Jurisprudencia sobre Actos de comunicación.
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Indefensión
Actos de comunicación
Representación procesal
Sociedad general de autores y editores
Derecho a la tutela judicial efectiva
Ponente
De La Peña Elias, Antonia
Garcia Alarcon, Maria Virginia
De Flores Rosas Carrion, Francisca Maria
Arenas Ibañez, Luis Gonzaga
Luis Gonzaga Arenas Ibañez
En el presente supuesto y según se desprende de la copia de la cédula de citación que se acompañó con el recurso, prueba que fue admitida en esta alzada, los recurrentes fueron citados para acudir al acto del juicio oral por una supuesta falta de impago de pensiones, falta que no se correspondía con la que ellos habían denunciado, no constando tampoco que al citársele se le hubiera entregado copia de la denuncia presentada, ni tampoco que se les notificara contra quien se seguían las actuacio
Se desestima el recurso de apelación contra la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Avilés, sobre reclamación de las rentas y otros conceptos devengados con motivo de la relación arrendaticia. Una consolidada doctrina elaborada por nuestro Tribunal Constitucional resalta la capitalidad de los actos de comunicación, cuanto más si son de notificación de la existencia del proceso y de personación, atribuyendo al medio de comunicación edictal un carácter marcadamente subs
IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES.- Gastos deducibles.- Sanción.- Culpabilidad.- Inadmisibilidad del recurso contencioso administrativo.- Extemporaneidad.-
Se declara la inadmisibilidad, por extemporáneo, del recurso contencioso-administrativo formulado contra resolución desestimatoria del Tribunal Económico-Administrativo Central, sobre impugnación de liquidación por el Impuesto sobre Sociedades e imposición de sanción.
<p style="textHa precisado el TC que no toda omisión o irregular realización del emplazamiento o citación personal del demandado entraña la vulneración del derecho a la tutela judicial, pues, desde la perspectiva de este derecho fundamental, la infracción de las normas que regulan los actos de comunicación procesal deben valorarse teniendo presentes las circunstancias del caso, entre las que destacan: los medios de los que el órgano judicial ha podido disponer para practicar y hacer efectivo el emplazamien
Se estima el recurso de apelación interpuesto contra Auto del Juzgado de Primera Instancia número 9 de Santa Cruz de Tenerife Auto, por el que se decreta el archivo de las actuaciones, remitiendo en su caso a la parte actora al procedimiento declarativo que corresponda. La Sala declara que a tenor del fundamento de derecho único del Auto apelado, en él se aplica erróneamente una norma propia y especial del proceso monitorio, como el artículo <rel id="436271_26356" uri="http://poolparty.iberle
En el presente supuesto y según se desprende de la copia de la cédula de citación que se acompañó con el recurso, prueba que fue admitida en esta alzada, los recurrentes fueron citados para acudir al acto del juicio oral por una supuesta falta de impago de pensiones, falta que no se correspondía con la que ellos habían denunciado, no constando tampoco que al citársele se le hubiera entregado copia de la denuncia presentada, ni tampoco que se les notificara contra quien se seguían las actuacio
Se desestima el recurso de apelación contra la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Avilés, sobre reclamación de las rentas y otros conceptos devengados con motivo de la relación arrendaticia. Una consolidada doctrina elaborada por nuestro Tribunal Constitucional resalta la capitalidad de los actos de comunicación, cuanto más si son de notificación de la existencia del proceso y de personación, atribuyendo al medio de comunicación edictal un carácter marcadamente subs
IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES.- Gastos deducibles.- Sanción.- Culpabilidad.- Inadmisibilidad del recurso contencioso administrativo.- Extemporaneidad.-
Se declara la inadmisibilidad, por extemporáneo, del recurso contencioso-administrativo formulado contra resolución desestimatoria del Tribunal Económico-Administrativo Central, sobre impugnación de liquidación por el Impuesto sobre Sociedades e imposición de sanción.
<p style="textHa precisado el TC que no toda omisión o irregular realización del emplazamiento o citación personal del demandado entraña la vulneración del derecho a la tutela judicial, pues, desde la perspectiva de este derecho fundamental, la infracción de las normas que regulan los actos de comunicación procesal deben valorarse teniendo presentes las circunstancias del caso, entre las que destacan: los medios de los que el órgano judicial ha podido disponer para practicar y hacer efectivo el emplazamien
Se estima el recurso de apelación interpuesto contra Auto del Juzgado de Primera Instancia número 9 de Santa Cruz de Tenerife Auto, por el que se decreta el archivo de las actuaciones, remitiendo en su caso a la parte actora al procedimiento declarativo que corresponda. La Sala declara que a tenor del fundamento de derecho único del Auto apelado, en él se aplica erróneamente una norma propia y especial del proceso monitorio, como el artículo <rel id="436271_26356" uri="http://poolparty.iberle