Jurisprudencia sobre Antecedentes penales.
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Antecedentes penales
Sentencia Penal Nº 366/2018, AP - Madrid, Sec. 15, Rec 705/2018, 12-06-2018
PRIMERO .- Motivos de impugnación Dos son los motivos de impugnación.1º Error en la valoración de la prueba En resumen, alega vulneración de su derecho a la presunción de inocencia y del principio in dubio pro reo porque no consta que la medida de alejamiento estuviera en vigor el 19 de octubre al no aportarse certificación del juzgado en tal sentido que lo ponga de manifiesto.Además -añade el recurso- el contenido del mensaje remitido por el móvil no contiene amenaza alguna
Sentencia Penal Nº 12/2018, AP - Ceuta, Sec. 6, Rec 31/2017, 05-02-2018
TRAF.ILEGAL /INMIGRAC.CLANDESTINA
Sentencia Penal Nº 73/2018, AP - Murcia, Sec. 3, Rec 31/2018, 20-02-2018
ROBO CON FUERZA EN LAS COSAS
Sentencia Penal Nº 119/2018, AP - Las Palmas, Sec. 1, Rec 194/2018, 28-03-2018
PRIMERO: La pretensión impugnatoria actuada por la defensa del acusado Mario contra la sentencia condenatoria se basa en los siguientes motivos, que son:En primer lugar, en el motivo de infracción de los artículos 379-2 y 384-2 del CP , alegando el recurrente que no se ha aplicado la ley mas favorable al reo.Sostiene el apelante que la pena imponible en el caso enjuiciado según el artículo 379 es prisión de 3 a 6 meses, o multa de 6 a 12 meses o trabajos en beneficio de la comun
Sentencia Penal TSJ Cataluña, Sala de lo Civil y Penal, Sec. 1, Rec 10/2017, 06-07-2017
PRIMERO.- Se ratifican los declarados probados en la instancia, por ser conformes a Derecho.SEGUNDO.- Utilizando erróneamente el cauce impugnatorio previsto para la apelación en el procedimiento del Tribunal del Jurado, lo que no es óbice para el recurso se tenga por válidamente interpuesto, el recurrente denuncia, en primer lugar, el error en la valoración de la prueba padecido por el tribunal a quo , determinante de la vulneración del derecho fundamental a la presunción de
Sentencia Penal Nº 27/2018, AP - Madrid, Sec. 17, Rec 1618/2017, 17-01-2018
PRIMERO.- Recurre en apelación la Procuradora Sra. García Alcalá, en la representación procesal que ostenta de Eva , contra la sentencia de 26 de junio de 2017, dictada por el Juzgado de lo Penal nº 21 de los de esta villa de Madrid en la causa registrada en el mismo, como Juicio Rápido con el nº 264/2017 , que condenó a la antes mencionada Eva como autora criminalmente responsable de un delito de hurto del art.235.7 del <rel id="1948765" uri="http://poolparty.iberley.es/Legislacion/
Sentencia Penal Nº 227/2018, AP - Almeria, Sec. 3, Rec 48/2017, 04-05-2018
PRIMERO.- Habida cuenta que antes de practicarse la prueba en el juicio oral, se interesó por el Ministerio Fiscal y la defensa del acusado, con el asentimiento de éste último, que se dictara sentencia de conformidad con la calificación definitiva formulada por dicho Ministerio Público, con la modificación introducida en el juicio oral en tal escrito de acusación por su parte, según dispone el artículo 787 de la <rel id="2356982" uri="ht
Sentencia Penal Nº 377/2017, AP - Sevilla, Sec. 4, Rec 6149/2017, 24-07-2017
PRIMERO.- El recurso no es, desde luego, un modelo de claridad, sistemática y precisión, entremezclando y reiterando diversos motivos, de forma confusa, lo que obliga a la Sala a intentar diseccionar los distintos motivos parza darles respuesta.Así, en primer lugar parece que que cuestiona la imparcialidad del Juez de Instrucción y, de forma indirecta, también de la Magistrada que presidió el enjuiciamiento, lo que a decir del apelante determinaría la nulidad de todo lo actuado duran
Sentencia Penal Nº 55/2018, AP - Madrid, Sec. 29, Rec 1606/2017, 01-02-2018
PRIMERO.- En el recurso que se somete a la consideración de este Tribunal el apelante afirma que la sentencia dictada fue absolutoria debido el error de valoración de la prueba en el que incurrió el Magistrado de instancia.Al desarrollar el único motivo del recurso se hace referencia a que la causa debió tramitarse como Diligencias Previas, por ser necesario practicar diligencias de instrucción, mencionando la declaración de un testigo y recabar los antecedentes penales del acusado.
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Sentencia Penal Nº 366/2018, AP - Madrid, Sec. 15, Rec 705/2018, 12-06-2018
PRIMERO .- Motivos de impugnación Dos son los motivos de impugnación.1º Error en la valoración de la prueba En resumen, alega vulneración de su derecho a la presunción de inocencia y del principio in dubio pro reo porque no consta que la medida de alejamiento estuviera en vigor el 19 de octubre al no aportarse certificación del juzgado en tal sentido que lo ponga de manifiesto.Además -añade el recurso- el contenido del mensaje remitido por el móvil no contiene amenaza alguna
Sentencia Penal Nº 12/2018, AP - Ceuta, Sec. 6, Rec 31/2017, 05-02-2018
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Sentencia Penal Nº 73/2018, AP - Murcia, Sec. 3, Rec 31/2018, 20-02-2018
ROBO CON FUERZA EN LAS COSAS
Sentencia Penal Nº 119/2018, AP - Las Palmas, Sec. 1, Rec 194/2018, 28-03-2018
PRIMERO: La pretensión impugnatoria actuada por la defensa del acusado Mario contra la sentencia condenatoria se basa en los siguientes motivos, que son:En primer lugar, en el motivo de infracción de los artículos 379-2 y 384-2 del CP , alegando el recurrente que no se ha aplicado la ley mas favorable al reo.Sostiene el apelante que la pena imponible en el caso enjuiciado según el artículo 379 es prisión de 3 a 6 meses, o multa de 6 a 12 meses o trabajos en beneficio de la comun
Sentencia Penal TSJ Cataluña, Sala de lo Civil y Penal, Sec. 1, Rec 10/2017, 06-07-2017
PRIMERO.- Se ratifican los declarados probados en la instancia, por ser conformes a Derecho.SEGUNDO.- Utilizando erróneamente el cauce impugnatorio previsto para la apelación en el procedimiento del Tribunal del Jurado, lo que no es óbice para el recurso se tenga por válidamente interpuesto, el recurrente denuncia, en primer lugar, el error en la valoración de la prueba padecido por el tribunal a quo , determinante de la vulneración del derecho fundamental a la presunción de
Sentencia Penal Nº 27/2018, AP - Madrid, Sec. 17, Rec 1618/2017, 17-01-2018
PRIMERO.- Recurre en apelación la Procuradora Sra. García Alcalá, en la representación procesal que ostenta de Eva , contra la sentencia de 26 de junio de 2017, dictada por el Juzgado de lo Penal nº 21 de los de esta villa de Madrid en la causa registrada en el mismo, como Juicio Rápido con el nº 264/2017 , que condenó a la antes mencionada Eva como autora criminalmente responsable de un delito de hurto del art.235.7 del <rel id="1948765" uri="http://poolparty.iberley.es/Legislacion/
Sentencia Penal Nº 227/2018, AP - Almeria, Sec. 3, Rec 48/2017, 04-05-2018
PRIMERO.- Habida cuenta que antes de practicarse la prueba en el juicio oral, se interesó por el Ministerio Fiscal y la defensa del acusado, con el asentimiento de éste último, que se dictara sentencia de conformidad con la calificación definitiva formulada por dicho Ministerio Público, con la modificación introducida en el juicio oral en tal escrito de acusación por su parte, según dispone el artículo 787 de la <rel id="2356982" uri="ht
Sentencia Penal Nº 377/2017, AP - Sevilla, Sec. 4, Rec 6149/2017, 24-07-2017
PRIMERO.- El recurso no es, desde luego, un modelo de claridad, sistemática y precisión, entremezclando y reiterando diversos motivos, de forma confusa, lo que obliga a la Sala a intentar diseccionar los distintos motivos parza darles respuesta.Así, en primer lugar parece que que cuestiona la imparcialidad del Juez de Instrucción y, de forma indirecta, también de la Magistrada que presidió el enjuiciamiento, lo que a decir del apelante determinaría la nulidad de todo lo actuado duran
Sentencia Penal Nº 55/2018, AP - Madrid, Sec. 29, Rec 1606/2017, 01-02-2018
PRIMERO.- En el recurso que se somete a la consideración de este Tribunal el apelante afirma que la sentencia dictada fue absolutoria debido el error de valoración de la prueba en el que incurrió el Magistrado de instancia.Al desarrollar el único motivo del recurso se hace referencia a que la causa debió tramitarse como Diligencias Previas, por ser necesario practicar diligencias de instrucción, mencionando la declaración de un testigo y recabar los antecedentes penales del acusado.