima el recurso contencioso administrativo interpuesto contra la resolución del Ayuntamiento de Barcelona sobre responsabilidad patrimonial por los daños sufridos a consecuencia de una caída en la vía pública. La Sala estima que no basta con afirmar que la acera no es regular o se halla en mal estado para apreciar la existencia de la responsabilidad patrimonial, por cuanto dicha responsabilidad sólo surge cuando el obstáculo en la calle supera lo que es el normal límite de atención ex
Se desestima el recurso contencioso administrativo interpuesto contra el Ayuntamiento de Barcelona sobre responsabilidad patrimonial por los daños sufridos a consecuencia de una caída en la vía pública. La recurrente sufrió una caída en la acera debido al lamentable estado de dos baldosas del pavimento. Pero la Sala no tiene un elemento fáctico suficiente para establecer la necesaria relación de causalidad entre tales daños y el funcionamiento del servicio público, dada la falta de identifica