Jurisprudencia sobre Arras.
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Arras
Sociedad de responsabilidad limitada
Contrato de compraventa
Arras penitenciales
Resolución de los contratos
Sentido del fallo
Desestima
Estima
Estima parcialmente
Se inadmite
Orden
Civil
Supranacional
Constitucional
Ponente
Cerdan Villalba, Maria Pilar Eugenia
Cremades Morant, Juan Bautista
Valdivieso Polaino, Jose Luis
Font Marquina, Marta
Pereda Gamez, Francisco Javier
Tipo de sentencia
Sentencia
Auto
Acuerdo de Sala
Se desestima el recurso de apelación interpuesto contra la Sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia nº 2 de los de Vilafranca del Penedès, sobre compraventa con arras. La Sala entiende, que la compradora no pudo ceder su derecho de compraventa a un tercero, ya que quedó extinguido el contrato de arras penitenciales, ante el incumplimiento por su parte, al no poder formalizar la escritura pública por falta de liquidez para el buen fin de la operación.
Se desestima el recurso de apelación interpuesto contra la Sentencia del Juzgado de 1ª Instancia nº 6 de Badalona, que estimó en parte la demanda en materia de resolución del contrato de compraventa de inmueble. En este caso, existen indicios suficientes de que el vendedor no ofreció toda la información sobre las limitaciones urbanísticas del "estudio". Aunque el contrato diga que no tiene cédula de habitabilidad, como bien recoge la sentencia recurrida, se entregó una memoria d
Se desestima el recurso de apelación interpuesto frente a la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia número 2 de Vic, en procedimiento de reclamación de cantidad en solicitud de devolución de arras entregadas en un contrato de compraventa, que se resolvió por los compradoras ya que la vivienda estaba afectada por termitas en las vigas de madera. La Sala confirma en su integridad la sentencia de instancia, al considerar acreditado que existía causa suficiente para q
Se desestima el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Rubi, sobre intermediación inmobiliaria. La Sala entiende que la intermediación que dice haber hecho el actor no fue efectiva por causa imputable al vendedor, luego, si éste vende a los mismos compradores que le presentó la agencia, y lo hace por vía desligada de la inmobiliaria, nada puede reclamar de ellos. En este caso, la compraventa se celebró gracias a l
Se desestima el recurso de apelación interpuesto contra la Sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia nº 2 de los de Vilafranca del Penedès, sobre compraventa con arras. La Sala entiende, que la compradora no pudo ceder su derecho de compraventa a un tercero, ya que quedó extinguido el contrato de arras penitenciales, ante el incumplimiento por su parte, al no poder formalizar la escritura pública por falta de liquidez para el buen fin de la operación.
Se desestima el recurso de apelación interpuesto contra la Sentencia del Juzgado de 1ª Instancia nº 6 de Badalona, que estimó en parte la demanda en materia de resolución del contrato de compraventa de inmueble. En este caso, existen indicios suficientes de que el vendedor no ofreció toda la información sobre las limitaciones urbanísticas del "estudio". Aunque el contrato diga que no tiene cédula de habitabilidad, como bien recoge la sentencia recurrida, se entregó una memoria d
Se desestima el recurso de apelación interpuesto frente a la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia número 2 de Vic, en procedimiento de reclamación de cantidad en solicitud de devolución de arras entregadas en un contrato de compraventa, que se resolvió por los compradoras ya que la vivienda estaba afectada por termitas en las vigas de madera. La Sala confirma en su integridad la sentencia de instancia, al considerar acreditado que existía causa suficiente para q
Se desestima el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Rubi, sobre intermediación inmobiliaria. La Sala entiende que la intermediación que dice haber hecho el actor no fue efectiva por causa imputable al vendedor, luego, si éste vende a los mismos compradores que le presentó la agencia, y lo hace por vía desligada de la inmobiliaria, nada puede reclamar de ellos. En este caso, la compraventa se celebró gracias a l