Jurisprudencia sobre Administrador único.
Filtros
Voces
Ponente
Arribas Hernandez, Alberto
Marchena Gomez, Manuel
Plaza Gonzalez, Gregorio
Galgo Peco, Angel
Trinidad Santos, Maria Teresa
Tipo de sentencia
Sentencia
Auto
Auto aclaratorio
Acuerdo de Sala
Se desestima el Recurso de Suplicación interpuesto contra la Sentencia del Juzgado de lo Social número 10 de Valencia, sobre despido.
Se confirma la decisión de instancia que aprecia la excepcion de incompetencia del orden social para conocer la reclamación del ahora recurrente. Se indica que no existió relación laboral -sino más bien civil- ni despido, en una relación que se generó en calidad de colaborador externo para la promoción de una campaña publicitaria por la qu
El TSJ confirma la improcedencia de despido de trabajador recurrido en suplicación, al desestimar recurso interpuesto por la empresa demandada. La representación letrada de esta última reitera la alegación de excepción de incompetencia de jurisdicción, por ser mercantil y no laboral, la relación mantenida con el demandante. La Sala concluye que, pese al apoderamiento general otorgado al actor, por el Administrador único, no consta realizase actos de representación y defensa de
DESEMPLEO. ENCARGADO EN EMPRESA SOCIEDAD LIMITADA QUE ADEMAS ES ADMINISTRADOR ÚNICO DE LA MISMA, NO CONSTANDO QUE ESTA ULTIMA ACTIVIDAD FUESE RETRIBUIDA. PROCEDENCIA.
Reitera doctrina STS 17-05-1999 (Rud. 3046/1998) y 17-02-2009 (Rud. 739/2008).
Se desestima el Recurso de Suplicación interpuesto contra la Sentencia del Juzgado de lo Social número 10 de Valencia, sobre despido.
Se confirma la decisión de instancia que aprecia la excepcion de incompetencia del orden social para conocer la reclamación del ahora recurrente. Se indica que no existió relación laboral -sino más bien civil- ni despido, en una relación que se generó en calidad de colaborador externo para la promoción de una campaña publicitaria por la qu
El TSJ confirma la improcedencia de despido de trabajador recurrido en suplicación, al desestimar recurso interpuesto por la empresa demandada. La representación letrada de esta última reitera la alegación de excepción de incompetencia de jurisdicción, por ser mercantil y no laboral, la relación mantenida con el demandante. La Sala concluye que, pese al apoderamiento general otorgado al actor, por el Administrador único, no consta realizase actos de representación y defensa de
DESEMPLEO. ENCARGADO EN EMPRESA SOCIEDAD LIMITADA QUE ADEMAS ES ADMINISTRADOR ÚNICO DE LA MISMA, NO CONSTANDO QUE ESTA ULTIMA ACTIVIDAD FUESE RETRIBUIDA. PROCEDENCIA.
Reitera doctrina STS 17-05-1999 (Rud. 3046/1998) y 17-02-2009 (Rud. 739/2008).