Jurisprudencia del año 2004.
Filtros
Año
2004
Voces
Ponente
Perez Navarro, Francisco Jose
Puerta Luis, Luis Roman
Martinez Zamora, Antonio
Cots Diaz, Antonio Vicente
Monterde Ferrer, Francisco
Tipo de sentencia
Sentencia
Auto
Acuerdo de Sala
Auto aclaratorio
Acuerdo de sala
Considera la Sala que le asiste la razón al recurrente cuando niega que la valoración de las existencias conforme al coste histórico equivalga a incluir en el balance bienes supuestos, por cuanto, pese a que los mencionados bienes hayan sufrido la lógica depreciación derivada del transcurso del tiempo, ha de consignarse el valor que tenían al tiempo de ser adquiridas, que fue el que hubo de abonar el titular para que entrasen en su patrimonio.
Considera la Sala que no se cuestiona que la demandada no se ocupaba de los asuntos económicos del matrimonio, asumiendo dicho cometido el actor, pues así lo ha admitido este último, pero lo que no resulta procedente es la pretensión de aquella de que por tal razón sea su ex marido el que peche en solitario con las deudas contraídas en interés de la familia frente a terceros, ambos responden solidariamente.
En esta alzada no se puede entrar a valorar la culpabilidad del acusado en la primera instancia y hoy apelado sin haberle oído y sin recibir con inmediación aquellas pruebas de las que se hace depender, o de las que se pretende la inferencia del elemento subjetivo del tipo al que se refirió la defensa del apelante quien ahora insta de nuevo, con la revocación de la Sentencia apelada, la condena del acusado; pues ello significaría la vulneración del derecho fundamental al proceso con todas las
Se desestima el recurso de apelación interpuesto por la madre de una menor disminuida, presentado para tratar de evitar que el padre de ésta accediera a encuentros en régimen de visitas. Se fija un régimen restrictivo, en atención al deseo de la menor de que quizás quiera ver al padre cuando sea mayor, y en razón a los informes de la Trabajadora Social que reflejaban que el padre intentaba también iniciar un régimen de visitas que no pudo conseguir antes.
Se estima el recurso de apelación interpuesto contra sentencia absolutoria del Juzgado de 1ª instancia de Barcelona sobre contratos de transporte aéreo. Queda demostrado que los pasajeros se encontraban en el mostrador de facturación dentro del tiempo límite señalado por la compañía aérea para poder efectuarlo. Los consejos sobre anticipación en la facturación en ningún caso son vinculantes para los pasajeros. La legislación al afecto responsabiliza al transportista si no ha avisado con ant
Se declara la nulidad de las actuaciones desde la providencia dictada en el incidente de impugnación de la tasación de costas practicada debiendo continuar el Juzgado el trámite de la impugnación por excesivas. Impugnación de la tasación de costas sin señalar si la misma se formula por excesivas o por indebidas al no incluirse la totalidad de la minuta. Pese a ello se siguió el trámite por indebidas. Esta Sala entiende que si el motivo de la reducción de los honorarios y la cuestión está basa
Considera la Sala que el comportamiento reiterado y no puntual, se encuentra alejado de la lealtad a la que viene contractualmente obligado el agente, al abusar en la aplicación del sistema de retribución por bonos, bien por emisión de póliza bien por incremento de prima, complementario a las comisiones pactadas en el contrato, y constituye justa causa de resolución con la exención de percibir indemnización por clientela o por daños y perjuicios, conforme disponen los artículos 6, 9
Se desestima el Recurso de Apelación interpuesto por la demandada contra la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia número 5 de Cerdanyola del Valles, en relación a la resolución del contrato de suministro de gas formalizado con la entidad actora. No han quedado acreditadas las anomalías denunciadas por la demandada en el funcionamiento del sistema de calefacción, por lo que procede la resolución de dicho contrato.
Confirmación de la sentencia recurrida sobre inmisiones. En la demanda origen se solicitaba la condena de los demandados a realizar las obras necesarias de resituación de los elementos de la vivienda, o a la colocación de aislamientos sonoros para evitar la transmisión de ruidos molestos. Todo ello por los ruidos ocasionados por un baño con jacuzzi situado en el dormitorio de la vivienda inferior. La sentencia recurrida encajó el proceso dentro de la Ley 13/90 de 9 de julio condenando a los d
Cuando en el proceso se ha producido prueba de cargo, aún mínima, no cabe cuestionar la vulneración del derecho fundamental a la presunción de inocencia cuando la valoración de dicha prueba practicada efectuada por el órgano judicial de la instancia no satisface al expectativas de la parte, pues esta valoración es facultad exclusiva del juzgador que éste ejerce libremente con la sola obligación de razonar el resultado de dicha valoración (Tribunal Constitucional SSTC números 120 de 1994, 138
Considera la Sala que le asiste la razón al recurrente cuando niega que la valoración de las existencias conforme al coste histórico equivalga a incluir en el balance bienes supuestos, por cuanto, pese a que los mencionados bienes hayan sufrido la lógica depreciación derivada del transcurso del tiempo, ha de consignarse el valor que tenían al tiempo de ser adquiridas, que fue el que hubo de abonar el titular para que entrasen en su patrimonio.
Considera la Sala que no se cuestiona que la demandada no se ocupaba de los asuntos económicos del matrimonio, asumiendo dicho cometido el actor, pues así lo ha admitido este último, pero lo que no resulta procedente es la pretensión de aquella de que por tal razón sea su ex marido el que peche en solitario con las deudas contraídas en interés de la familia frente a terceros, ambos responden solidariamente.
En esta alzada no se puede entrar a valorar la culpabilidad del acusado en la primera instancia y hoy apelado sin haberle oído y sin recibir con inmediación aquellas pruebas de las que se hace depender, o de las que se pretende la inferencia del elemento subjetivo del tipo al que se refirió la defensa del apelante quien ahora insta de nuevo, con la revocación de la Sentencia apelada, la condena del acusado; pues ello significaría la vulneración del derecho fundamental al proceso con todas las
Se desestima el recurso de apelación interpuesto por la madre de una menor disminuida, presentado para tratar de evitar que el padre de ésta accediera a encuentros en régimen de visitas. Se fija un régimen restrictivo, en atención al deseo de la menor de que quizás quiera ver al padre cuando sea mayor, y en razón a los informes de la Trabajadora Social que reflejaban que el padre intentaba también iniciar un régimen de visitas que no pudo conseguir antes.
Se estima el recurso de apelación interpuesto contra sentencia absolutoria del Juzgado de 1ª instancia de Barcelona sobre contratos de transporte aéreo. Queda demostrado que los pasajeros se encontraban en el mostrador de facturación dentro del tiempo límite señalado por la compañía aérea para poder efectuarlo. Los consejos sobre anticipación en la facturación en ningún caso son vinculantes para los pasajeros. La legislación al afecto responsabiliza al transportista si no ha avisado con ant
Se declara la nulidad de las actuaciones desde la providencia dictada en el incidente de impugnación de la tasación de costas practicada debiendo continuar el Juzgado el trámite de la impugnación por excesivas. Impugnación de la tasación de costas sin señalar si la misma se formula por excesivas o por indebidas al no incluirse la totalidad de la minuta. Pese a ello se siguió el trámite por indebidas. Esta Sala entiende que si el motivo de la reducción de los honorarios y la cuestión está basa
Considera la Sala que el comportamiento reiterado y no puntual, se encuentra alejado de la lealtad a la que viene contractualmente obligado el agente, al abusar en la aplicación del sistema de retribución por bonos, bien por emisión de póliza bien por incremento de prima, complementario a las comisiones pactadas en el contrato, y constituye justa causa de resolución con la exención de percibir indemnización por clientela o por daños y perjuicios, conforme disponen los artículos 6, 9
Se desestima el Recurso de Apelación interpuesto por la demandada contra la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia número 5 de Cerdanyola del Valles, en relación a la resolución del contrato de suministro de gas formalizado con la entidad actora. No han quedado acreditadas las anomalías denunciadas por la demandada en el funcionamiento del sistema de calefacción, por lo que procede la resolución de dicho contrato.
Confirmación de la sentencia recurrida sobre inmisiones. En la demanda origen se solicitaba la condena de los demandados a realizar las obras necesarias de resituación de los elementos de la vivienda, o a la colocación de aislamientos sonoros para evitar la transmisión de ruidos molestos. Todo ello por los ruidos ocasionados por un baño con jacuzzi situado en el dormitorio de la vivienda inferior. La sentencia recurrida encajó el proceso dentro de la Ley 13/90 de 9 de julio condenando a los d
Cuando en el proceso se ha producido prueba de cargo, aún mínima, no cabe cuestionar la vulneración del derecho fundamental a la presunción de inocencia cuando la valoración de dicha prueba practicada efectuada por el órgano judicial de la instancia no satisface al expectativas de la parte, pues esta valoración es facultad exclusiva del juzgador que éste ejerce libremente con la sola obligación de razonar el resultado de dicha valoración (Tribunal Constitucional SSTC números 120 de 1994, 138