Jurisprudencia por Aparicio Mateo, Ana Maria.
Filtros
Voces
Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas
Impuesto sobre el Valor Añadido
Liquidaciones tributarias
Dominio público local
Impuesto sobre sociedades
Sentido del fallo
Desestima
Estima
Condena
Estima parcialmente
Orden
Administrativo
Civil
Ponente
Aparicio Mateo, Ana Maria
Tipo de sentencia
Sentencia
Tribunal
TSJ Cataluña
TSJ Madrid
AP - Tarragona
Audiencia Nacional
Se estima en parte el recurso contencioso administrativo interpuesto contra resolución desestimatoria del TEAR de Cataluña, sobre liquidación por el Impuesto sobre sociedades e imposición de sanción. La Sala declara que, el presente caso, supone un supuesto razonablemente problemático en la interpretación de la normativa aplicable, atendidas las sucesivas reformas legales habidas en la materia y, particularmente, la modificación legal llevada a cabo en 1995, lo que, en concordan
Se desestima el recurso contencioso administrativo interpuesto contra resolución desestimatoria del TEAR de Cataluña, sobre liquidaciones por IVA y sanción tributaria. La Sala declara que ninguno de los datos resultantes de los cálculos y estimaciones efectuados por la Inspección han sido desvirtuados por el recurrente, por lo que ha de cobrar especial relevancia la presunción recogida en la normativa sobre la Inspección de los Tributos, habida cuenta de que el demandante no ha
Se estima el recurso contencioso-administrativo promovido contra la resolución del Tribunal Económico-Administrativo Regional de Cataluña, sobre infracción tributaria grave. La Sala declara la anulación de las actuaciones inspectoras ya que las pruebas fueron obtenidas ilícitamente, habida cuenta que la Inspección en el domicilio fiscal de la sociedad recurrente fue como consecuencia de la documentación obtenida en la Inspección del domicilio de la sociedad proveedora, única y e
Se estima el recurso contencioso-administrativo contra la resolución del Tribunal Económico-Administrativo Regional de Cataluña, sobre liquidación del Impuesto sobre Sociedades. En este caso, la Inspección llevada a cabo en el domicilio fiscal de recurrente fue como consecuencia de la documentación obtenida en la Inspección que tuvo lugar en el domicilio de la proveedora única y exclusiva de la recurrente, tal y como se desprende del informe, por lo que la Sala estima que proced
Se estima el recurso contencioso-administrativo contra la resolución del Tribunal Económico-Administrativo Regional de Cataluña, sobre deuda tributaria de grupo de empresas. En este caso, la Inspección llevada a cabo en el domicilio fiscal de la recurrente fue como consecuencia de la documentación obtenida en la Inspección que tuvo lugar en el domicilio de la proveedora única y exclusiva de la recurrente, tal y como se desprende del informe, por lo que la Sala estima que procede
Se desestima el recurso contencioso administrativo contra la resolución del Tribunal Económico- Administrativo Regional de Cataluña, desestimatoria de la reclamación económico-administrativa por la que se imponían sanciones tributarias. Procede concluir que se han cumplido en este caso las previsiones legalmente establecidas para la validez de la notificación de que se trata ya que se practicó en el domicilio designado por el interesado, en presencia del conserje de la finca, j
Se estima en parte el recurso contencioso administrativo interpuesto contra resolución desestimatoria del TEAR de Cataluña, sobre liquidación por el Impuesto sobre sociedades e imposición de sanción. La Sala declara que, el presente caso, supone un supuesto razonablemente problemático en la interpretación de la normativa aplicable, atendidas las sucesivas reformas legales habidas en la materia y, particularmente, la modificación legal llevada a cabo en 1995, lo que, en concordan
Se desestima el recurso contencioso administrativo interpuesto contra resolución desestimatoria del TEAR de Cataluña, sobre liquidaciones por IVA y sanción tributaria. La Sala declara que ninguno de los datos resultantes de los cálculos y estimaciones efectuados por la Inspección han sido desvirtuados por el recurrente, por lo que ha de cobrar especial relevancia la presunción recogida en la normativa sobre la Inspección de los Tributos, habida cuenta de que el demandante no ha
Se estima el recurso contencioso-administrativo promovido contra la resolución del Tribunal Económico-Administrativo Regional de Cataluña, sobre infracción tributaria grave. La Sala declara la anulación de las actuaciones inspectoras ya que las pruebas fueron obtenidas ilícitamente, habida cuenta que la Inspección en el domicilio fiscal de la sociedad recurrente fue como consecuencia de la documentación obtenida en la Inspección del domicilio de la sociedad proveedora, única y e
Se estima el recurso contencioso-administrativo contra la resolución del Tribunal Económico-Administrativo Regional de Cataluña, sobre liquidación del Impuesto sobre Sociedades. En este caso, la Inspección llevada a cabo en el domicilio fiscal de recurrente fue como consecuencia de la documentación obtenida en la Inspección que tuvo lugar en el domicilio de la proveedora única y exclusiva de la recurrente, tal y como se desprende del informe, por lo que la Sala estima que proced
Se estima el recurso contencioso-administrativo contra la resolución del Tribunal Económico-Administrativo Regional de Cataluña, sobre deuda tributaria de grupo de empresas. En este caso, la Inspección llevada a cabo en el domicilio fiscal de la recurrente fue como consecuencia de la documentación obtenida en la Inspección que tuvo lugar en el domicilio de la proveedora única y exclusiva de la recurrente, tal y como se desprende del informe, por lo que la Sala estima que procede
Se desestima el recurso contencioso administrativo contra la resolución del Tribunal Económico- Administrativo Regional de Cataluña, desestimatoria de la reclamación económico-administrativa por la que se imponían sanciones tributarias. Procede concluir que se han cumplido en este caso las previsiones legalmente establecidas para la validez de la notificación de que se trata ya que se practicó en el domicilio designado por el interesado, en presencia del conserje de la finca, j