Jurisprudencia del año 2004.
Filtros
Año
2004
Voces
Ponente
Perez Navarro, Francisco Jose
Puerta Luis, Luis Roman
Martinez Zamora, Antonio
Cots Diaz, Antonio Vicente
Monterde Ferrer, Francisco
Tipo de sentencia
Sentencia
Auto
Acuerdo de Sala
Auto aclaratorio
Acuerdo de sala
Se acuerda no dar lugar a la apelación instada por el demandado sobre propiedad horizontal. Se trata de la colocación de un nuevo suelo sobre el preexistente no previsto en el proyecto y que sobrecarga el edificio surgiendo grietas. Es una obra que altera un elemento privativo del edifico que debe ser retirado y debe el demandado indemnizar al actor en la cantidad que se determinaría en ejecución de sentencia por las grietas existentes en el local comercial y en el vestíbulo del edificio.</p
Se estima parcialmente el recurso de apelación por el que se pretendía la rescisión de un convenio regulador de una separación, en cuyo pacto se procedió a repartir entre los litigantes el patrimonio de que ambos eran titulares. La pretensión se funda en que, con dicho reparto, la demandante sufrió lesión en más de una cuarta parte y, por tanto, procede dicha rescisión al amparo del artículo
Considera la Sala que procede la tercería de dominio pues el contrato de compraventa es de fecha anterior a la diligencia de embargo acordada por la Dependencia Regional de Recaudación de la Delegación Especial de la Agencia Tributaria: pago del precio.
Se estima el Recurso de Apelación interpuesto por el demandado contra la sentencia la resolución dictada por el Juzgado de Primera Instancia número 5 de Granollers, en relación a la impugnación de la tasación de costas practicada. Procede la inclusión de los honorarios del Letrado y de los derechos del Procurador, al darse la circunstancia contemplada en la
Se desestima el recurso de apelación interpuesto por los propietarios de un local contra la sentencia que les condenaba a indemnizar a los perjudicados por una serie de daños producidos por agua, al no haber mantenido los sumideros de un patio trasero limpios, a fin de que el agua se evacuara convenientemente. Si bien éstos mantenían que el patio de luces donde se anegaron las aguas era propiedad de la comunidad de vecinos, el hecho de que el acceso al patio sólo pudiera realizarse desde el l
Considera la Sala que, acordada la resolución del contrato, aunque se derive a ejecución de sentencia el cumplimiento inherente a esta resolución, a fin de volver las cosas al momento anterior al contrato es preciso la desconexión del servicio, por lo que, el pronunciamiento de "autorizar a desconectar mediante la entrada al domicilio", en la propia Sentencia, permitirá en ejecución acordar la entrada domiciliaria, si fuere necesario.
Se estima el recurso de apelación contra la sentencia condenatoria dictada por el Juzgado de lo Penal nº 1 de Mataró, sobre delito de malos tratos. El acusado alega que la testifical de referencia no puede constituir prueba de cargo susceptible de desvirtuar la presunción de inocencia. El recurso al testigo de referencia ha de quedar limitado a aquellas situaciones excepcionales de imposibilidad real y efectiva de obtener la declaración del testigo directo. En el presente caso se cuenta con l
Esta Sala en esta alzada no podrá entrar a valorar la culpabilidad de la acusada en la anterior instancia y ahora apelada, sin haber sido oída y sin recibir con inmediación las pruebas (testificales por ejemplo) de las que se hace depender la comisión de la falta que se le imputa. Ello significaría la vulneración por este Tribunal de Apelación del derecho fundamental al proceso con todas las garantías y del derecho a la defensa (artículo 24 de la Carta Magna), que precisamente este Tribunal (
Se estima la apelación instada por la demandada sobre nulidad de contrato. Se trata de un contrato celebrado fuera del establecimiento mercantil, venta a domicilio, en el que no existía información sobre el derecho de revocación y tal documento no fue entregado a la demandada. Y no se cumplieron los requisitos formales necesarios desarrollados en la Ley 26/1991, sobre contratos celebrados fuera de los Establecimientos Mercantiles que protege a los consumidores. Además no es aceptable la remis
Se estima el recurso de apelación interpuesto contra sentencia parcialmente estimatoria del Juzgado de 1ª instancia de Mollet del Vallés en reclamación de daños y perjuicios. Entiende la Sala que el juez "a quo" no ha valorado correctamente la cuantía de los daños causados al demandado, por lo que se corrige la cuantía a la señalada por el perito interviniente en la causa. La acción no ha prescrito, pues queda probado que hubo reclamación extrajudicial, interrumpiendo los plazos de prescripc
Se acuerda no dar lugar a la apelación instada por el demandado sobre propiedad horizontal. Se trata de la colocación de un nuevo suelo sobre el preexistente no previsto en el proyecto y que sobrecarga el edificio surgiendo grietas. Es una obra que altera un elemento privativo del edifico que debe ser retirado y debe el demandado indemnizar al actor en la cantidad que se determinaría en ejecución de sentencia por las grietas existentes en el local comercial y en el vestíbulo del edificio.</p
Se estima parcialmente el recurso de apelación por el que se pretendía la rescisión de un convenio regulador de una separación, en cuyo pacto se procedió a repartir entre los litigantes el patrimonio de que ambos eran titulares. La pretensión se funda en que, con dicho reparto, la demandante sufrió lesión en más de una cuarta parte y, por tanto, procede dicha rescisión al amparo del artículo
Considera la Sala que procede la tercería de dominio pues el contrato de compraventa es de fecha anterior a la diligencia de embargo acordada por la Dependencia Regional de Recaudación de la Delegación Especial de la Agencia Tributaria: pago del precio.
Se estima el Recurso de Apelación interpuesto por el demandado contra la sentencia la resolución dictada por el Juzgado de Primera Instancia número 5 de Granollers, en relación a la impugnación de la tasación de costas practicada. Procede la inclusión de los honorarios del Letrado y de los derechos del Procurador, al darse la circunstancia contemplada en la
Se desestima el recurso de apelación interpuesto por los propietarios de un local contra la sentencia que les condenaba a indemnizar a los perjudicados por una serie de daños producidos por agua, al no haber mantenido los sumideros de un patio trasero limpios, a fin de que el agua se evacuara convenientemente. Si bien éstos mantenían que el patio de luces donde se anegaron las aguas era propiedad de la comunidad de vecinos, el hecho de que el acceso al patio sólo pudiera realizarse desde el l
Considera la Sala que, acordada la resolución del contrato, aunque se derive a ejecución de sentencia el cumplimiento inherente a esta resolución, a fin de volver las cosas al momento anterior al contrato es preciso la desconexión del servicio, por lo que, el pronunciamiento de "autorizar a desconectar mediante la entrada al domicilio", en la propia Sentencia, permitirá en ejecución acordar la entrada domiciliaria, si fuere necesario.
Se estima el recurso de apelación contra la sentencia condenatoria dictada por el Juzgado de lo Penal nº 1 de Mataró, sobre delito de malos tratos. El acusado alega que la testifical de referencia no puede constituir prueba de cargo susceptible de desvirtuar la presunción de inocencia. El recurso al testigo de referencia ha de quedar limitado a aquellas situaciones excepcionales de imposibilidad real y efectiva de obtener la declaración del testigo directo. En el presente caso se cuenta con l
Esta Sala en esta alzada no podrá entrar a valorar la culpabilidad de la acusada en la anterior instancia y ahora apelada, sin haber sido oída y sin recibir con inmediación las pruebas (testificales por ejemplo) de las que se hace depender la comisión de la falta que se le imputa. Ello significaría la vulneración por este Tribunal de Apelación del derecho fundamental al proceso con todas las garantías y del derecho a la defensa (artículo 24 de la Carta Magna), que precisamente este Tribunal (
Se estima la apelación instada por la demandada sobre nulidad de contrato. Se trata de un contrato celebrado fuera del establecimiento mercantil, venta a domicilio, en el que no existía información sobre el derecho de revocación y tal documento no fue entregado a la demandada. Y no se cumplieron los requisitos formales necesarios desarrollados en la Ley 26/1991, sobre contratos celebrados fuera de los Establecimientos Mercantiles que protege a los consumidores. Además no es aceptable la remis
Se estima el recurso de apelación interpuesto contra sentencia parcialmente estimatoria del Juzgado de 1ª instancia de Mollet del Vallés en reclamación de daños y perjuicios. Entiende la Sala que el juez "a quo" no ha valorado correctamente la cuantía de los daños causados al demandado, por lo que se corrige la cuantía a la señalada por el perito interviniente en la causa. La acción no ha prescrito, pues queda probado que hubo reclamación extrajudicial, interrumpiendo los plazos de prescripc