Jurisprudencia por Agusti Julia, Jordi.
Filtros
Voces
Convenio colectivo
Sindicatos
Instituto Nacional de la Seguridad Social
Horas extraordinarias
Prestación de jubilación
Orden
Social
Penal
Civil
Administrativo
Ponente
Agusti Julia, Jordi
Tipo de sentencia
Sentencia
Auto
Tribunal
Tribunal Supremo
TSJ Cataluña
TS
TSJ Asturias
Tribunal Supremo. Sala de lo Social
Accidente no laboral: fallecimiento como consecuencia de suicidio; mejora voluntaria de la Seguridad Social.
Se discute si el fallecimiento como consecuencia de suicid
ACCIDENTE DE TRABAJO. ACTIVIDAD LABORAL EN EL MAR. Presunción. Se aplica a lesión sufrida por el trabajador, embarcado en buque, durante un período de descanso. VOTO PARTICULAR.
Se desestima el recurso de casación para la unificación de doctrina interpuesto por el Abogado del Estado contra la sentencia dictada por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla La Mancha, sobre complemento de antigüedad (trienios) de personal temporal. En principio, según el Convenio, los contratados laborales de carácter temporal únicamente tienen derecho al complemento de antigüedad si han completado tres años de servicios en el ámbito de un mismo c
Se estima el recurso de casación para la unificación de doctrina interpuesto contra sentencia de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, que declaró improcedente el despido de un trabajador en excedencia, condenando a la empresa a la readmision o indemnimzación, y al pago de salarios de tramitación. La Sala declara que no es posible condenar a la empresa al pago de los salarios de tramitación a que alude el art. 56-1-b) del <rel id="715709" uri="http://poolparty.iber
Atribución de una categoría profesional en virtud de Convenio colectivo extraestatutario que se revoca por la empresa, al entrar en vigor un nuevo convenio estatutario. El carácter extraestatutario del convenio no justifica la revocación. Las condiciones atribuidas e
La aplicación de la doctrina transcrita al presente caso impone la estimación del motivo, pues si bien es cierto que existe una baja indebida de la demandante por parte de la empresa demandada, lo que sin duda constituye un incumplimiento de sus obligaciones, y por ende una infracción administrativa, no es menos cierto, que la demandada ha cotizado en tiempo y forma durante todo el período de prestación de servicios de la trabajadora, obligación ésta, que sin duda es la fundamen
Accidente no laboral: fallecimiento como consecuencia de suicidio; mejora voluntaria de la Seguridad Social.
Se discute si el fallecimiento como consecuencia de suicid
ACCIDENTE DE TRABAJO. ACTIVIDAD LABORAL EN EL MAR. Presunción. Se aplica a lesión sufrida por el trabajador, embarcado en buque, durante un período de descanso. VOTO PARTICULAR.
Se desestima el recurso de casación para la unificación de doctrina interpuesto por el Abogado del Estado contra la sentencia dictada por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla La Mancha, sobre complemento de antigüedad (trienios) de personal temporal. En principio, según el Convenio, los contratados laborales de carácter temporal únicamente tienen derecho al complemento de antigüedad si han completado tres años de servicios en el ámbito de un mismo c
Se estima el recurso de casación para la unificación de doctrina interpuesto contra sentencia de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, que declaró improcedente el despido de un trabajador en excedencia, condenando a la empresa a la readmision o indemnimzación, y al pago de salarios de tramitación. La Sala declara que no es posible condenar a la empresa al pago de los salarios de tramitación a que alude el art. 56-1-b) del <rel id="715709" uri="http://poolparty.iber
Atribución de una categoría profesional en virtud de Convenio colectivo extraestatutario que se revoca por la empresa, al entrar en vigor un nuevo convenio estatutario. El carácter extraestatutario del convenio no justifica la revocación. Las condiciones atribuidas e
La aplicación de la doctrina transcrita al presente caso impone la estimación del motivo, pues si bien es cierto que existe una baja indebida de la demandante por parte de la empresa demandada, lo que sin duda constituye un incumplimiento de sus obligaciones, y por ende una infracción administrativa, no es menos cierto, que la demandada ha cotizado en tiempo y forma durante todo el período de prestación de servicios de la trabajadora, obligación ésta, que sin duda es la fundamen